PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO 2017-2019

Fecha de publicación19 Abril 2017
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Abril 19 de 2017 (Segunda Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE ASIENTOS
Esquema General del Plan de Desarrollo Municipal 2017-2019
I. Presentación
Cuando se es visionario para enfrentar los retos que nos pone la vida, se hace necesario y urgente que
esta época moderna las personas utilicemos el instrumento de la planeación para con ello garantizar el éxito
en las diversas actividades que tenemos encomendadas y más aún cuando se tiene la responsabilidad directa
y por mandato constitucional de dirigir un municipio como es Asientos, es por ello que formulamos el PLAN
MUNICIPAL DE DESARROLLO 2017-2019 en el cual se establecen los objetivos, estrategias y líneas de
acción que enmarcan los principales aspectos que garantizan la atención adecuada y oportuna que la
ciudadanía demanda en cuanto a servicios básicos, obras prioritarias en cuanto a terminar con el rezago
social y todo aquello encaminado a satisfacer las diversas necesidades e inquietudes de la población
procurando en base los recursos disponibles dar la mejor atención a la población del municipio.
El Plan de Desarrollo durante los 3 años de la actual administración se origina de las demandas recibidas
durante la campaña político electoral, aunado a ello la participación que tuvo la ciudadanía en los foros de
consulta y participación celebrada en las cinco delegaciones municipales y a la propia Cabecera Municipal.
El presente plan tiene como objetivos principales establecer las bases de acción para alcanzar el desarrollo
del municipio, considerando para tal fin cinco ejes de trabajo, los cuales guiaran cada una de las acciones
emprendidos en da una de las áreas que constituyen la administración municipal siendo estos:
I. Sociedad Organizada en Desarrollo,
II. Sociedad Protegida,
III. Servicios de Calidad,
IV. Obras que perduran, y
V. Armonía con el Medio Ambiente.
De forma constante se estarán evaluando tanto la eficiencia de cada uno de los servidores públicos, la
correcta viabilidad de los proyectos, y la aplicación responsable de los recursos disponibles aplicables,
culminando con una oportuna rendición de cuentas.
Con lo anterior y el debido seguimiento del Plan Municipal de Desarrollo estaremos cumpliendo con lo
dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refieren
Establecerlasbasesdeacciónparaalcanzareldesarrollodelmunicipio
1.Sociedad
Organizada
en
Desarrollo
2.Sociedad
Protegida
3.Servicios
deCalidad
4.Obrasque
perduran
5.Armonía
conel
Medio
Ambiente
OBJETIVO.
CINCOEJES
MUNICIPALES
III.
Gobierno
Cercano
a
la
Sociedad
II.
Gobierno
Gestor
de
Recursos
I.
Gobierno
con
Honradez
y
Transparencia
ESTRATEGIAS
TRANSVERSAL
ES
H. AYUNTAMIENTO DE ASIENTOS
Esquema General del Plan de Desarrollo Municipal 2017-2019
I. Presentación
Cuando se es visionario para enfrentar los retos que nos pone la vida, se hace necesario y urgente que
esta época moderna las personas utilicemos el instrumento de la planeación para con ello garantizar el éxito
en las diversas actividades que tenemos encomendadas y más aún cuando se tiene la responsabilidad directa
y por mandato constitucional de dirigir un municipio como es Asientos, es por ello que formulamos el PLAN
MUNICIPAL DE DESARROLLO 2017-2019 en el cual se establecen los objetivos, estrategias y líneas de
acción que enmarcan los principales aspectos que garantizan la atención adecuada y oportuna que la
ciudadanía demanda en cuanto a servicios básicos, obras prioritarias en cuanto a terminar con el rezago
social y todo aquello encaminado a satisfacer las diversas necesidades e inquietudes de la población
procurando en base los recursos disponibles dar la mejor atención a la población del municipio.
El Plan de Desarrollo durante los 3 años de la actual administración se origina de las demandas recibidas
durante la campaña político electoral, aunado a ello la participación que tuvo la ciudadanía en los foros de
consulta y participación celebrada en las cinco delegaciones municipales y a la propia Cabecera Municipal.
El presente plan tiene como objetivos principales establecer las bases de acción para alcanzar el desarrollo
del municipio, considerando para tal fin cinco ejes de trabajo, los cuales guiaran cada una de las acciones
emprendidos en da una de las áreas que constituyen la administración municipal siendo estos:
I. Sociedad Organizada en Desarrollo,
II. Sociedad Protegida,
III. Servicios de Calidad,
IV. Obras que perduran, y
V. Armonía con el Medio Ambiente.
De forma constante se estarán evaluando tanto la eficiencia de cada uno de los servidores públicos, la
correcta viabilidad de los proyectos, y la aplicación responsable de los recursos disponibles aplicables,
culminando con una oportuna rendición de cuentas.
Con lo anterior y el debido seguimiento del Plan Municipal de Desarrollo estaremos cumpliendo con lo
dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refieren
Establecerlasbasesdeacciónparaalcanzareldesarrollodelmunicipio
1.Sociedad
Organizada
en
Desarrollo
2.Sociedad
Protegida
3.Servicios
deCalidad
4.Obrasque
perduran
5.Armonía
conel
Medio
Ambiente
OBJETIVO.
CINCOEJES
MUNICIPALES
III.
Gobierno
Cercano
a
la
Sociedad
II.
Gobierno
Gestor
de
Recursos
I.
Gobierno
con
Honradez
y
Transparencia
ESTRATEGIAS
TRANSVERSAL
ES
Pág. 4 PERIÓDICO OFICIAL Abril 19 de 2017
(Segunda Sección)
2
al sistema de Planeación democrática en México, además de lo dispuesto en las leyes que fundamentan su
marco jurídico.
Este documento presenta la base de la acción de la administración pública, en el resaltan los objetivos que
guiarán el rumbo de los tres años de trabajo, privilegiando los servicios públicos, la calidad humana de los
servidores
II. Marco Jurídico
La planeación en nuestro país tiene su sustento constitucional fundamentalmente en lo establecido por los
Artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en lo particular, en la
planeación para los municipios, en el Artículo 115 de la misma Constitución, los cuales establecen
fundamentalmente lo siguiente:
Artículo 25.- Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y
sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento
del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno
ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta
El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la
regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga
Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y
el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la
Nación.
El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el Artículo
28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control
sobre los organismos que en su caso se establezcan.
Asimismo, podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y
organizar las áreas prioritarias del desarrollo.
Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social
y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio
general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.
La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del
sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que
pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de
organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.
La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones
para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, en los términos
que establece esta Constitución.
Artículo 26.- El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima
solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la Nación.
Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación.
La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las
aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un
plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública
Federal.
La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el
sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y
evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 5Abril 19 de 2017 (Segunda Sección)
3
proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los
Gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para
su elaboración y ejecución.
En el sistema de planeación democrática, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la ley.
Artículo 115, Fracción IV.- Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán
facultados para:
a) Formular, aprobar y administrar el Plan Municipal de Desarrollo;
En lo particular en el estado de Aguascalientes, la norma jurídica que regula la integración y funcionamiento
del Sistema Estatal de Planeación Democrática, los principios para llevar a cabo la planeación del desarrollo
de la Entidad; los fundamentos y sustento para coordinar y hacer congruentes las actividades de planeación
nacional, mesoregional, interestatal, estatal, intraregional y municipal; y las bases para promover y fomentar
la participación activa y responsable de la sociedad en la elaboración, ejecución y evaluación de los planes y
programas respectivos es la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado.
El Artículo 4° de la citada norma jurídica estatal señala que la planeación del desarrollo se instrumentará a
través de los planes y programas establecidos en esa Ley, los cuales fijarán las prioridades, objetivos, metas
y estrategias para el desarrollo del Estado que responderán a los siguientes principios:
I.- La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría en todos los
aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más equitativa;
II.- El uso y aprovechamiento óptimo y racional de los recursos naturales, humanos, técnicos y financieros de
los municipios y de las regiones del Estado para su desarrollo equilibrado;
III.- La consolidación del Sistema Estatal de Planeación Democrática, impulsando la participación activa de
la sociedad en la planeación y evaluación de las actividades de gobierno; y
IV.- El perfeccionamiento de la Administración Pública Estatal y Municipal.
En el caso que nos ocupa el Plan Municipal de Desarrollo de Asientos, Aguascalientes, dada su naturaleza,
sentido y alcance tiene un horizonte a tres años por ello se considera que se trata de una planeación de corto
plazo.
Para efectos de este importante instrumento de planeación municipal es de resaltar que se sustentó en un
trabajo de planeación prospectiva, estratégica y participativa, las cuales fundamentalmente consisten en lo
siguiente:
La Planeación Prospectiva es la que se realiza a través de una elección de un escenario futuro favorable, a
partir de la visualización de varios escenarios proyectados que involucran la participación ciudadana, tomando
como base un diagnóstico situacional.
La Planeación Estratégica: Es la planeación que se realiza a través de un proceso de alineación de objetivos,
acciones y metas en un tiempo determinado, y Planeación Participativa: Es la planeación que involucra la
participación activa y permanente de la ciudadanía en el desarrollo, planteamiento y seguimiento de la misma.
Desde luego el presente Plan Municipal de Desarrollo deberá apegarse en su ejecución al Sistema Estatal
de Planeación Democrática que se conforma por las instituciones públicas involucradas en el mismo, así
como en los diversos planes y programas del Estado y municipios que, organizados bajo una estructura de
coordinación permanente, hacen compatibles y aplicables los instrumentos y políticas de planeación
mediante la implementación de mecanismos de Planeación Participativa (que cumplan con lo dispuesto en el
Artículo 26 Constitucional), para lograr el desarrollo del Estado de Aguascalientes.
El referido Sistema Estatal de Planeación Democrática según la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y
Regional del Estado, entre otros instrumentos, se integra en el ámbito municipal por los planes de Desarrollo
Municipal y los programas derivados de éste, que deberán ser elaborados conforme a las disposiciones que
establezca la Ley Municipal para el Estado.
En ese tenor, la Ley Municipal para el Estado en su Título Décimo denominado “Desarrollo Municipal”,
contiene las diversas disposiciones aplicables para realizar la formulación, aprobación, ejecución, control y
evaluación de la Planeación Municipal. Disposiciones que desde luego fueron tomadas en cuenta en la
elaboración del presente Plan de Desarrollo Municipal de Asientos 2017-2019.
La referida Ley Municipal en su Artículo 164 señala que el Plan Municipal tendrá los objetivos siguientes:
Atender las demandas prioritarias de la población, propiciar el desarrollo armónico del municipio, asegurar la
participación de la sociedad en las acciones del Gobierno Municipal, vincular el Plan de Desarrollo Municipal

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR