Trata de personas. Se publican reformas a la CPEUM para sancionarla

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En el DOF del pasado 14 de julio, la Secretaría de Gobernación publicó el Decreto por el que se reforman los artículos 19, 20 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual entró en vigor el 15 de julio de 2011.

Las modificaciones a la CPEUM tienen por objeto sancionar y regular la trata de personas.

Así, los artículos reformados son los siguientes:

1. Artículo 19, segundo párrafo, para establecer que el Ministerio Público podrá solicitar al juez ordenar la prisión preventiva, oficiosamente, en el caso de trata de personas.

2. Artículo 20, apartado C, fracción V, a fin de señalar que es un derecho de la víctima de trata de personas el resguardo de su identidad y otros datos personales.

3. Artículo 73, fracción XXI, para disponer que el Congreso de la Unión tendrá la facultad de expedir una ley general en materia de trata de personas, que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios.

Anteriormente, en el texto legal de los artículos...

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