Personas morales. Abril de 2017
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Conforme al artículo 5.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013, las personas morales que en términos de las disposiciones tributarias deban presentar declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo al que corresponda la declaración, ya sea por impuestos propios o por retenciones, podrán hacerlo a más tardar el día que a continuación se precisa, considerando el sexto dígito numérico de la clave del RFC, con base en lo siguiente:
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Están exceptuadas de esta facilidad las siguientes personas morales: a) Las que opten por dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado en los términos de los artículos 32-A y 52 del CFF, así como los contribuyentes a que se refiere el artículo 32-H de dicho ordenamiento; b) Los sujetos y las entidades a que se refiere el artículo 20, apartado B, fracciones I, II, III y IV, del Reglamento Interior del SAT (actual artículo 28); c) La Federación y las entidades federativas; d) Los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria de la Federación; e) Los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria de las entidades federativas, así como aquellos fondos o fideicomisos que, en los términos de sus respectivas legislaciones, tengan el carácter de entidades paraestatales, excepto los de los municipios; f) Los partidos y asociaciones políticas legalmente reconocidos, y g) Las integradas e integradoras a que se refiere el capítulo VI del título II de la Ley del ISR.
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El impuesto se determinará mensualmente y se enterará a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel al que corresponda el pago, excepto en los casos de importación de bienes tangibles y enajenación de bienes o prestación de servicios en forma accidental, así como en la enajenación de inmuebles consignada en escritura pública; en estos supuestos se estará a lo previsto en los artículos 28 y 33 de la Ley del IVA, según se trate. Los pagos mensuales que se efectúen tendrán el...
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