¿En qué fecha las personas morales del régimen general de ley deben enterar las retenciones del ISR hechas a las personas que perciben ingresos por servicios profesionales?

Páginas48-49

Page 48

Trabajo como asistente de contabilidad de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la comercialización de artesanías. Frecuentemente, la empresa realiza pagos por honorarios a profesionistas que le prestan servicios de asesoría jurídica y fiscal y, por estos pagos, efectúa la retención del ISR conforme a la ley. Al revisar las disposiciones contenidas en esta ley relacionadas con los ingresos por servicios profesionales, me percaté que este ordenamiento no indica un plazo o fecha en que dichas retenciones deben enterarse.

Lector de Real del Monte, Hidalgo

Pregunta

¿En qué fecha las personas morales del régimen general de ley deben enterar las retenciones del ISR hechas a las personas que perciben ingresos por servicios profesionales?

Respuesta

Las personas morales del régimen general de la Ley del ISR deben enterar las retenciones del ISR hechas a profesionistas que les prestan sus servicios, a más tardar el día 17 del mes de calendario inmediato posterior al de terminación del periodo de la retención, por lo siguiente:

El artículo 127, último párrafo, de la Ley del ISR dispone lo siguiente (énfasis añadido):

127 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la retención; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 113 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo será acreditable contra el impuesto a pagar que resulte en los pagos provisionales de conformidad con este artículo.

Por su parte, el artículo 113 de la Ley del ISR especifica lo siguiente (énfasis añadido):

113. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las personas físicas, así como las personas morales a que se refiere el Título III de esta Ley, enterarán las retenciones a que se refiere...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR