¿Una persona que tributa en el RIF debe causar IVA por la enajenación de mobiliario de oficina usado?

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Me desempeño como contador
independiente. Uno de mis clien-
tes me comentó que su prima no
percibió en 2020 ingresos grava-
dos por el ISR; sin embargo, en
ese ejercicio (30 de noviembre)
recibió una herencia por un monto
de $715,000. Al respecto, no pre-
sentó la declaración anual del ISR
de 2020, pues no obtuvo ingresos
gravables por este impuesto; sin
embargo, tengo duda si debió
presentar dicha declaración para
reportar la herencia, aunque esté
exenta del ISR.
Lector de Villahermosa, Tabasco
¿Una persona física que no está
obligada a presentar la declaración
anual del ISR, debe presentarla si
recibió una herencia en efectivo por
un monto de $715,000?
Sí, por lo siguiente:
El artículo 93, fracción XXII, de la
Ley del ISR establece lo siguiente
(énfasis añadido):
93. No se pagará el impuesto
sobre la renta por la obtención de
los siguientes ingresos:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
XXII. Los que se reciban por
herencia o legado.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Las exenciones previstas en las
fracciones XVII, XIX inciso a) y
XXII de este artículo, no serán
aplicables cuando los ingre-
sos correspondientes no sean
declarados en los términos del
tercer párrafo del artículo 150
de esta Ley, estando obligado
a ello.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, el artículo 150, primer y
tercer párrafos, de la Ley del ISR dis-
pone lo siguiente (énfasis añadido):
150. Las personas físicas que
obtengan ingresos en un año de
calendario, a excepción de los
exentos y de aquellos por los
que se haya pagado impuesto
definitivo, están obligadas a pa-
gar su impuesto anual mediante
declaración que presentarán en
el mes de abril del año siguiente,
ante las oficinas autorizadas.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En la declaración a que se
refiere el primer párrafo de este
artículo, los contribuyentes que
en el ejercicio que se decla-
ra hayan obtenido ingresos
totales, incluyendo aquellos
por los que no se esté obliga-
do al pago de este impuesto
y por los que se pagó el im-
puesto definitivo, superiores a
$500,000.00 deberán declarar
la totalidad de sus ingresos,
incluidos aquellos por los que
no se esté obligado al pago de
este impuesto en los términos
de las fracciones XVII, XIX, in-
ciso a) y XXII del artículo 93 de
esta Ley y por los que se haya
pagado impuesto definitivo en
los términos del artículo 138 de
la misma.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
De las disposiciones citadas destaca
lo siguiente:
1. Los contribuyentes que en el ejer-
cicio que se declara hayan obte-
nido ingresos totales, incluyendo
aquellos por los que no se esté
obligado al pago del ISR y por los
que se cubrió impuesto definitivo,
superiores a $500,000, deberán
declarar la totalidad de sus ingre-
sos, incluidos, entre otros, los que
se reciban por herencia.
2. Los ingresos percibidos por la
herencia estarán exentos del
ISR.
3. Sin embargo, la exención referida
en el punto 2 anterior no aplicará
cuando los ingresos correspon-
dientes no sean declarados en
los términos del punto 1 anterior,
si se está obligado a ello.
En el caso que nos ocupa, la per-
sona física obtuvo ingresos exentos
por la herencia recibida superiores a
$500,000 ($715,000); por tanto, debe
manifestarlos en la declaración anual
del ISR de 2020, aunque estén exen-
tos del impuesto y no esté obligada
a presentar dicha declaración, pues
en caso de que no lo haga, perderán
esta condición y se considerarán
gravados por el ISR, además de que
habrá que determinar por ellos el
impuesto que corresponda.
Por consiguiente, una persona física
que no está obligada a presentar la
declaración anual del ISR, sí deberá
presentarla si obtuvo ingresos exen-
tos por recibir una herencia por un
monto de $715,000.
¿Una persona que tributa en
el RIF debe causar IVA por la
enajenación de mobiliario de
oficina usado?
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