¿Una persona física podrá deducir en la declaración anual de 2020 los intereses reales pagados por un crédito hipotecario destinado a la adquisición de su casa-habitación, si el crédito está a nombre de su esposo, pero están casados bajo el régimen de sociedad conyugal?

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dígitos CLABE, a que se refiere
la regla 2.3.5., la cual deberá
estar a nombre del contribu-
yente como titular y precargada
en el aplicativo para presentar
la declaración anual; de no
seleccionar alguna o capturar
una distinta de las precarga-
das, deberá presentar la citada
declaración utilizando la e.firma
o la e.firma portable.
La cuenta CLABE que el contri-
buyente seleccione o capture, se
considerará que es la que reco-
noce de su titularidad y autoriza
para efectuar el depósito de la
devolución respectiva.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
No podrán acogerse a la facili-
dad prevista en esta regla, las
personas físicas que:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. Opten por solicitar devolu-
ción de saldo a favor por mon-
tos superiores a $150,000.00.
(ciento cincuenta mil pesos
00/100 M.N.).
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
De esta manera, las personas físicas
que presenten la declaración anual
de 2020 mediante el formato elec-
trónico correspondiente y determi-
nen saldo a favor de ISR, podrán
optar por solicitar a las autoridades
fiscales su devolución y marcar
el recuadro respectivo, para que
se considere dentro del Sistema
automático de devoluciones, el cual
constituye una facilidad administrati-
va para los contribuyentes, siempre
que se opte por ejercerla hasta el 31
de julio de 2021.
Al efecto, las personas físicas que
opten por aplicar la facilidad refe-
rida, además de reunir los requisi-
tos que señalan las disposiciones
tributarias, deberán presentar la
declaración del ejercicio, utilizando
la e.firma o la e.firma portable cuan-
do soliciten la devolución del saldo
a favor, por un importe de $10,001 a
$150,000.
No obstante, los contribuyentes po-
drán utilizar la contraseña para pre-
sentar la declaración del ejercicio,
entre otros supuestos, cuando el
importe del saldo a favor sea mayor
a $10,001 y no exceda de $150,000,
siempre que el contribuyente selec-
cione una cuenta bancaria activa
para transferencias electrónicas a 18
dígitos CLABE, la cual deberá estar
a nombre del contribuyente como
titular y precargada en el aplicativo
para presentar la declaración anual;
de no seleccionar alguna o capturar
una distinta de las precargadas,
se deberá presentar la declaración
mediante la e.firma o la e.firma
portable.
Sin embargo, no podrán acogerse a
la facilidad en comento las personas
físicas que, entre otros supuestos,
opten por solicitar la devolución del
saldo a favor por montos superiores
a $150,000.
En consecuencia, una persona física
que determinó un saldo a favor de
$180,000 en la declaración anual de
ISR de 2020, no puede considerar
ese saldo dentro del Sistema auto-
mático de devoluciones.
¿Una persona física podrá de-
ducir en la declaración anual
de 2020 los intereses reales
pagados por un crédito hipo-
tecario destinado a la adquisi-
ción de su casa-habitación, si
el crédito está a nombre de su
esposo, pero están casados
bajo el régimen de sociedad
conyugal?
Soy contador independiente.
Uno de mis clientes es una
persona física que tributa en el
régimen de las actividades em-
presariales y profesionales. Es-
toy por presentar la declaración
anual de 2020 de esta persona,
pero tengo duda si podrá de-
ducir en la misma los intereses
reales pagados en ese año por
un crédito hipotecario otorgado
por un banco que fue destinado
a la adquisición de su casa-
habitación, pues el crédito está
a nombre de su esposo, el cual
percibe ingresos por salarios,
aunque están casados bajo el
régimen de sociedad conyugal
(bienes mancomunados). Cabe
observar que el monto total del
crédito otorgado no excedió de
750 mil unidades de inversión.
Lector de Ecatepec, Edomex
¿Una persona física podrá deducir
en la declaración anual de 2020 los
intereses reales pagados por un
crédito hipotecario destinado a la
adquisición de su casa-habitación,
si el crédito está a nombre de su
esposo, pero están casados bajo el
régimen de sociedad conyugal?
En nuestra opinión, sí, por lo si-
guiente:
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mayo 2021
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