¿Una persona física que determina saldo a favor de $28,000 en la declaración anual de ISR de 2022, debe presentarla con la e.firma para que se considere dentro del Sistema automático de devoluciones?

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¿Puede solicitarse que se deje sin
efectos el pago en parcialidades del
ISR con motivo de la determinación
de un saldo a favor en una declara-
ción complementaria del ejercicio de
2021?
Sí, conforme a lo siguiente:
La regla 2.11.3 de la RMF para 2023
dispone lo siguiente (énfasis añadido):
2.11.3. Para los efectos de los
artículos 66, primer párrafo y
66-A del CFF, los contribuyen-
tes que hubieran determinado
contribuciones a su cargo en
la declaración y hayan optado
por pagarlas en parcialidades o
de manera diferida, y en fecha
posterior presenten declara-
ción complementaria de la
misma contribución, periodo y
ejercicio modificando los mon-
tos e inclusive determinando
saldo a favor, podrán solicitar
que se deje sin efectos el pago
en parcialidades o diferido,
siempre y cuando:
I. Los adeudos no hayan sido de-
terminados por medio de decla-
ración de corrección fiscal o con
motivo de dictamen.
II. No se hubieran interpuesto
medios de defensa, respecto del
crédito.
En este supuesto, deberán ma-
nifestarlo bajo protesta de decir
verdad a través de buzón tribu-
tario habilitado, en los términos
de la ficha de trámite 245/CFF
Habilitación del buzón tributario
y registro de mecanismos de
comunicación como medios de
contacto, contenida en el Anexo
1-A, anexando la documentación
que acredite la forma en que se
determinaron las contribuciones
manifestadas en la declaración
complementaria.
Cuando el contribuyente no cum-
pla con alguno de los requisitos
señalados en la ficha de trámite
146/CFF Solicitud para dejar
sin efectos el pago a plazos, en
parcialidades o diferido, conte-
nida en el Anexo 1-A, la autoridad
requerirá al contribuyente a fin
de que en un plazo de cinco días
hábiles siguientes a que surta
efectos su notificación, cumpla
con los requisitos omitidos. De no
dar cumplimiento dentro del plazo
otorgado, se tendrá al contribu-
yente por desistido de su solicitud.
Con base en su solicitud, se
podrá dejar sin efectos el pago en
parcialidades o el pago diferido.
En consecuencia, los contribuyen-
tes podrán, en su caso, tramitar la
devolución de las cantidades pa-
gadas en exceso, con motivo del
pago en parcialidades o diferido.
Para ello, en la declaración corres-
pondiente, no deberán marcar
los recuadros correspondientes
a devolución o compensación de
dichos saldos a favor.
Según se aprecia, los contribuyentes
que hubieran determinado contribu-
ciones a su cargo en la declaración
y hayan optado por pagarlas en par-
cialidades o de manera diferida, y
en fecha posterior presenten decla-
ración complementaria de la misma
contribución, periodo y ejercicio y se
modifiquen los montos e inclusive se
determine saldo a favor, podrán soli-
citar que se deje sin efectos el pago
en parcialidades o diferido, siempre
que ocurra lo siguiente:
1. Los adeudos no hayan sido
determinados por medio de
declaración de corrección fiscal
o con motivo de dictamen.
2. No se hubieran interpuesto
medios de defensa respecto del
crédito.
Con base en la solicitud, se podrá
dejar sin efectos el pago en parciali-
dades o el pago diferido, por lo que
los contribuyentes podrán tramitar,
en su caso, la devolución de las
cantidades pagadas en exceso, con
motivo del pago en parcialidades o
diferido. Para ello, en la declaración
correspondiente no deberán marcar
los recuadros correspondientes a
devolución o compensación de los
saldos a favor.
En consecuencia, sí puede solicitar-
se que se deje sin efectos el pago
en parcialidades del ISR con motivo
de la determinación de un saldo a
favor en una declaración comple-
mentaria del ejercicio de 2021, siem-
pre que se cumplan los requisitos
mencionados.
¿Una persona física que deter-
mina saldo a favor de $28,000
en la declaración anual de ISR
de 2022, debe presentarla con
la e.firma para que se conside-
re dentro del Sistema automá-
tico de devoluciones?
Soy contador independiente. Uno
de mis clientes es una persona
física que percibe ingresos por el
arrendamiento de inmuebles que
se utilizan como locales comer-
ciales. Determiné un saldo a favor
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