Periódico Oficial del Estado de Puebla del 27-12-2022. Número 19 - Sección TRIGÉSIMA PRIMERA

Fecha de publicación27 Diciembre 2022
Número de Gaceta19
SecciónTRIGÉSIMA PRIMERA
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
Nahúm Rene Santaella Vázquez
TOMO DLXXII
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
NÚMERO 19
TRIGÉSIMA
PRIMERA
SECCIÓN
Sumario
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, DESARROLLO
SUSTENTABLE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
ACUERDO de la Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo
Sustentable y Ordenamiento Territorial, del Gobierno del Estado, por
el que da a
conocer el
cambio de domicilio de las oficinas de la Secretaría de Medio
Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Gobierno del
Estado de Puebla.
ACUERDO de la Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo
Sustentable y Ordena
expide el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer
Semestre de 2023.
(Trigésima Primera Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Martes 27 de diciembre de 2022
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GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, DESARROLLO SUSTENTABLE
Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
ACUERDO de la Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Or denamiento Territorial, del
Gobierno del Estado, por el que da a conocer el cambio de do micilio de las oficinas de la Secretaría de Medio
Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento T erritorial del Gobierno del Estado de Puebla.
Al margen el logotipo oficial de la Secretaría, con una leyenda que dice: Secretaria de Medio Ambiente,
Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territor ial. Gobierno de Puebla.
BEATRIZ MANRIQUE GUEVARA, Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento
Territorial, y
CONSIDERANDO
Que la Secret aría de Med io Ambient e, D esarrollo Sustentab le y Orden amiento Ter ritorial e s una
Depend encia integra nte de la Administr ación Pública Ce ntralizada del G obierno del Esta do de Puebla, en
términ os de lo estab lecido por los artículos 82 y 8 3 pá rrafo primero de la Constituci ón Po lítica del Estado
Libre y Soberano de Puebla.
Que e n términos de los artículos 31 fracción XVI y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Puebla, la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, es la
encargada de formular y conducir las políticas generales en materia de medio ambiente, desarrollo sustentab le,
urbano y metropolitano, y ordenamiento ecológico ter ritorial, así como de aplicar los instrumentos de política
ambiental y la regulación de las acciones para la preservación y restauración del equilib rio ecológico y la protección
al ambiente en el Estado.
Que para el desempeño de las actividades propias de sus funciones, la Secretaría de Med io Ambiente, Desarrollo
Sustentable y Orde namiento Territo rial; ocupa el predio ubicad o en Lateral Recta a Cholula Km 5.5, número 2401,
C.P. 72810, San Andrés Cholula, Puebla; donde se encuentra el e dificio principal que se compone de dos niveles, el
cual presenta daños estructurales ocasio nados por el sismo ocurr ido el diecinueve de septiembre de dos mil
diecisiete, que se acentuaron e hicieron más notorios co n el sismo del siete de septiembre de dos mil veinte; razón
por la cual, es necesario e indispensable contar con otras instalaciones, q ue sean adecuadas para el aprop iado
desarrollo de sus funcio nes, anteponiendo en todo momento la seguridad del personal de la Dependencia que ahí
labora, así co mo de las personas que acuden a la misma pa ra la atención de sus requerimientos propios de las
atribuciones de dicha Depend encia, siempre en apego a los principios y c riterios de legalidad, honestidad, honradez,
eficiencia, eficacia, economía, racio nalidad, austeridad, transparencia, rendición de cuentas, máxima publicidad y en
alineación con las políticas de este Gobierno austero.
Que en data dos de mayo de dos mil veintidós, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Acuerdo de la
Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de
Puebla, que comunicó el aviso general mediante el cual se dio a conocer que a partir del día quince de abril del
presente año, el domicilio oficial de la Secretaría, es el ubicado en Lateral Recta a Chol ula, número 3524, Colonia
Almanares Cholollan, C.P. 72814, San Andrés Cholula, Puebla.
Con la finalidad de brindar certeza y seguridad j urídica a las personas que llevan a cabo trámites ante esta
Dependencia; resulta nueva mente necesario el cambio de domicilio de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo
Sustentable y Orde namiento Territorial, misma que actualmente se ubica en Lateral Recta a Cholula, número 3524,
Colonia Almanares Cholollan, C.P. 72814, San Andrés C holula, Puebla.
Martes 27 de diciembre de 2022 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Trigésima Primera Sección)
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En mérito de lo expuesto, con fundamento en los artículos 82 párrafo pri mero y 83 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 9 párrafo seg undo, 13 primer párrafo, 24, 31 fracción XVI y 47 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; y 1, 2, 4, 5 fracción I y 11 fracción XXXIX del
Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial; he
tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO
DE LAS OFICINAS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, DESARROLLO
SUSTENTABLE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE PUEBLA
PRIMERO. A partir del día dos de enero de dos mil veintitrés, los domicilios oficiales de los servidores
públicos y las unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento
Territorial del Gobierno del Estado de Puebla, ser án los que a continuación se indican.
A) Lateral Recta a Cholula Km 5.5, número 240 1, C.P. 72810, San Andrés Cholula, Puebla, y
B) Boulevard Atlixco, número 3506, colonia Concepció n La Cruz, C.P. 72197, Puebla, Puebla; y
SEGUNDO. La Oficialía de Partes de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento
Territorial del Gobierno del Estado de Puebla, para la recepción de toda la correspondencia, trámites, diligencias,
notificaciones, citatorios, requerimientos y demás asuntos competencia de ésta, a partir de dos de enero de dos mil
veintitrés, se ubicará en Boulevard Atlixco, número 3506, colonia Concepción La Cruz, C.P. 72197, Puebla, Puebla.
TERCERO. Para realizar los trámites co nsistentes en; Expedición de certificado y holograma de testificación de
verificación vehicular¸ Verificació n administrativa, V enta de for mas valoradas; Repo sición de holograma,
certificado y/o constancias de no aprobado; Expedición de certificado y hologra ma tipo exento (E) y Constancia de
la última verificación vehicular; a cargo de la Dirección de Gestión de Calidad del Aire de la Secretaría de Medio
Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ord enamiento Terr itorial, se realizarán en la Ventanilla designada para tal
efecto, ubicada en Lateral Recta a Cholula Km 5.5, nú mero 2401, C.P. 72810, San Andrés Cholula, P uebla.
CUARTO. Por lo que se refiere a las gestiones, correspondencia y procedimientos administrativos que se
tramitan actualmente ante esta Secretaría de Medio Ambiente, De sarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
del Gobierno del Estado de Puebla, en los que esté corriendo algún plazo legal y, q ue en la notificación
correspondiente se hubiera señalado el domicilio en Lateral Recta a Cholula, número 3524, colonia Almanares
Cholollan, C.P. 72814, San Andrés Cholula, Puebla; se hace del conocimiento de las personas interesadas que, a
partir del día dos de enero de dos mil veintitrés, deberán presentar sus promociones y documentos respectivos en la
Oficialía de Partes de esta Dependencia, en el domicilio q ue se indica en el artículo segundo del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, entrará en
vigor el día de su publicación.
SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones de igual o menor rango que se opongan al presente Acuerdo.
TERCERO. Este Acuerdo será de aplicación de las Unidades Administrativas de la Secreta ría de Medio
Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento T erritorial en los términos del mismo y deberán colocarlo en un
lugar visible de las oficinas a su cargo para conoci miento general.
Dado en San Andrés Cholula, Puebla, a veintiún días del mes de diciembre de dos mil veintidós. La Secretaria de
Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, del Gobierno del Estado de Puebla. C. BEATRIZ
MANRIQUE GUEVARA. Rúbrica.

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