Periódico Oficial del Estado de Puebla del 24-10-2018. Número 18 - Sección CUARTA

Fecha de publicación24 Octubre 2018
Número de Gaceta18
SecciónCUARTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2018
TOMO DXXII NÚMERO 18
CUARTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina
que la C. Bertha Rodríguez Rodríguez, Presidenta Municipal de Atlequizayan,
administración 2014-2018, no es administrativamente responsable de las
irregularidades que se le imputaron, durante el periodo que se le auditó, comprendido
del 15 de febrero al 31 de diciembre de 2014, aprobándose la cuenta pública del
citado Municipio, por el periodo mencionado.
2 (Cuarta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Miércoles 24 de octubre de 2018
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que la C. Bertha Rodríguez Rodríguez,
Presidenta Municipal de Atlequizayan, administración 2014-2018, no es administrativamente responsable de las
irregularidades que se le imputaron, durante el periodo que se le auditó, comprendido del 15 de febrero al 31 de
diciembre de 2014, aprobándose la cuenta pública del citado Municipio, por el periodo mencionado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del
Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus
habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de
Puebla, respecto al expediente número P.A. 20/2017, relativo al Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades, iniciado en contra de la C. Bertha Rodríguez Rodríguez, Presidenta Municipal
Constitucional del Ayuntamiento de Atlequizayan, Puebla, administración 2014 -2018; concretamente por el
periodo fiscalizado comprendido del quince de febrero al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, y -------------
RESULTANDO
PRIMERO.- Que el quince de febrero de dos mil catorce, la C. Bertha Rodríguez Rodríguez, tomó posesión
como Presidenta Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Atlequizayan, Puebla, administración 2014-2018;
tal y como consta en la copia certificada por el Director General de Gobierno de la Constancia de Mayoría,
documento que se encuentra agregado en el expediente P.A. 20/2017 de la Dirección Jurídica de Substanciación de
la Auditoría Superior del Estado de Puebla. --------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- El uno de marzo de dos mil diecisiete, el Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó a la Auditoría Superior del
Estado de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra de la C. Bertha Rodríguez Rodríguez, Presidenta Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de Atlequizayan, Puebla, administración 2014-2018; por diversas irregularidades que fueron
contempladas en el Pliego de Cargos vencido número 07591C/2014-2018, por un monto total de $12’277,408.01
(doce millones doscientos setenta y siete mil cuatrocientos ocho pesos 01/100 Moneda Nacional). ----------------------
TERCERO.- La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha uno de diciembre de dos mil diecisiete,
dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y
registrar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 20/2017, de la Dirección Jurídica de Substanciación de
la Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra de la C. Bertha Rodríguez Rodríguez, Presidenta Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de Atlequizayan, Puebla, administración 2014-2018; se ordenó citar a la involucrada para que
compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------
CUARTO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número ASP/08266-
17/DGJ-DJC, de fecha uno de diciembre de dos mil diecisiete, se citó a la C. Bertha Rodríguez Rodríguez,
Miércoles 24 de octubre de 2018 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Cuarta Sección) 3
Presidenta Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Atlequizayán, Puebla, administración 2014-2018, a
efecto de que compareciera el cuatro de enero de dos mil dieciocho a las diez horas, para ofrecer pruebas y alegar lo
que a su interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara,
oficio citatorio que le fue notificado conforme a derecho el quince de diciembre de dos mil diecisiete, tal y como
consta en la cédula de notificación. ------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO.- Como antecedente es de citar que el dos de mayo de dos mil diecisiete la C. Bertha Rodríguez
Rodríguez, Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Atlequizayán, Puebla, administración 2014-2018, presentó
oficio número MAP/TES/2017002, recibido por la Auditoría Superior el tres del mismo mes y año con folio
201709573, a través del cual señaló lo siguiente: “…aprovecho solicitar de la manera más atenta se me
proporcionen los saldos finales al 14 de febrero de 2014, con el objeto de dar contestación a la observación general
contable del pliego de cargos número 07591C/2014-2018, que a la letra dice “Los saldos iniciales de la Cuenta
Pública al 31 de diciembre de 2014, no están determinados por la situación de los saldos al 14 de febrero de 2014.
Deberá registrar los saldos iniciales correctos una vez que la Cuenta Pública al 14 de febrero de 2014 sea aprobada
por el H. Congreso de Estado…”; por lo que la Autoridad Fiscalizadora emitió Acuerdo de veintiséis de junio de dos
mil diecisiete a través del cual ordenó citar a la involucrada, con la finalidad de que comparezca el seis de julio del
dos mil diecisiete, en punto de las trece horas, a efecto de que le sea proporcionada la información solicitada antes
descrita, con el apercibimiento que de no comparecer en la referida fecha se tendrá por desistida de su petición,
acuerdo debidamente notificado el treinta de junio de dos mil diecisiete. ----------------------------------------------------
SEXTO.- El seis de julio del dos mil diecisiete a las trece horas con treinta minutos, se hizo constar la
comparecencia de la C. Bertha Rodríguez Rodríguez, Presidenta Municipal Constitucional del Ayuntamiento de
Atlequizayán, Puebla, administración 2014-2018, ante la entonces Dirección Jurídica de Contenciosa de la
Auditoría Superior del Estado de Puebla, en la que se le hizo saber que en ese acto se llevaría a cabo el desahogo
de su comparecencia, respecto al acuerdo de veintiséis de junio de dos mil diecisiete, con la finalidad de dar
respuesta a su escrito presentado el tres de mayo del dos mil diecisiete, a través del cual solicita se le
proporcionen los saldos finales al catorce de febrero de dos mil catorce, lo anterior con el objeto de dar
contestación a la observación general contable del pliego de cargos número 07591C/2014-2018 y al respecto
manifestó: “Que toda vez que el día lunes veintiséis de junio del año en curso, asistimos a estas oficinas de la
Auditoría Superior del Estado de Puebla, fuimos atendidos por personal del área de Sistemas de la Información,
quienes nos informaron que los saldos finales al catorce de febrero de dos mil catorce, no tuvieron movimientos,
ni modificaciones de ninguna póliza; es decir son los mismos saldos con los que se inició la administración actual
del quince de febrero al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce; quedando con ello atendida mi petición,
por lo que en este acto me desisto de lo señalado en el escrito de referencia; siendo esto todo lo que deseo
manifestar”; por lo que la Autoridad Fiscalizadora tuvo por presente a la compareciente y por hechas sus
manifestaciones, mismas que fueron agregadas al expediente que se resuelve. ------------------------------------------
SÉPTIMO.- El cuatro de enero de dos mil dieciocho a las diez horas, se desahogó la audiencia prevista por la
fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en la que
se hizo constar la comparecencia de la C. Bertha Rodríguez Rodríguez, Presidenta Municipal Constitucional
del Ayuntamiento de Atlequizayán, Puebla, administración 2014-2018, ante la Dirección Jurídica de
Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, con el fin de ofrecer pruebas y producir alegatos en la
audiencia a la que fue citado; asimismo, se hizo constar la designación como defensor de la compareciente al C.
Alejandro Vázquez Hermosillo, el cual en la misma diligencia aceptó y protestó el cargo conferido; audiencia en la
que manifestó en la etapa de pruebas la compareciente a través del abogado defensor el C. Alejandro Vázquez
Hermosillo: “Que en este acto presento escrito de pruebas en 13 fojas, mismo que en este momento la involucrada
ratifica en todas y cada una de sus partes por estar redactado conforme a sus instrucciones, y al que se adjuntan 8
legajos los cuales se integran de la siguiente manera: 1.- Para solventar las irregularidades 1, 2 y 3 presentó lo
siguiente: legajo I/VIII folios del 001 al 067; legajo II/VIII folios del 001 al 058; legajo III/VIII folios del 001 al
257; 2.- Para solventar las irregularidades de la 4 a la 23 presento lo siguiente: legajo IV/VIII folios del 001 al 089;
legajo V/VIII folios del 090 al 385; legajo VI/VIII folios del 386 al 677; legajo VII/VIII folios del 678 al 891 y
legajo VIII/VIII folios del 892 al 1130; 3.- Así mismo para complementar la solventación de la irregularidad 7

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