Periódico Oficial del Estado de Puebla del 21-03-2023. Número 14 - Sección EDICIÓN VESPERTINA

Fecha de publicación21 Marzo 2023
Número de Gaceta14
SecciónEDICIÓN VESPERTINA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MARTES 21 DE MARZO DE 2023
TOMO DLXXV
NÚMERO 14
EDICIÓN
VESPERTINA
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL
ACUERDO de la Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del
Estado, por el que emite las Reglas de Operación de los Programas para el
Campo Poblano.
2 (Edición Vespertina) Periódico Oficial del Estado de Puebla Martes 21 de marzo de 2023
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL
ACUERDO de la Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado, por el que emite las Reglas de Operación
de los Programas para el Campo Poblano.
Al margen el logotipo oficial de la Secretaría, con una leyenda que dice: Secretaría de Desarrollo Rural.
Gobierno de Puebla.
ANA LAURA ALTAMIRANO PÉREZ, Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla,
con fundamento en lo d ispuesto en los artículos 1, 28, 81, 82 párrafo primero, 83 párrafo primero de la Constituc ión
Política del Estado Libre y Soberano de P uebla; 1, 3, 13 párrafo primero, 30, 31 fracción IX y 40 fracciones I , III y
XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 2, 5, 8, 9, 10 , 12 y 21 de la Ley de
Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla; 1, 2, 4 fracción I, 5 fracción III, 9, 27 fracción I y 32 de la Ley
de P laneación para el Desarrollo del Estado de Puebla; 1, 19, 21, 55, 56, 85, 86 y 1 18 de la Ley de Egresos del
Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023; 1, 2, 4, 6 y 11 fracciones I, II, III, IV, VII y X del Reglamento
Interior de la Secr etaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla, emite el presente ACUERDO al
tenor de lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el artículo 134 de la Constitución Política de lo s Estados Unidos Mexicanos, establece que los recursos
económicos de que dispongan las entidad es federativas se ad ministrarán con eficiencia, eficacia, economía,
transparencia y honradez para satisfacer los objetivo s a los que estén destinados.
Que el artícu lo 108 de la C onstitució n Po lítica del Estado Libr e y Sob erano de Puebla, seña la q ue los
recurs os ec onómicos de que dispongan el Estado, los Munici pios y sus enti dades, así como los organismos
autóno mos, se admini strarán con e ficiencia, eficaci a, econ omía, t ransparenci a y honradez, para satisface r los
objeti vos a que e stén destin ados.
Que el Estado de Puebla cuenta con una extensión territoria l de 3 millones 430 mil 960 hectáreas, que representa
el 1.7% del territorio del país, siendo la superficie con potencial agrícola de 1 millón 76 mil hectáreas, de acuerdo
con datos del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP, 2021), la superficie sembrada para el año
2021 fue de 920 mil 938.5 hectáreas, de las cuales el 82 .2% son de temporal y el 17.8% de riego.
Que el sector agroalimentario aportó 52 mil 881 millones de p esos como valor de la producción agrícola,
pecuario, apícola y acuícola en 2021 (SIAP, 202 1).
Que la población en la e ntidad supera los 6.72 millones de p ersonas, de las cuales 26.52% habitan en el medio
rural, 5.11 puntos porcentuales arrib a del promedio nacional (21.41%), de acuerdo con información del Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2021 ).
Que el sector primario de la Entidad contribuye con el 4.7% del Producto Interno Bruto (PIB) Estatal con 25,305
millones de pesos de acuerdo con datos del INEGI, 2020.
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 74 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del
Estado de Puebla, los ór denes de gobierno promoverán la capitalización del sector mediante obras de infraestructura
básica y productiva, de servicios a la producción y apoyos a los (as) prod uctores (as) que les permitan mejorar sus
Martes 21 de marzo de 2023 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Edición Vespertina) 3
ingresos a través de los p rogramas que se formulen, promoverá esquemas de apo yos, transferencias y estímulos p ara
el fomento de las actividades agropecuarias y forestales, cuyos objetivos serán fortalecer la producción interna y la
balanza comercial de alimentos, materias primas, productos manufacturados y servicios diversos que se realicen en
las zonas rurales.
Que la Secretaría d e Desarrollo Rural ha imp lementado pr ogramas de a tención a la d emanda para el
fomento d el desarrollo ru ral en el Estado de Pueb la, mediante los cu ales se promovió la pa rticipación de
hombre s y muj eres co n enfoque de e quidad de género, destaca ndo que el 36.2 % de lo s (as) Beneficiar ios (as)
apoyad os fuero n mujer es, las cuales lograron impulsar sus p royectos productivo s, conta r con insumos para l a
produc ción, maqui naria agríc ola y equip amiento.
Que para el Gobierno del Estado de Puebla es de la mayor importancia continuar fortaleciendo las actividad es
agrícolas, pecuarias, ap ícolas y acuícolas como parte fundamental del desarr ollo del Estado, impulsando las
economías locales y tomand o en cuenta el uso sostenib le de los recursos naturales, así como a las vocaciones
productivas de cada región.
Que, reconociendo el i mportante papel de la mujer en el desarrollo de las actividades en el campo poblano , en el
año 2021 se implementó un programa de atención a las mujeres de las zonas rurales dedicadas a la transformación y
agregación de valor de productos agropecuarios, ap ícolas y acuícolas.
Que es de relevancia fortalecer el campo poblano a través de apoyos que contribuyan a los costos de producción
de las y los productores, mejorar el b eneficio del café, su valor agregado y seguir incrementando los rendimientos
por hectárea y calidad para favorecer una mejor co mercialización.
Que es de vital importancia implementar mecanismos y acciones inmediatas de atención en beneficio de las y los
productores poblanos que se han visto severamente afectados en sus cultivos cafetaleros con la finalidad de reducir
las pérdidas generadas por las plagas emergentes de lo s cultivos en la Entidad.
Que en el Estado e xisten cultivos de alto valo r comercial como aguacate, vainilla, pitahaya, pitaya, tejocote,
higo, berries, naranja, manzana, nuez de castilla, ornamentales, entre otros, para los cuales el campo poblano cuenta
con vocación productiva; aunado a que existen condiciones de mercado que permiten que los (as) productores (as)
puedan aspirar a mayores i ngresos, razón por la cual, es interés del Gob ierno del Estado apoyar a los (as)
productores (as) con las inversiones necesarias para mejorar las prácticas de producción, incor porar la tecnología,
equipo y material vegetativo que permitan incrementar el volumen y valor de la producción.
Que c on base en información del SIAP 2021, en el Estado de Puebla, se sembraron un total de 13 mil 709.9
hectáreas de maíces nativos de color y pozolero, de éstos, destaca por su superficie el maíz grano amarillo con
10,437.9 hectáreas, el maíz grano de color con 1 mil 7 44 hectáreas, el maíz azul con 1 mil 370 hectáreas y el maíz
pozolero con 158 hectáreas.
Que la apicultura en el Estado contribuye con 2 mil 425 toneladas de miel y cera, cifra que representa el 4.5%
del volumen nac ional y un valor de la producción de 116 millones de pesos, que representa el 3.9% del valor
nacional (SIAP, 2021). La Entid ad ocupa el octavo lugar en volumen de la producción de miel y cera. Cabe destacar
que en los últimos años la meliponicultura ha tomado gran i mportancia en el Estado, por lo que el apoyo a esta
actividad resulta de gran impo rtancia económica y ecológica por su papel esencial d e ser especies polinizadoras y se
constituyen como la base de la producción agrícola estatal.
Que de acuerdo con el I nforme Estadísti co 202 0 del Consej o Reg ulador del Mezcal, la entidad ocupa el
segund o lugar Nacional e n producc ión de me zcal con 3.2% del volumen de mezcal producido en Méxi co, solo
despué s de Oaxaca .

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