Periódico Oficial del Estado de Puebla del 11-10-2018. Número 9 - Sección CUARTA

Fecha de publicación11 Octubre 2018
Número de Gaceta9
SecciónCUARTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
JUEVES 11 DE OCTUBRE DE 2018
TOMO DXXII NÚMERO 9
CUARTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que
determina que el C. José Gerardo Lezama Montiel, Presidente Municipal de
Chalchicomula de Sesma, administración 2005-2008, no es administrativamente
responsable de las irregularidades que se le imputaron, durante el periodo que
se le auditó, comprendido del 8 de agosto al 31 de diciembre de 2007,
aprobándose la cuenta pública del citado Municipio, por el periodo mencionado.
2 (Cuarta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Jueves 11 de octubre de 2018
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. José Gerardo Lezama
Montiel, Presidente Municipal de Chalchicomula de Sesma, administración 2005-2008, no es
administrativamente responsable de las irregularidades que se le imputaron, durante el periodo que se le
auditó, comprendido del 8 de agosto al 31 de diciembre de 2007, aprobándose la Cuenta Pública del citado
Municipio, por el periodo mencionado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del
Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus
habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de
Puebla, respecto al expediente número expediente número P.A. 47/2008, relativo al Procedimiento Administrativo
de Determinación de Responsabilidades, iniciado en contra del C. José Gerardo Lezama Montiel, Presidente
Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla, administración 2005-2008;
concretamente por el periodo fiscalizado comprendido del ocho de agosto al treinta y uno de diciembre de dos mil
siete. Cabe hacer mención que el presente Decreto es consecuencia de la substanciación del Procedimiento
Administrativo en que se actúa, realizada por el entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla;
por tanto, toda referencia que en sentido formal o material, que se haga en el mismo al Órgano de Fiscalización
Superior del Estado de Puebla y a su Titular respectivamente, se entenderán hechos a la Auditoría Superior del
Estado de Puebla y a su respectivo Titular; lo anterior, con fundamento en los artículos transitorios sexto, séptimo,
noveno y décimo segundo de la Declaratoria que contiene el Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla,
por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el veintiocho de noviembre de dos mil doce; segundo
y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas
disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento
Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil
trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, y -----------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
PRIMERO.- Que el ocho de agosto de dos mil siete, el C. José Gerardo Lezama Montiel, tomó posesión
como Presidente Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla, administración
2005-2008; tal y como consta en la copia certificada por el Director General de Gobierno de la Constancia de
Mayoría, documento que se encuentra agregado en el expediente P.A. 47/2008 de los de la entonces Dirección
Jurídica del entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla. -----------------------------------------------
SEGUNDO.- El once de diciembre de dos mil ocho, el Quincuagésimo Séptimo Congreso Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó al entonces Órgano de
Fiscalización Superior del Estado de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo de
Determinación de Responsabilidades en contra del C. José Gerardo Lezama Montiel, Presidente Municipal
Sustituto del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla, administración 2005-2008; por diversas
Jueves 11 de octubre de 2018 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Cuarta Sección) 3
irregularidades que fueron contempladas en el Pliego de Cargos vencido número 03866C/2005-2008, por un monto
total de $169’992,831.79 (ciento sesenta y nueve millones novecientos noventa y dos mil ochocientos treinta y un
pesos 79/100 Moneda Nacional). ---------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO.- El entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con fecha veintisiete de
septiembre de dos mil once, dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes
señalado, ordenándose integrar y registrar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 47/2008, de la
entonces Dirección Jurídica del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, iniciando
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del C. José Gerardo Lezama
Montiel, Presidente Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla,
administración 2005-2008; se ordenó citar al involucrado para que compareciera al desahogo de la audiencia
de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Puebla. -----------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número OFS/11497-
11/DJ, de fecha veintisiete de septiembre de dos mil once, se citó al C. José Gerardo Lezama Montiel, Presidente
Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla, administración 2005-2008, a efecto
de que compareciera el catorce de octubre de dos mil once a las nueve horas, para ofrecer pruebas y alegar lo que a
su interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio
citatorio que le fue notificado conforme a derecho el tres de octubre de dos mil once, tal y como consta en la cédula
de notificación. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO.- Acuerdo de fecha trece de octubre de dos mil once, mediante el cual se recibió escrito de fecha siete
de octubre del mismo año, con folio 201122222, signado por el C. José Gerardo Lezama Montiel, mediante el cual
informó que por causas de fuerza mayor no tenía el respaldo del Sistema Contable Gubernamental, por el periodo
del ocho de agosto de dos mil siete, al trece de febrero de dos mil ocho, por lo que la autoridad fiscalizadora acordó
en el punto SEGUNDO.- “En atención a la solicitud del involucrado, remítase copia del escrito de mérito a
Auditoría Especial de Planeación y Sistemas, del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, a efecto de
que de considerarlo cite al involucrado y de proceder su petición se le cargue la información contenida en el Sistema
Contable Gubernamental II solicitado”…, para tal efecto se giró el memorando número OFS/15934-11/DJ, a la
entonces Auditoría Especial de Planeación y Sistemas. -------------------------------------------------------------------------
SEXTO.- A través del acuerdo de fecha diecisiete de febrero de dos mil doce, se tuvo por recibido informe de
Asesorías del Sistema Contable Gubernamental II, atendidas en la Dirección de Informática, a través del cual se
advirtió que se le dio asesoría al C. José Gerardo Lezama Montiel, Presidente Municipal de la administración 2008-
2011, del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla, además se tuvo por recibido escrito de fecha doce de
octubre de dos mil doce, con folio 201122342; por lo que se acordó en el punto Segundo, citar al C. José Gerardo
Lezama, a fin de comparecer el dos de marzo del dos mil doce, a desahogar la audiencia de Pruebas y Alegatos,
acuerdo debidamente notificado conforme a derecho el día veinticuatro de febrero de dos mil doce. --------------------
SÉPTIMO.- El dos de marzo de dos mil doce a las diez horas con veintiocho minutos, se desahogó la audiencia
prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Puebla, en la que se hizo constar la comparecencia del C. José Gerardo Lezama Montiel, Presidente Municipal
Sustituto del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla, administración 2005-2008, ante la entonces
Dirección Jurídica del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con el fin de ofrecer pruebas y
producir alegatos en la audiencia a la que fue citado; asimismo, se hizo constar la incomparecencia del representante
del Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma, Puebla, administración 2011-2014, de igual manera se hizo
constar la designación como defensor del compareciente al Lic. Vicente Ortiz Flores, el cual en la misma diligencia
aceptó y protestó el cargo conferido; audiencia en la que manifestó en la etapa de pruebas el compareciente el C.
José Gerardo Lezama Montiel, haciendo uso de este derecho manifiesta: ““En este acto exhibo escrito de dos de
marzo del año en curso, compuesto de catorce fojas, el cual ratifico su contenido, reconociendo las firmas que obran
al margen y al calce por haberla estampado de mi puño y letra y por ser la misma que utilizo tanto mis asuntos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR