Periódico Oficial - Número 127 - Tomo CXLIII de 2018-10-23

Fecha de Entrada en Vigor28 de Octubre de 2018
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLIII Victoria, Tam., martes 23 de octubre de 2018. Número 127
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
DECRETO LXIII-475 mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del
Código Penal para el Estado de Tamaulipas; de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de
Justicia del Estado de Tamaulipas; de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de
Tamaulipas; y, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas……. 2
DECRETO Gubernamental mediante el cual se expide el Reglamento del Consejo Estatal de
Seguridad Pública……………………………………………………………………………………. 14
ACUERDO mediante el cual se expropia por causa de utilidad pública el bien inmueble identificado
como Lote 6 Manzana 79, Clave Catastral 32-01-01-079-006, ubicado en las Calles Guerrero
Esquina con Zaragoza, de la Cabecera Municipal de San Carlos, Tamaulipas, conocido como
“La Casa del Capitán Lores”…………………………………………………………………………. 21
REGLAMENTO Interior de la Secretaría del Trabajo. (ANEXO)
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
ACLARACIÓN referente al “Servicio de Suministro y Distribución de medicamentos y material de
curación, mediante la instalación de farmacias y centros de distribución en hospitales y centros
de salud de los Servicios de Salud de Tamaulipas”, relacionado con la Licitación Pública
Nacional 57062002-009-18, publicada en el Periódico Oficial número 123 de fecha jueves
11 de octubre de 2018, TOMO CXLIII…………………………………………………………… 24
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL 047 mediante la cual se se convoca a los interesados en
participar en la(s) Licitación(es) de carácter Nacional para la contratación de LPE-N64-2018,
“Terminación de la construcción del Museo del Niño, en la ciudad de Tampico, Tamaulipas.”….. 27
PODER JUDICIAL
CONSEJO DE LA JUDICATURA
ACUERDO General 28/2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, mediante el cual se
crea el Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Familiar en el Cuarto Distrito Judicial, con
residencia en Matamoros, Tamaulipas………………………………………………………………... 29
ACUERDO General 29/2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, mediante el cual se
crea el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de lo Familiar en el Quinto Distrito Judicial, con
residencia en Reynosa, Tamaulipas…………………………………………………………………... 30
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., martes 23 de octubre de 2018 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS,
TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXIII-475
MEDIANTE EL CUAL SE REFORMAN, DEROGAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA
GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; DE LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL
ESTADO DE TAMAULIPAS; Y, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman los artículos 212, fracción XII; 232, fracción XIII y 233, fracción II; y se
derogan la fracción II del artículo 22; Capítulo IV del Título Octavo, del Libro Segundo; artículo 213, Capítulo II, del
Título Décimo Octavo, del Libro Segundo; artículos 391, 391 Bis, 392, 392 Bis, 392 Ter y 393 del Código Penal
para el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:
ARTÍCULO 22.- Se…
I.- Atentados…
II.- Derogada.
III.- a la V.-
ARTÍCULO 212.- Al…
Iguales…
Comete…
I.- a la XI.-
XII.- Obligue al inculpado a declarar, usando la incomunicación o la intimidación;
XIII.- y XIV.-
TÍTULO OCTAVO
CAPÍTULO IV
DE LA TORTURA
(DEROGADO)
Artículo 213.- Derogado.
ARTÍCULO 232.- Comete…
I.- a la XII.-
XIII.- Obligar al imputado a declarar, usando la incomunicación o intimidación;
XIV.- a la LII.-
ARTÍCULO 233.- Al…
I.- A…
II.- A quien cometa los delitos previstos en las fracciones IV, V, VI, XI, XII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII,
XXIII, XXIV, XXXIX, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLVII, XLVIII, XLIX, L, LI y LII se le impondrá pena de prisión de cuatro
a diez años y de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
En…
Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 23 de octubre de 2018 Página 3
TÍTULO DÉCIMO OCTAVO
CAPÍTULO II
DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS
(DEROGADO)
ARTÍCULO 391.- Derogado.
ARTÍCULO 391 Bis.- Derogado.
ARTÍCULO 392.- Derogado.
ARTÍCULO 392 Bis.- Derogado.
ARTÍCULO 392 Ter.- Derogado.
ARTÍCULO 393.- Derogado.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforman los artículos 12, apartados A), fracción XVII, y C), fracción XVI, artículos 15
Ter y 15 Quáter; y se adicionan la fracción XVIII, recorriéndose las actuales para ser XIX y XX, al apartado A) del
artículo 12; y, los artículos 14 Quinquies, 14 Sexies, 27 Sexies, 27 Septies, 27 Octies, 27 Nonies, 27 Decies, 27
para quedar como siguen:
ARTÍCULO 12.- El…
A) Con…
I. a la XVI.. ...
XVII. Fiscal Especializado en la Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada de Personas;
XVIII. Unidad Especializada en la Investigación del Delito de Tortura;
XIX. Director de la Unidad para la Protección de Personas que intervienen en el Procedimiento Penal; y
XX. Agentes del Ministerio Público.
B) Con…
I. a la XIV.
C) Con…
I. a la XV....
XVI. Comisionado Estatal de Búsqueda de Personas;
XVII y XVIII.
Los…
El…
El…
Asimismo…
Los…
ARTÍCULO 14 Quinquies.- La Unidad Especializada en la Investigación del Delito de Tortura será una unidad
especializada dependiente de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; la cual conocerá de los
delitos relativos a esta materia, y estará integrada por personal especializado y contará con los Agentes del
Ministerio Público, Peritos, Policías Investigadores y Ministeriales que el servicio requiera.
Tiene por objeto llevar a cabo toda investigación e intervención para el esclarecimiento de los hechos que puedan
ser constitutivos de los delitos en materia de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así
como para dar seguimiento al juicio respectivo, con las atribuciones y obligaciones que para el Ministerio Público
y Policía establecen, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General para Prevenir,
Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Constitución
Política del Estado de Tamaulipas, la presente Ley, así como las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás
disposiciones aplicables.
ARTÍCULO 14 Sexies.- La Unidad Especializada en la Investigación del Delito de Tortura tendrá en el ámbito de
su competencia, las obligaciones y facultades siguientes:
I. Iniciar y desarrollar la investigación y persecución de hechos delictivos relacionados con los delitos previstos en
la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes;

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