Periódico Oficial Legislativo - Número 152 - Tomo CXLI de 2016-12-21

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLI Victoria, Tam., miércoles 21 de diciembre de 2016. Número 152
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
CONVENIO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de
Infraestructura, en la Vertiente de Infraestructura para el Hábitat, correspondiente al ejercicio
fiscal 2016, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado
de Tamaulipas y el Municipio de Río Bravo de dicha entidad federativa………………………. 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
DECRETO No. LXIII-83 mediante el cual se designa a los Ciudadanos Licenciados Ángel Raúl
Álvarez Anduiza y Raúl Lara Martínez, para ocupar el cargo de Propietario y Suplente de la
Representación que corresponde a los Ayuntamientos en la Integración del Tribunal de
Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios……….……. 10
DECRETO No. LXIII-91 mediante el cual se reforma el párrafo sexto del artículo 19 de la Constitución
Política del Estado de Tamaulipas, en materia de desindexación del salario mínimo…………… 11
DECRETO No. LXIII-92 mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas, de la Ley Reglamentaria para
Establecimientos de Bebidas Alcohólicas, y de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de
Tamaulipas…………………..……………………………………………………………………… 12
DECRETO No. LXIII-103 mediante el cual se reforman disposiciones de diversos ordenamientos
de la Legislación Estatal, en materia de Desindexación del Salario Mínimo.. (ANEXO)
DECRETO No. LXIII-104 mediante el cual se reforma la fracción II del artículo 33 de la Ley de
Salud para el Estado de Tamaulipas; fracción IV del artículo 32 Bis de la Ley del Trabajo de
los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, así como el párraf o 2 del artículo 5 de la
Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres………….. 19
DECRETO No. LXIII-105 mediante el cual la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del
Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, clausura su primer período del primer año de
ejercicio constitucional……………………………………………………………………….……… 20
R. AYUNTAMIENTO VICTORIA, TAM.
CONVOCATORIA Numero 00 2 mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales
nacionales, que poseen los recursos técnicos, económicos y demás necesarios para
participar en la Licitación Pública Nacional LPN-MVT-002-2016, para la Adquisición de
Camionetas Tipo Estacas y Chasis Cabina para el Municipio de Victoria, Tamaulipas.…… 21
CONVOCATORIA Numero 003 mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales
nacionales, que poseen los recursos técnicos, económicos y demás necesarios para participar
en la Licitación Pública Nacional LPN-MVT-003-2016, para la Adquisición de Vehículos
Patrulla 4 Cil, 1.5 Lts y 160 Hp equipados, para el Municipio de Victoria, Tamaulipas……….…. 22
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., miércoles 21 de diciembre de 2016 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
CONVENIO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de
Infraestructura, en la Vertiente de Infraestructura para el Hábitat, correspondiente al ejercicio fiscal 2016,
que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Tamaulipas y el
Municipio de Río Bravo de dicha entidad federativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA
VERTIENTE INFRAESTRUCTURA PARA EL HÁBITAT
CONVENIO DE COORDINACIÓN CON EL R. AYUNTAMIENTO DE RÍO BRAVO
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA (EN ADELANTE “EL PROGRAMA”), EN LA VERTIENTE DE
“INFRAESTRUCTURA PARA EL HÁBITAT” (EN ADELANTE “LA VERTIENTE HÁBITAT”),
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2016, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO
SUCESIVO “LA SEDATU”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. SERGIO CARLOS GUAJARDO
MALDONADO, DELEGADO DE “LA SEDATU” EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS; Y POR OTRA PARTE, EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, REPRESENTADO POR EL ING. HUMBERTO RENÉ SALINAS
TREVIÑO, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE, EN LO
SUCESIVO "EL ESTADO"; Y EL H. AYUNTAMIENTO DE RÍO BRAVO, REPRESENTADO POR EL C.
ROGELIO VILLASEÑOR SÁNCHEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL, QUIEN ACTÚA EN COMPAÑÍA DEL LIC.
JOSÉ DE JESÚS CORONA SÁENZ EN SU CALIDAD DE SÍNDICO SEGUNDO; A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO "EL MUNICIPIO" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA
SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”; MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Que acorde al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda familia tiene derecho
a disfrutar de vivienda digna y decorosa; señalándose en tal disposición fundamental que a través de la Ley se
establecerán los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
II. Que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos instaura la obligación del
Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, estableciéndose en el artículo
28 de la Ley de Planeación que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los
Programas que de él emanen, deberán especificar las acciones objeto de coordinación con los gobiernos de las
entidades federativas.
III. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece entre sus objetivos, estrategias y líneas de acción,
garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población y fortalecer el desarrollo de
capacidades en los hogares con carencias, para contribuir a mejorar su calidad de vida e incrementar su
capacidad productiva, así como generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de
participación social para transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.
IV. Que el artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los
gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la
coordinación que se requiera a efecto de que esos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo.
V. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015, establece en el inciso b), fracción I, del artículo 29,
que en los programas sujetos a reglas de operación (como en el supuesto es el Programa de Infraestructura); se
procurará que la ejecución de las acciones correspondientes sea desarrollada por los órdenes de gobierno más
cercanos a la población, debiendo reducir al mínimo indispensable los gastos administrativos y de operación; y
llevar los gobiernos municipales un registro de beneficiarios y realizar su seguimiento para verificar la efectividad
y coadyuvar en la evaluación de las acciones.
VI. Que en términos de lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano tiene entre otras atribuciones la de impulsar, la planeación y
el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que
armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos humanos y centros de población; la regularización de
la propiedad agraria y sus diversas figuras que la ley respectiva reconoce en los ejidos, las parcelas, las tierras

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