Periódico Oficial Legislativo - Número 116 - Tomo CXL de 2015-09-29

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXL Victoria, Tam., martes 29 de septiembre de 2015. Número 116
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular CENTRO EDUCATIVO
UNIVERSUM PREESCOLAR, para que imparta los Estudios de Educación Preescolar en
Victoria, Tamaulipas………………………………………………………………………………….. 2
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular SMART KIDS CENTER
ALTAMIRA, para que imparta los Estudios de Educación Primaria en Altamira, Tamaulipas… 4
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA
ACUERDO Número 22/2015 del Procurador General de Justicia del Estado de Tamaulipas, por
el que se suprimen las Agencias Séptima y Octava del Ministerio Público Investigador de
la Ciudad de Matamoros, Tamaulipas……………………………………………………………. 7
R. AYUNTAMIENTO CASAS, TAM.
TARIFAS del Servicio de Agua Potable de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado
de Casas, Tamaulipas……………………………….……………………………………………… 9
R. AYUNTAMIENTO REYNOSA, TAM.
CONVOCATORIA 027, mediante la cual se convoca a los interesados en participar en la licitación
57057002-085-15 y 57057002-086-15, para la contratación de: Drenaje Sanitario
(Caídos) en el municipio de Reynosa, Tamaulipas……..……………………………………… 10
FE DE ERRATAS
FE DE ERRATAS en el Periódico Oficial número 32, de fecha martes 17 de marzo de 2015 y
Periódico Oficial número 36, de fecha miércoles 25 de marzo de 2015, TOMO CXL, en los
cuales se publicaron la 1ª y 2ª publicación respectivamente del ACUERDO mediante el cual
se expropia por causa de utilidad pública una superficie para la regularización de los
asentamientos humanos irregulares “Francisco I. Madero, Miguel Hidalgo, Benito Juárez,
Vicente Guerrero y Josefa Ortíz de Domínguez” del Municipio de Gustavo Díaz Ordaz,
Tamaulipas. ………………………………………………………………………………………. 12
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., martes 29 de septiembre de 2015 Periódico Oficial
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
DIÓDORO GUERRA RODRÍGUEZ, en ejercicio de las facultades que a la Secretaría de Educación de
Tamaulipas, a mi cargo confieren los artículos 23 fracción VIII y 31 fracciones I, III y IV, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública; 11 fracción VIII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y Artículo Segundo
del Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 45 de fecha 15 de abril del 2014, y en relación
al diverso Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 96 de fecha 12 de agosto del 2014;
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que mediante escrito de fecha 13 de agosto del 2015, la ciudadana BLANCA DELIA GARCÍA
GONZÁLEZ, representante legal de la persona moral IMPULSORA DE DESARROLLO EDUCATIVO ACTUAL,
A.C., solicitó autorización para que su auspiciado CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR imparta
los estudios de Educación Preescolar con alumnado mixto y turno mixto en las instalaciones ubicadas en calle
Chiapas número 517, entre calle Gaspar de la Garza y calle Lauro Aguirre, Fraccionamiento Valle de Aguayo en
Victoria, Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que la persona moral IMPULSORA DE DESARROLLO EDUCATIVO ACTUAL, A.C., se
compromete a que su auspiciado CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR, así como el personal
directivo y docente, ajustarán sus actividades cívicas, culturales, educativas y deportivas de acuerdo a lo previsto
por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley General de Educación, Ley de
Educación para el Estado, reglamentos, planes, programas, métodos de estudios y disposiciones emanadas de
la Secretaría de Educación de Tamaulipas.
TERCERO.- Que la persona moral IMPULSORA DE DESARROLLO EDUCATIVO ACTUAL, A.C., por
conducto de su representante legal la C. BLANCA DELIA GARCÍA GONZÁLEZ, y el personal directivo y
docente del plantel, han declarado bajo protesta de decir verdad, que en la educación que imparta la institución
educativa particular CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR, se respetarán las leyes y
reglamentos aplicables; y en lo relacionado con el laicismo, observarán lo previsto por los artículos 3° de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5° de la Ley General de Educación y 6° de la Ley de
Educación para el Estado.
CUARTO.- Que las instalaciones que ocupa la institución educativa privada CENTRO EDUCATIVO
UNIVERSUM PREESCOLAR reúnen las condiciones de seguridad, higiénicas y pedagógicas establecidas en los
artículos 55 fracción II de la Ley General de Educación y 92 fracción II de la Ley de Educación para el Estado,
conforme al resultado del informe realizado por el ciudadano SILVERIO SALDÍVAR PINEDA, Jefe del
Departamento de Supervisión de Escuelas Incorporadas de la Secretaría de Educación del Estado; contando
con el equipo y material didáctico para el correcto desarrollo de sus actividades educativas, aprobándose
además, la integración de los grupos escolares y horarios de clases con los que funcionará el plantel.
QUINTO.- Que la persona moral IMPULSORA DE DESARROLLO EDUCATIVO ACTUAL, A.C., que auspicia al
CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR, ha aceptado que dicha institución está sujeta a que la
Secretaría de Educación de Tamaulipas ordene cualquier modificación o cambio relacionado con su
denominación, turnos de trabajo, organización del alumnado y del personal directivo, docente y técnico.
SEXTO.- Que la persona moral IMPULSORA DE DESARROLLO EDUCATIVO ACTUAL, A.C., quien auspicia
al jardín de niños particular CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR, convendrá con la Asociación
de Padres de Familia de dicho plantel respecto a la cantidad que deberán pagar por concepto de colegiatura, la
cual deberá quedar establecida 30 días antes de la inscripción y reinscripción, cifra que no podrá modificarse
dentro del período para el que fue aprobada.
SÉPTIMO.- Que la persona moral IMPULSORA DE DESARROLLO EDUCATIVO ACTUAL, A.C., se ha
comprometido a que el CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR observe las siguientes normas:
I).- En cuanto a cooperaciones extraordinarias, éstas se someterán a la consideración y aprobación, en su caso,
de los acuerdos tomados por la Asociación de Padres de Familia.
II).- Cada solicitud de cooperación extraordinaria expresará su destino y contendrá la mención de ser voluntaria.
III).- Las aportaciones serán pagadas a la Dirección de la Escuela y ejercidas por ésta, bajo la estricta vigilancia
de la Asociación de Padres de Familia.
IV).- La inscripción, reinscripción, entrega de documentos oficiales, situación académica de los alumnos o su
permanencia, no se condicionará al pago de las cuotas o cooperaciones extraordinarias.
OCTAVO.- Que la persona moral IMPULSOR A DE DESARR OLLO EDU CATIVO AC TUAL, A. C., que auspicia
al plantel educativo particular CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR, adquiere la obligación de:
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I.- Emitido y publicado el presente Acuerdo Secretarial, acudir a la Secretaría de Educación del Estado para
tramitar la asignación de la Clave de Centro de Trabajo; sólo una vez obtenida ésta, podrá operar el servicio
educativo autorizado;
II.- Cumplir con el Calendario Escolar para cada ciclo escolar que establece la Secretaría de Educación del
Estado;
lII.- Conceder becas totales o parciales, en los términos del reglamento respectivo, cuyo monto nunca será menor
al 5% del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas, considerando el 100% de la población
estudiantil; lo anterior, de conformidad a lo establecido por el artículo 94, fracción III, de la Ley de Educación para
el Estado de Tamaulipas y al previsto por los artículos 24, 25, 26, 27, 28 y 29 del Reglamento del Sistema Estatal
de Becas, Créditos y Estímulos Educativos de Tamaulipas;
lV.- Cumplir con lo que ordena la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 8 de febrero de 1984, así como cumplir con los actos cívicos que marca el calendario
oficial de la Secretaría de Educación Pública;
V.- Constituir la Asociación de Padres de Familia, en los términos del Reglamento respectivo vigente;
VI.- Constituir el Comité de Seguridad Escolar, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto
respectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1986;
VII.- Integrar el Consejo Técnico, mismo que se ocupará de auxiliar a la Dirección del plantel en la elaboración de
planes de trabajo, aplicación de métodos de enseñanza, atención a problemas disciplinarios y evaluación de la
actividad educativa;
VIII.- Observar con rigurosidad lo establecido por la Ley para la Prevención de la Violencia en el Entorno Escolar
del Estado de Tamaulipas;
IX.- Observar de manera irrestricta la normatividad establecida en cuanto a la edad y cantidad máxima de
alumnos por aula en cada nivel y modalidad educativa;
X.- En caso de cualquier modificación a la estructura física del plantel educativo, deberá presentar los planos,
haciendo las gestiones y trámites correspondientes;
XI.- Deberá contar con las constancias de Protección Civil y Uso de Suelo así como el Certificado de
Infraestructura Física Educativa permanentemente vigentes;
XII.- Dar aviso a esta Secretaría de Educación e iniciar el trámite correspondiente, en caso de decidir el cambio
de titular, domicilio, denominación, suspensión o baja del plantel educativo, de conformidad con la normatividad
vigente; y
XIII.- En caso de decidir dar de baja a la institución particular CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM
PREESCOLAR, dar aviso a la Secretaría de Educación de Tamaulipas en un plazo mínimo de 90 días anteriores
a la terminación del ciclo escolar y hacer entrega de los archivos correspondientes.
NOVENO.- Que el expediente que se integró, ha sido revisado, observándose que se cumplieron las
disposiciones establecidas en las leyes aplicables; por lo cual la titular de la Subsecretaría de Planeación con
antelación emitió opinión técnica favorable para que el Secretario de Educación del Estado otorgue Acuerdo de
Autorización Oficial de Estudios a la institución educativa particular CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM
PREESCOLAR, para que imparta los estudios de Educación Preescolar, funcionando con alumnado mixto y
turno mixto, en el domicilio ubicado calle Chiapas número 517, entre calle Gaspar de la Garza y calle Lauro
Aguirre, Fraccionamiento Valle de Aguayo en Victoria, Tamaulipas.
En atención a lo expuesto y con fundamento en los artículos , fracción VI de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 1°, 7°, 10, 14 fracción IV, 21 segundo párrafo, 30, 48, 54, 55, 56 segundo párrafo, 57
y 60, de la Ley General de Educación; 140 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, 31 fracciones I,
IV, VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, 1°, 5°, 8°, 9°, 10, 11, 12
fracciones I y XII, 19, 21, 22, 30, 61, 64, 91, 92, 94 y 95, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y
el Acuerdo 357 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio del 2005, he tenido a bien expedir el
siguiente:
ACUERDO SECRETARIAL MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA A LA ESCUELA PARTICULAR CENTRO
EDUCATIVO UNIVERSUM PREESCOLAR, PARA QUE IMPARTA LOS ESTUDIOS DE EDUCACIÓN
PREESCOLAR EN VICTORIA, TAMAULIPAS.
ARTÍCULO PRIMERO: Se autoriza al plantel educativo particular CENTRO EDUCATIVO UNIVERSUM
PREESCOLAR, para que imparta estudios de Educación Preescolar, funcionando con alumnado mixto y turno
mixto, en el domicilio ubicado en calle Chiapas número 517, entre calle Gaspar de la Garza y calle Lauro Aguirre,
Fraccionamiento Valle de Aguayo en Victoria, Tamaulipas, correspondiéndole el Acuerdo de Autorización
Oficial de Estudios Número 15081256.

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