Periódico Oficial Legislativo - Número 008 - Tomo CXL de 2015-01-20

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXL Victoria, Tam., martes 20 de enero de 2015. Número 8
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
DECRETO por el que se reforma el artículo primero transitorio del Decreto por el que se expide la
Ley Federal de Justicia para Adolescentes y se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se
Federal de Defensoría Pública, publicado el 27 de diciembre de 2012………………………… 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
DECRETO No. LXII-546, mediante el cual se elige la Mesa directiva que presidirá los trabajos
legislativos durante los días que restan del mes de enero, dentro del segundo período
ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de ejercicio legal………………………... 3
DECRETO No. LXII-547, mediante el cual el Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas,
abre su segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de ejercicio
legal de la Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado………………………… 3
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
REGLAS de Operación del Programa Jornadas para el Desarrollo Social……………………………. 4
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE
REGLAS de Operación del Programa “Reparto de Agua en Comunidades Rurales”...……………… 7
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
REGLAS de Operación del Programa Dotación para Educación Inicial……………………………… 10
REGLAS de Operación del Programa Dotación para Asociaciones……………………………………. 13
REGLAS de Operación del Programa Tianguis Alimentario Nutriendo Tamaulipas……… ………….. 15
REGLAS de Operación del Programa Nutriendo Tamaulipas. Dotación para Contingencia………… 20
REGLAS de Operación del Programa ¡Primero Desayuno!................................................................ 24
REGLAS de Operación del Programa Nutriendo Tamaulipas. Dotación Básica Familiar……………. 36
REGLAS de Operación del Programa Espacios de Alimentación, Encuentro y Desarrollo………….. 41
REGLAS de Operación del Programa Adultos Plenos…………………………………………………… 51
REGLAS de Operación del Programa Dotación INTEGRA……………………………………………… 56
REGLAS de Operación del Programa Dotación ConSentido……………………………………………. 59
REGLAS de Operación del Programa Villas Vida Plena………………………………………………… 63
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., martes 20 de enero de 2015 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
DECRETO por el que se reforma el artículo primero transitorio del Decreto por el que se expide la
Ley Federal de Justicia para Adolescentes y se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se adiciona la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de la República y se reforma la Ley Federal de Defensoría
Pública, publicado el 27 de diciembre de 2012.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA
LEY FEDERAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES Y SE ADICIONA LA LEY ORGÁNICA DEL
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SE REFORMA LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, SE ADICIONA LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA Y SE REFORMA LA LEY FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA, PUBLICADO EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE DICIEMBRE DE 2012.
Artículo Único. Se reforma el Artículo Primero Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Federal
de Justicia para Adolescentes y se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se reforma
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se adiciona la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República y se reforma la Ley Federal de Defensoría Pública, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 27 de diciembre de 2012, para quedar como sigue:
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor una vez que haya entrado en vigor el Código Nacional de
Procedimientos Penales en la Federación, en todas las Entidades Federativas y del Distrito Federal, en los
términos previstos en la declaratoria a que hace referencia el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por
el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de marzo de 2014, sin que pueda exceder del 18 de junio de 2016.
Segundo a Noveno.- ...
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguient e al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
México, D.F., a 15 de diciembre de 2014.- Dip. Silvano Aureoles Conejo, Presidente.- Sen. Miguel
Barbosa Huerta, Presidente.- Dip. Javier Orozco Gómez, Secretario.- Sen. María Elena Barrera Tapia,
Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintitrés de diciembre de dos mil
catorce.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.-
Rúbrica.
Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 20 de enero de 2015 Página 3
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus
habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES
QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 62, FRACCIÓN XIV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO; 15, 16 Y 18 PÁRRAFO 1 Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXII-546
MEDIANTE EL CUAL SE ELIGE LA MESA DIRECTIVA QUE PRESIDIRÁ LOS TRABAJOS LEGISLATIVOS
DURANTE LOS DÍAS QUE RESTAN DEL MES DE ENERO, DENTRO DEL SEGUNDO PERÍODO
ORDINARIO DE SESIONES, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO LEGAL.
ARTÍCULO PRIMERO. La Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Tamaulipas, en Junta Previa, este día eligió la Mesa Directiva que presidirá los trabajos legislativos durante
los días que restan del mes de enero, dentro del segundo período ordinario de sesiones, correspond iente
al segundo año de ejercicio legal, quedando integrada de la siguiente manera:
PRESIDENTE: DIP. JOSÉ RICARDO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
SECRETARIA: DIP. ERIKA CRESPO CASTILLO
SECRETARIO: DIP. JUAN MARTÍN REYNA GARCÍA
SUPLENTE: DIP. ANA MARÍA HERRERA GUEVARA
ARTÍCULO SEGUNDO. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17, párrafo 2 de la Ley sobre la Organización
y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado de Tamaulipas, los Secretarios fungirán durante todo el
período ordinario de sesiones.
T R A N S I T O R I O
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto inicia su vigencia a partir de su expedición y deberá publicarse en
el Periódico Oficial del Estado.
SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- Cd. Victoria, Tam., a 15 de enero del año 2015.-
DIPUTADO PRESIDENTE.- ERASMO GONZÁLEZ ROBLEDO.- Rúbrica.- DIPUTADO SECRETARIO.-
ROGELIO ORTIZ MAR.- Rúbrica.- DIPUTADO SECRETARIO.- JUAN MARTÍN REYNA GARCÍA.- Rúbrica.”
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los quince días
del mes de enero del año dos mil quince.
ATENTAME NTE.- SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO.- EGIDIO TORRE CANTÚ.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HERMINIO
GARZA PALACIOS.- Rúbrica.
EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus
habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 44
Y 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; 4 PÁRRAFO 1, 13 PÁRRAFO 1, 119 Y 156 DE
LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE
TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

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