Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2022-12-23

Fecha de publicación23 Diciembre 2022
Número de Gaceta102
Precio del Ejemplar: $22.13
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
LEY NÚMERO 287 DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO
DE PILCAYA, GUERRERO, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2023..............................
DECRETO NÚMERO 383 POR EL QUE SE APRUEBAN LAS
TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE USO DE
SUELO Y DE CONSTRUCCIÓN QUE SERVIRÁN DE
BASE AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE PILCAYA, GUERRERO, PARA EL
COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE
PROPIEDAD INMOBILIARIA DURANTE EL
EJERCICIO FISCAL 2023....................
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Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, Viernes 23 de Diciembr e de 2022
Año CIII Edición No. 102 Alcance XXXIV
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2 P ERIÓ DIC O O FIC IAL DE L E STA DO DE G UER RERO Vi erne s 2 3 de Di cie mbre de 202 2
Edición No. 102 Alcance VI
PODER EJECUTIVO
LEY NÚMERO 287 DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO DE PILCAYA,
GUERRERO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
MTRA. EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, Gobernadora Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Guerrero, a sus habitantes, sabed
Que el H. Congreso Local, se ha servido comunicarme que,
LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE
REPRESENTA, Y:
C O N S I D E R A N D O
Que en sesión de fecha 29 de noviembre del 2022, las Diputadas
y los Diputados integrantes de la Comisión de Hacienda,
presentaron a la Plenaria el Dictamen con Proyecto de Ley de
Ingresos para el Municipio de Pilcaya, Guerrero, para el
Ejercicio Fiscal 2023, en los siguientes términos:
“I. ANTECEDENTES GENERALES
Que por oficio número PM/228/2022, de fecha 13 de octubre de
2022, la Ciudadana Mtra. Sandra Velázquez Lara, Presidenta
Constitucional del Honorable Ayuntamiento del Municipio de
Pilcaya, Guerrero, en uso de las facultades que le confieren
los artículos 65 fracción V de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Guerrero y 62 fracción III, de la
Ley Orgánica del Municipio Libre, remitió a este Honorable
Congreso, para su discusión y aprobación, en su caso, Iniciativa
de Ley de Ingresos para el Municipio de Pilcaya, Guerrero para
el Ejercicio Fiscal 2023.
Que el Pleno de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable
Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en sesión de
fecha 18 de octubre del año 2022, tomó conocimiento de la
Iniciativa de Ley de referencia, habiéndose turnado en términos
del artículo242último párrafo, así como en lo dispuesto en los
artículos 174 fracción II, 241 y 244 de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado de Guerrero Número 231, mediante
oficio LXIII/2DO/SSP/DPL/0263-55/2022, de esa misma fecha,
suscrito por la Diputada Yanelly Hernández Martínez, Presidenta
de la Mesa Directiva de este Honorable Congreso a la Comisión
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Ordinaria de Hacienda, para su análisis y emisión del dictamen
con proyecto de ley respectivo.
II. METODOLOGÍA DE TRABAJO
La Comisión realizó el análisis de esta iniciativa con proyecto
de ley conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En al apartado de “Antecedentes generales” se describe el
trámite que inicia el proceso legislativo, a partir de la fecha
en que fue presentada la Iniciativa ante el Pleno de la
Sexagésima Tercera Legislatura al Honorable Congreso del Estado
Libre y Soberano de Guerrero.
En el apartado denominado “Consideraciones” los y las
integrantes de la Comisión Dictaminadora realizan una valoración
de la iniciativa con base al contenido de los diversos
ordenamientos legales aplicables.
En el apartado referido al “Contenido de la iniciativa”, se hace
una descripción de la propuesta sometida al Pleno de la
Sexagésima Tercera Legislatura al Honorable Congreso del Estado
Libre y Soberano de Guerrero, incluyendo la exposición de
motivos.
En el apartado de “Conclusiones”, el trabajo de esta Comisión
Dictaminadora consistió en verificar los aspectos de legalidad,
de homogeneidad en criterios normativos aplicables, en la
confronta de tasas, cuotas y tarifas entre la propuesta para
2023 en relación a las del ejercicio inmediato anterior para
determinar el crecimiento real de los ingresos, y demás
particularidades que derivaron de la revisión de la iniciativa.
III. CONSIDERACIONES
Que en términos de lo dispuesto por los artículos 174 fracción
I, 195 fracción V, 196, 248, 254 y 256 y demás relativos y
de Guerrero Número 231, esta Comisión Ordinaria de Hacienda
tiene plenas facultades para efectuar el estudio de la
Iniciativa de referencia y emitir el dictamen con proyecto de
ley que recaerá a la misma.
Que el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de
Guerrero, conforme a lo establecido por los artículos 115
fracción IV párrafo cuarto de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 61 fracción I y 62 fracción III de la
Constitución Política Local, 116, y 260 de la Ley Orgánica del

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