Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2022-12-23

Fecha de publicación23 Diciembre 2022
Número de Gaceta102
Precio del Ejemplar: $ 22.13
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
LEY NÚMERO 273 DE INGRESOS PARA EL
MUNICIPIO DE COYUCA DE BENÍTEZ,
GUERRERO, PARA EL EJERCICIO FISCAL
2023...............................
DECRETO NÚMERO 329 POR EL QUE SE APRUEBAN
LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE
USO DE SUELO Y DE CONSTRUCCIÓN QUE
SERVIRÁN DE BASE AL HONORABLE
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE COYUCA
DE BENÍTEZ, GUERRERO, PARA EL COBRO
DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE
PROPIEDAD INMOBILIARIA DURANTE EL
EJERCICIO FISCAL 2023..............
2
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Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, Viernes 23 de Diciembre de 2022
Año CIII Edición No. 102 Alcance VIII
2 P ERIÓ DIC O O FICI AL DEL EST ADO DE GUE RRE RO V ier nes 23 de Dici emb re de 2 022
Edición No. 102 Alcance VIII
PODER EJECUTIVO
LEY NÚMERO 273 DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO DE COYUCA DE
BENÍTEZ, GUERRERO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
MTRA. EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, Gobernadora Constitucional
del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a sus habitantes,
sabed,
Que el H. Congreso Local, se ha servido comunicarme que,
LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE
REPRESENTA, Y:
C O N S I D E R A N D O
Que en sesión de fecha 28 de noviembre del 2022, las Diputadas
y los Diputados integrantes de la Comisión de Hacienda,
presentaron a la Plenaria el Dictamen con Proyecto de Ley de
Ingresos para el Municipio de Coyuca de Benítez, Guerrero, para
el Ejercicio Fiscal 2023, en los siguientes términos:
I. “ANTECEDENTES GENERALES
Que por oficio número PM/1656/2022, de fecha 13 de octubre de
2022, el Ciudadano Licenciado Ossiel Pacheco Salas, Presidente
Constitucional del Honorable Ayuntamiento del Municipio de
Coyuca de Benítez, Guerrero, en uso de las facultades que le
confieren los artículos 65 fracción V de la Constitución
III, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, remitió a este
Honorable Congreso, para su discusión y aprobación, en su caso,
Iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Coyuca de
Benítez, Guerrero para el Ejercicio Fiscal 2023.
Que el Pleno de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable
Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en sesión de
fecha 18 de octubre del año dos mil veintidós, tomó conocimiento
de la Iniciativa de Ley de referencia, habiéndose turnado en
términos del artículo 242 último párrafo, así como en lo
dispuesto en los artículos 174 fracción I, 241 y 244 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero número
231, mediante oficio LXIII/2DO/SSP/DPL/0263-23/2022 de esa
misma fecha, suscrito por la Diputada Yanelly Hernández
Martínez, Presidenta de la mesa directiva de este Honorable
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Congreso a la Comisión Ordinaria de Hacienda, para su análisis
y emisión del Dictamen con Proyecto de Ley respectivo.
II. METODOLOGÍA DE TRABAJO
La Comisión realizó el análisis de esta Iniciativa con proyecto
de Ley conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En al apartado de “Antecedentes Generales” se describe el
trámite que inicia el proceso legislativo, a partir de la fecha
en que fue presentada la Iniciativa ante el Pleno de la
Sexagésima Tercera Legislatura al Honorable Congreso del Estado
Libre y Soberano de Guerrero.
En el apartado denominado “Consideraciones” los integrantes de
la Comisión Dictaminadora realizan una valoración de la
iniciativa con base al contenido de los diversos ordenamientos
legales aplicables.
En el apartado referido al “Contenido de la Iniciativa”, se hace
una descripción de la propuesta sometida al Pleno de la
Sexagésima Tercera Legislatura al Honorable Congreso del Estado
Libre y Soberano de Guerrero, incluyendo la Exposición de
Motivos.
En el apartado de “Conclusiones”, el trabajo de esta Comisión
Dictaminadora consistió en verificar los aspectos de legalidad,
de homogeneidad en criterios normativos aplicables, en la
confronta de tasas, cuotas y tarifas entre la propuesta para
2023 en relación a las del ejercicio inmediato anterior para
determinar el crecimiento real de los ingresos, y demás
particularidades que derivaron de la revisión de la iniciativa.
III. CONSIDERACIONES
Que en términos de lo dispuesto por los artículos 174 fracción
I, 195 fracción V, 196, 248, 254 y 256 y demás relativos y
de Guerrero Número 231, esta Comisión Ordinaria de Hacienda
tiene plenas facultades para efectuar el estudio de la
Iniciativa de referencia y emitir el Dictamen con Proyecto de
Ley que recaerá a la misma.
Que el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de
Guerrero, conforme a lo establecido por los artículos 115
fracción IV párrafo cuarto de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 61 fracción I y 62 fracción III de la
Constitución Política Local, 116, y 260 de la Ley Orgánica del

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