Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 038, 12-06-2019 - Sección Segunda

Fecha de publicación12 Junio 2019
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 038, 12-06-2019
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 12 de junio de 2019 038
SEGUNDA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 0315-A-2019 Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno. 1
miércoles 12 de junio de 2019 Periódico Oficial No. 038 2a. Sección
1
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PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 0315-A-2019
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del
Estado de Chiapas.
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador del Estado, en ejercicio de las facultades que me confieren
los artículos 59 y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 6, 7, 10, 15
C O N S I D E R A N D O
Derivado de la publicación de la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Chiapas, mediante el cual realizó una ejemplar reorganización y reingeniería administrativa de las
Secretarías, el número de dependencias se redistribuyeron de 21 a sólo 16, cancelando 5 de ellas y
se distribuyeron las atribuciones de ellas en las dependencias subsistentes o en las que en su caso
fueron adheridas.
Así, esa reorganización impone la reorientación de los recursos con que cuenta el Estado, y en
consecuencia, su utilidad en asuntos prioritarios de bienestar para todos los ciudadanos y de
promoción del desarrollo social integral de la Entidad, principalmente; así como de la institución de
organismos, que basados en las formas de organización administrativa que determina la legislación
estatal, puedan auxiliar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para el mejor desempeño de sus
funciones, tal y como se encuentra establecido en los artículos 2, 3 y 16, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Chiapas.
Cabe precisar que dentro de la conformación de los Organismos Públicos del Poder Ejecutivo del
Estado, se encuentra la Secretaría General de Gobierno, cuyo objetivo principal es apoyar, fortalecer
y conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los Poderes Legislativo y Judicial, con los Poderes
de la Unión, los ayuntamientos y con las administraciones públicas de las demás Entidades
Federativas, así como atender y encargarse de todos los aspectos relativos a la política interior del
Estado, ejecutando acciones que garanticen la gobernabilidad, la paz social y el orden público;
además de normar lo relacionado con la elaboración de los programas de trabajo en interés de la
sociedad, vigilando el orden y la estabilidad pública y el respeto a los derechos humanos, impulsando
los objetivos contenidos en el Plan Estatal de Desarrollo.
En ese sentido y atendiendo a las demandas de la sociedad chiapaneca, se llevó a cabo en la
Secretaría General de Gobierno, una reingeniería administrativa, logrando con ello una asepsia
administrativa al interior de esta Dependencia, eliminando Subsecretarías y altos cargos, ya que los
tramos de mando eran demasiado extensos, reduciendo solo tres Subsecretarías: Subsecretaría de
Gobierno, Subsecretaría de Relaciones Políticas y Organizaciones y Subsecretaría de Servicios y
Gobernanza Política.
Esta iniciativa es tendente a fortalecer a la Secretaría General de Gobierno para hacerla una
dependencia que no sólo se encargue de la política interior, sino que también brinde servicios a la
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ciudadanía chiapaneca, a través de la coordinación y administración del Registro Civil del Estado, el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio, el Archivo General y Notarias del Estado, la
administración del Patrimonio Estatal, el Catastro Estatal, la atención a la población y su desarrollo
sustentable.
Asimismo, con la presente iniciativa, se eliminan las Subsecretarías de Gobierno Regionales, así
como las Coordinaciones Regionales de Delegaciones de Gobierno, estableciendo solamente
Delegaciones de Gobierno, mismas que atenderán en un primer plano los conflictos que se susciten
en su región.
En mérito de lo expuesto, y tomando en consideración la exigencia social que demanda eficiencia y
resultados de las Instituciones y Dependencias de Gobierno; resulta necesario actualizar la
normatividad interna de la Secretaría de General de Gobierno, acorde a su estructura orgánica
vigente, con el propósito de fortalecer sus funciones, y que sus disposiciones señalen con precisión
las atribuciones, organización y funcionamiento de los órganos administrativos que la integran, a
efecto de atender oportunamente las funciones encomendadas y, con ello, reafirmar el compromiso
de la presente administración con la ciudadanía chiapaneca.
Por ello resulta necesario abrogar el Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno,
contenido en la publicación número 3326-A-2018, Periódico Oficial número 413, Cuarta Sección,
Tomo III, de fecha 05 de diciembre de 2018, así como las disposiciones de igual o menor jerarquía
que se opongan a lo dispuesto en el presente instrumento.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien expedir
el siguiente:
Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo Único
Del Ámbito de Competencia
Artículo 1.- Las disposiciones del presente Reglamento Interior son de orden público, de interés
general y de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos a la Secretaría General de
Gobierno, tienen por objeto establecer las bases para regular la organización, funcionamiento y
competencia de los Órganos Administrativos que la integran.
Artículo 2.- La Secretaría General de Gobierno es una Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado,
que tiene a su cargo el despacho de los asuntos que al respecto le confieren la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Chiapas, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Chiapas, el presente Reglamento Interior y demás disposiciones legales aplicables, dentro del ámbito
de su competencia.
Artículo 3.- La Secretaría General de Gobierno, tiene como objeto principal, entre otros, apoyar,
fortalecer y conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los Poderes Legislativo y Judicial, los

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