Periódico Oficial de Campeche No. 2042, Primera sección, 06-11-2023

Fecha de publicación06 Noviembre 2023
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año IX No. 2042
San Francisco de Campeche, Cam.,
Lunes 6 de Noviembre de 2023
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
AV. ROMÁN PIÑA CHAN MANZANA D LOTE
4ª ENTRE AVENIDA ADOLFO RUIZ CORTINEZ
Y AVENIDA MARIA LAVALLE URBINA
ÁREA AH-KIM-PECH
C.P. 24010
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP.
"2023: Año de Francisco Villa, “El Revolucionario del Pueblo"
ACUERDO ADMINISTRATIVO por el que se condonan multas y accesorios por haber realizado una obra
sin contar con licencia de construcción al C. GUADALUPE EUGENIA QUIJANO VILLANUEVA, respecto
al predio con número de cuenta predial: U-3960, que se ubica en dirección: AVENIDA ADOLFO LÓPEZ
MATEOS NÚM. EXT. 191 NÚM. INT. ENTRE CALLE VICTORIA, BARRIO DE SAN JOS É C.P. 24040 de esta
ciudad Capital.
BIBY KAREN RABELO DE LA TORRE, Presidente Municipal de Campeche, en ejercicio de la facultad que
me confiere el artículo 115 fracciones I, II, III inciso a), IV inciso c) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 102 y 105 de la Constitución Política del Estado de Campeche; 58 fracciones I, II y III del
CONSIDERANDO
Que en términos del artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito
Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las
leyes.
Que el artículo 115 fracción IV inciso a) y fracción V inciso d) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, establece que a los Municipios les corresponde la libre administración de su hacienda, la
cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros
ingresos que las legislaturas establezcan a su favor.
Que en el artículo 58 fracción I del Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche, se establece la
facultad y atribución del Presidente Municipal, para eximir y condonar total o parcialmente, el pago de
contribuciones y sus accesorios, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de
algún lugar, región del Municipio o grupos en situación de vulnerabilidad, una rama de actividad, la
producción de venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofe sufridas
por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.
Que, ante la moderada economía del país, consecuencia de la inestable economía internacion al que
impacta en el desarrollo interno, el Gobierno Federal, ha realizado constantes recortes al presupuesto de los
Gobiernos de los Estados y de los Municipios, para apoyar la implementación de nuevos programas y a los
sectores vulnerables.
Que conforme a lo estipulado en los artículos 26 y 532 del Reglamento de Construcciones para el
Municipio de Campeche, toda obra o instalación pública o privada que pretenda ejecutarse en la vía pública
o en predios de propiedad pública o privada, requerirá licencia o permiso de construcción otorgado por la
Dirección y se sancionará a los propietarios de inmuebles y a los Directores Responsables de Obra, cuando se
realicen obras o instalaciones sin haber obtenido previamente la licencia de construcción respectiva y , es
competencia del H. Ayuntamiento del Municipio de Campeche, a través de la Tesorería Municipal, la
recaudación de los derechos, impuestos y contribuciones relacionadas con la expedición de la licencia de
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San Francisco de Campeche,
Cam., Noviembre 6 de 2023
AV. ROMÁN PIÑA CHAN MANZANA D LOTE
4ª ENTRE AVENIDA ADOLFO RUIZ CORTINEZ
Y AVENIDA MARIA LAVALLE URBINA
ÁREA AH-KIM-PECH
C.P. 24010
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP.
"2023: Año de Francisco Villa, “El Revolucionario del Pueblo"
construcción, previsto en los artículos 75, 76 de la Ley de Ingresos del Municipio de Campeche para el ejercicio
En ese sentido, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO ADMINISTRATIVO
PRIMERA. Se otorga la siguiente condonación al C. GUADALUPE EUGENIA QUIJANO VILLANUEVA, por
haber realizado una obra sin contar con licencia de construcción respecto al predio con n úmero de cuenta
predial: U-3960, que se ubica en dirección: A VENIDA ADOLFO LÓPEZ MATEOS NÚM. EXT. 191 NÚM.
INT. ENTRE CALLE VICTORIA, BARRIO DE SAN JOSÉ C.P. 24040 de esta ciudad Capital, por los
conceptos, porcentajes y plazos siguientes.
Se otorga un 100% de descuento en el pago de las multas y accesorios, que se hayan generado por
haber realizado construcción en el predio marcado como numero treinta y cinco, de la calle
cincuenta y cinco de la colonia Centro, sin haber obtenido previamente la licencia de construcción
respectiva, prevista en el artículo 75, de la Ley de Ingresos del Municipio de Campeche para el
ejercicio fiscal 2023.
//͘ El contribuyente adherido a la presente resolución, pagará únicamente la obligación principal,
correspondiente al monto de la Licencia de construcción, que será por la cantidad total de
$19,765.68 (Son diecinueve mil, setecientos sesenta y cinco pesos 68/100 M.N.).
SEGUNDA.- Los beneficios fiscales que se otorgan en este Acuerdo Administrativo, no confieren al
contribuyente el derecho a devolución o compensación alguna por aquellas contribuciones que ya hubieren
sido enteradas al fisco municipal por parte de los mismos, a la entrada en vigor del presente acuerdo.
TERCERA.- En el caso del contribuyente que hubiere controvertido por algún medio de defensa la
determinación y/o cobro de las contribuciones a que se refiere el presente acuerdo, para la aplicación de los
beneficios previstos en el mismo, deberán presentar ante la Tesorería Municipal el escrito de desistimiento
con acuse de recibo de la autoridad que conozca del medio de defensa.
CUARTA.- El contribuyente que se acoja a los beneficios previstos en el presente acuerdo administrativo y
que, para ello, proporcione documentación o información falsa, una vez comprobada la falsedad, se
cancelarán los beneficios, sin perjuicio de las responsabilidades penales a que haya lugar.
QUINTA.- La inter pretación de este acuerdo para efectos administrativos y fiscales, corresponderá a la
Tesorería Municipal.
TRANSITORIOS
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Cam., Noviembre 6 de 2023
AV. ROMÁN PIÑA CHAN MANZANA D LOTE
4ª ENTRE AVENIDA ADOLFO RUIZ CORTINEZ
Y AVENIDA MARIA LAVALLE URBINA
ÁREA AH-KIM-PECH
C.P. 24010
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP.
"2023: Año de Francisco Villa, “El Revolucionario del Pueblo"
ÚNICO.- La presente resolución, considera la condonación de las multas y accesorios, que se hayan generado
por haber omitido obtener previamente la licencia de construcción respectiva, prevista en el artículo 75, de la
Ley de Ingresos del Municipio de Campeche para el ejercicio fiscal 2023 .
Se emite la presente resolución en la Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, a 20 de
septiembre de 2023.- Presidente Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Campeche.
_____________________________________
LIC. BIBY KAREN RABELO DE LA TORRE
PRESIDENTE MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CAMPECHE

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