Periódico Oficial de Campeche No. 1693, Primera sección, 02-06-2022

Fecha de publicación02 Junio 2022
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1693
San Francisco de Campeche, Cam.,
Jueves 2 de Junio de 2022
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
CONVOCATORIA Nº UTCAM-DAF-001-22
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con el
del Estado de Campeche, y demás ordenamientos vigentes y aplicables, la Dirección de Administración y Finanzas
de la Universidad Tecnológica de Campeche emite la presente Convocatoria para la celebración de la Licitación
Pública de Carácter Nacional identicada con el número LPN-001-UTCAM-2022 con motivo del: SERVICIO DE
TRANSPORTE ESCOLAR DE AUTOBUSES (SIN ESCALAS) PARA LOS ALUMNOS DEL PROGRAMA DE BECAS
DE TRANSPORTE, DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE, MEDIANTE CONTRATO ABIERTO, a
realizarse en Cd. del Carmen, Campeche.
Derivado de lo anterior, se convoca a los interesados a participar en la licitación de referencia para lo cual las bases
estarán a su disposición en el Centro de Investigación Aplicada, Capacitación e Innovación Peninsular de la Universidad
Tecnológica de Campeche, ubicado en calle Alvaro Artiñano No. 1a, Fraccionamiento Residencial del Lago, C.P. 24158,
Ciudad del Carmen, Campeche, teléfono 01 938 1188850, en horario de 9 a 15 horas de Lunes a Viernes, previa
exhibición del recibo correspondiente que acredite el pago de dichas bases. Derivado de lo anterior, en cumplimiento
al artículo 24 de la Ley de Adquisiciones invocada, se tiene la información siguiente:
* La modalidad de contrato abierto se reere a que el licitante que resulte adjudicado suministrara los servicios
solicitados a través de órdenes de surtimiento, en las cantidades y modalidades que la Convocante informe en su
oportunidad.
* El plazo para suministrar los servicios será de cuando menos 1 día natural, contado a partir de la entrega al
proveedor adjudicado de la orden de servicio.
* La adjudicación se realizará por la totalidad de las partidas solicitadas.
* El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.
* La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: Peso mexicano.
* No se otorgarán anticipos en la presente licitación.
* No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones,
ING. JOSE DEL CARMEN DIAZ MARTINEZ, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE.-
Rúbrica.
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 2
San Francisco de Campeche,
Cam., Junio 2 de 2022
“…JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
RAMO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL
ESTADO. CASA DE JUSTICIA. SAN FRANCISCO DE
CAMPECHE, CAMPECHE; A CUATRO DE AGOSTO DE
DOS MIL VEINTIUNO.
ASUNTO: Con el estado que guardan los presentes
autos, el ocio número 049001/410100/1389_OJCP/2021,
remitido por la Licenciada CECILIA MARLENNE ROMERO
TRISTE, TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS
JURÍDICOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL, por medio del cual informa que su sistema de
registro de asegurados se basa en un sistema numérico y
para poder ofrecer una respuesta, resulta necesario le sea
proporcionado, NSS, CURP y/o R.F.C. del demandado,
con el escrito de la Licenciada MAYRA YOSELIN PEREZ
ESTRELLA, asesora técnica de CEYDI DEL CARMEN
RAMIREZ GABRIEL, por medio del cual en virtud de
lo informado en el ocio número INE/JL/CAMP/VRFE/
DEP/1603/24-03-2021 por la vocalía federal de electores
solicita, se turnen los autos para que se proceda noticar
al demandado en el domicilio señalado en calle San
Nicolás, manzana 7, lote 2, Quetzal, Edzná, Campeche, en
consecuencia; SE PROVEE:
1).- Acumúlense a los presentes autos el ocio y escrito
de cuenta para que consten conforme a derecho
correspondan, de conformidad con el artículo 72 de la Ley
2).- Como lo solicita la ocursante y toda vez que mediante
ocio número INE/JL/CAMP/VRFE/DEP/1603/24-03-2021,
la vocalía del registro federal, proporcionara domicilio
donde puede ser emplazado a juicio la parte demandada;
en respeto al derecho humano a la dignidad y libertad
del ocursante, se admite la petición de divorcio SIN
EXPRESIÓN DE CAUSA.- -
3).- En cumplimiento a lo ordenado en la circular número
Circular No. 33/SGA/14-2015, de fecha 17 de diciembre
del 2014, del Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia
del Estado, en el que instruye a las autoridades apliquen,
en lo conducente el Protocolo de Actuación para quienes
imparten justicia en estos casos, emitido por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, publicado en el mes de
marzo de 2014, y de igual forma, cuando proceda se
evite señalar nombre y apellidos de los niños, niñas y
adolescentes para proteger el interés superior del menor;
Por tanto la nalidad de proteger la privacidad de los
menores, atendiendo también al interés superior de la
infancia señalados en los incisos A y E del artículo 3 de
la Ley de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del
Estado de Campeche, así como lo establecido en el artículo
11 de la citada Ley, y 21 de la Ley para la Protección de
en este asunto se encuentran involucrados los derechos
PODER JUDICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE CAMPECHE. SAN FRANCISCO DE CAMPECHE.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
RAMO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN
EL ESTADO.
CEDULA DE NOTIFICACIÓN POR PERIÓDICO OFICIAL
C. ROGER BAUTISTA DEL CID
EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 827/20-2021/1F-I
RELATIVO A JUICIO ORDINARIO CIVIL DE DIVORCIO SIN
EXPRESION DE CAUSA PROMOVIDO POR CEYDI DEL
CARMEN RAMIREZ GABRIEL EN CONTRA DE ROGER
BAUTISTA CID LA JUEZ DE ESTE CONOCIMIENTO
DICTO UN PROVEÍDO QUE A LA LETRA DICE: - -
JUZGADO SEGUNDO MIXTO EN MATERIA
TRADICIONAL FAMILIAR Y DE ORALIDAD FAMILIAR DE
PRIMERA INSTANCIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL
DEL ESTADO. CASA DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP, DIECISIETE
DE MAYO DOS MIL VEINTIDOS.
ACUERDO: Con el estado que guardan los presentes
autos; con el escrito de la ciudadana CEYDI DEL CARMEN
RAMIREZ GABRIEL, mediante el cual solicita se siga el
presente procedimiento por domicilio ignorado toda vez
que hasta la presente fecha se desconoce el domicilio del
ciudadano ROGER BAUTISTA DEL CID, en consecuencia,
SE ACUERDA: - -
1).- Acumúlese a estos autos el escrito con documentación
adjunta, para que consten como correspondan, de
conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial del Estado.
2).- En atención a lo manifestado y solicitado y toda vez
que haciendo una revisión de los autos que integran
el presente expediente, se tiene que hasta la presente
fecha se desconoce el domicilio del ciudadano ROGER
BAUTISTA DEL CID, y siendo que ha quedado acreditada la
ignorancia del domicilio del ciudadano ROGER BAUTISTA
DEL CID, y en las documentales que obran en autos se
justica que se desconoce el domicilio actual de ciudadano
ROGER BAUTISTA DEL CID, por tal motivo emplácese
a este, de conformidad con el artículo 106 del Código
de Procedimientos Civiles del Estado, publicándose esta
determinación por TRES VECES en el lapso de quince días
en el periódico ocial del Estado para que el demandado
ROGER BAUTISTA DEL CID, comparezca a manifestar a
lo que a su derecho corresponda, por lo que, gírese atento
ocio al Director del Periódico Ocial del Estado para que
realice las publicaciones ordenadas, en sus términos,
remitiéndole el disco compacto que contiene el archivo
electrónico del auto de fecha cuatro de agosto de dos mil
veintiuno, que a la letra dice:- -
SECCIÓN JUDICIAL

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