Periódico Oficial de Campeche No. 0984, Segunda sección, 29-07-2019

Fecha de publicación29 Julio 2019
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
San Francisco de Campeche, Cam.
Lunes 29 de Julio de 2019
SEGUNDA SECCIÓN
CUARTA ÉPOCA
Año IV No. 0984
Directora
C.P.F. Iris Janell May García
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE CAMPECHE. - SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE,
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A 16 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINU EVE.
DULA DE NOTIFICACIÓN POR PERIÓDICO OFIC IAL
C. JORGE REFUGIO TORRES PONCE y/o JORGE R. TORRES PONCE
DOMICILIO: Ignorado.
VISTOS: El estado que guarda el expediente del procedimiento adm inistrativo disciplinario marcado con el número
05/CARM-AYTO/CP-13/16/PAD, instruido en contra de los CC. JOSE LUIS HERNANDEZ CARRILLO, ANA ISABEL
MEZA CALDERON, MANUEL ANTONIO RICHAUD LARA, DANILO CONTRERAS CASTILLO, MIGUEL JESÚS
MORALES JIMÉNEZ, JORGE REFUGIO TORRES PONCE y/o JORGE R. TORRES PONCE, RENE GARCIA
CARMONA, JULIO CESAR LUNA CARBALLO y JOSE ANTONIO LOPEZ REVUELTA, y toda vez que en la
presente causa ha quedado acreditado en autos la ignorancia del domicilio del C. JORGE REFUGIO TORRES
PONCE Y/O JORGE R. TORRES PONCE, es que; SE PROVEE… es procedent e actuar respecto de dicho indiciado,
de conformidad con los artículos 95, fracción III y 106 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de C uentas del
Estado de Campeche. Se notifica por este medio el RESOLUTIVO de fecha 16 de julio de 2019, que recae en el
expediente 05/C ARM-AYTO/CP-13/16/PAD, al C. J ORGE REFUGIO TORRES PONCE y/o JORGE R. TORRES
PONCE. Se transcribe en su parte conducente dicho resolutivo:
[…]
EXPEDIENTE: 05/CARM-AYTO/CP-13/16/PAD
AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE CAMPECHE, SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A
DIECISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-------------------------------------------------------------------------------
VISTAS: Las constancias que integran e l expediente 05/CARM/CP-13/16/PAD, instruido en contra del CC. JOSE
LUIS HERNANDEZ CARRILLO, Director de Unidad Administrativa y/o Director de U. Administrativa; ANA ISABEL
MEZA CALDERON, Jefe de Recursos Materiales de la Dirección de Unidad Administrativa; C. M ANUEL ANTONIO
RICHAUD LARA, Director de Servicios Públicos del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Carmen y/o
Director de Servicios Públicos; DANILO CONTRERAS CASTILLO, Director de Obras Públicas y/o Director de Obras
Públicas del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Carmen; RENE GARC IA CARMONA, Subdirector de
Obras Públicas; MIGUEL JESÚS MORALES JIMÉNEZ, Subdirector Administrativo y/o Subdirector Administrativo de
Obras Públicas, del H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen; JORGE REFUGIO TORRES PONCE y/o JORGE R.
TORRES PONCE, Coordinador de Licitaciones y Contratos y/o Coordinador de Licitaciones y Contratos de Obras
Públicas; JULIO CESAR LUNA CARB ALLO, Director de Desarrollo Social y Económico y/o PRIMER SINDICO y/o
Coordinador del COPLADEMUN; y el C. JOSE ANTONIO LOPEZ REVUELTA, Área de Licitaciones y Contratos y/o
Depto. de Licitaciones y Contratos, todos ellos, del H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen, en funciones durante
el ejercicio fiscal 2013; procedimiento que se desprendió de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública
correspondiente al ejercicio fiscal 2013 del Municipio de Carmen, en lo que respecta al H. A yuntamiento, y teniendo
como:
R E S U L T A N D O S
PRIMERO. - Que de conformidad con lo establecido por los artículos 20 primer párrafo fracción XVII, 56 primer
párrafo fracción II, 64 y 65 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Cam peche, este
ente de fiscalización con fecha 13 de julio de 2016, emitió un proveído por medio del cual declaró iniciado el
procedimiento administrativo disciplinario establecido en el artículo 69 de la Ley Reglamentaria del Capítulo XVII de la
Constitución Política del Estado de Campeche. Proveído en el cual se fijó el día 17 de agosto de 2016 para la
celebración de la audiencia prevista en el artículo 69 fracción I de la Ley Reglamentaria del Capítulo XVII de la
Constitución Política del Estado de Campeche; y que fuera notificado con fecha 19 de julio de 2016 a los CC. JOSE
ANTONIO LOPEZ REVUELTA, JOSE LUIS HERNANDEZ CARRILLO, RENE GARCIA CARMONA, MIGUEL
JESÚS MORALES JIMÉNEZ, al C. JULIO CESAR LUNA CARBALLO, con fecha 20 de julio de 2016 a la C. AN A
ISABEL MEZA CALDERON y con fecha 21 de julio de 2016 al C. DANILO CONTRER AS CASTILLO. La audiencia
se llevó a cabo en la fecha fijada para tales efectos.
SEGUNDO. -Con fecha 21 de agosto de 2017, este ente de fiscalización emitió un proveído por m edio del cual citó a
los CC. ANA ISABEL MEZA CALDERON y JOSE LUIS HERNANDEZ C ARRILLO, a una audiencia a celebrarse el
día 8 de septiembre de 2017. El proveído fue notificado a los indiciados con fecha 22 de agosto de 2017 a la C. ANA
ISABEL MEZ A CALDERON, y con fecha 25 de agosto de 2017 al C. JOSE LUIS HERNANDEZ CARRILLO. La
audiencia se llevó a cabo en la fecha fijada para tales efectos.
TERCERO. -Con fecha 24 de abril de 2019, este ente de fiscalización superior, emitió un proveído por medio del citó
al C. JORGE REFUGIO TORRES PONCE y/o JORGE R. TORRES PONCE a comparecer a una audiencia a
SEGUNDA SECCIÓN
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 2
San Francisco de Campeche,
Cam., Julio 29 de 2019
celebrarse el día 22 de mayo de 2019. El proveído fue notificad o mediante edictos publicado en el Periódico Oficial
del Estado, con fecha 6, 7, 8, 9 y 10 todas del mes de mayo del 2019. El indiciado no compareció a la audiencia
prevista en el proveído referido con anterioridad
CUARTO.- Con fecha 27 de mayo de 2019 esta entidad de fiscalización s uperior emitió un proveído mediante el cual
se determinó conceder a los indiciados en el presente proce dimiento el plazo de 5 días hábiles para que ofrecieran
los elementos de prueba que estimase/en pertinentes y que tengan relación con la presente ca usa, en términos de lo
de Campeche. El citado proveído fue notificado con fecha 29 de mayo de 2019 C. MIGUEL JESÚS MORALES
JIMÉNEZ; con fecha 30 de mayo del 2019 a los CC. JOSE LUIS HERNANDEZ CARRILLO, RENE GARCIA
CARMON A; con fecha 31 de mayo de 2019 a la C. ANA I SABEL MEZA CALD ERON; con fecha 4 de junio de 2019
al C. JOSE ANTONIO LOPEZ REVUELTA; con fecha 6 de junio de 2019 al C. DANILO CONTRERAS CASTILLO;
con fecha 7 de junio de 2019 al C. JULIO CESAR LUN A CARBALLO; y por edictos mediante publicación en el
Periódico Oficial del Estado, de Campeche, con fechas 4, 5, 6, 7, y 10 de junio de 2019 al C. JORGE REFUGIO
TORRES PONCE y/o JORGE R. TORRES PONCE. Asimism o, dicho proveído fue notificado mediante cedula de
notificación fijada en estrados de esta Auditoria Superior del Estado, de Campeche con fecha 28 d e mayo de 2019.
QUINTO.- En razón de lo señalado en el artículo 69 fracción III de la Ley Reglam entaria del Capítulo XVII de la
Constitución Política del Estado de Campeche, este órgano de fiscalización superior emitió un proveído con fecha 24
de junio de 2019 en el cual determinó admitir los medios de prueba ofrecidos y presentados por los indiciados en el
presente procedimiento. El proveído de referencia fue notificado con fecha 25 d e junio de 2019 a los CC. RENE
GARCIA C ARMONA, MIGUEL JESÚS MORALES JIM ÉNEZ; con fecha 26 de junio de 2019 a los CC. ANA IS ABEL
MEZ CALDERON, JOSE ANTONIO LOPEZ REVUELTA, JOSE LUIS HERNANDEZ CARRILLO; con fecha 28 de
junio de 2019 al C. DANILO CONTRERAS CASTILLO; con fecha 3 de julio de 2019 al C. JULIO CESAR LUNA
CARBALL O; y por edictos mediante publicación en el Periódico Oficial del Estado, de Campeche, con fechas 1, 2, 3,
4 y 5 del mes de junio de 2019 al C. JORGE REFUGIO T ORRES PONCE y/o JORGE R. TORRES PONCE.
Asimismo, dicho proveído fue notificado mediante cedula de notificación fijada en estrados de esta Auditoria Superior
del Estado, de Campeche con fecha 25 de junio de 2019.
En el citado proveído de fecha 24 de junio de 2019 esta autoridad determ inó de igual manera, que de la vista a los
autos que conforman el presente expediente se advierte que obran en el mismo e lementos para resolver sobre la
existencia o inexistencia de responsabilidades, con lo cual se concluyó la etapa de instrucción del mis mo.
C O N S I D E R A N D O
I.- Que en términos de las disposiciones citadas con antelación y conforme lo establecen las disposiciones lega les de
carácter procesal invocadas en el proveído por medio del cual se declaró iniciado el Procedimiento Adm inistrativo
Disciplinario marcado con el número de expediente citado al rubro, de conformidad con lo previst o en el artículo 69 de
procesal se tienen por reproducidas para todos los efectos legales conducentes, todas estas disposiciones legales
vigentes para efectos de la tramitación del presente procedimiento; se declara que la Auditoría Superior del Estado
de Campeche es el órgano técnico de fiscalización, control y evaluación gubernam ental del Congreso del Estado,
competente para llevar a cabo la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública del Municipio de C armen, que se
encuentra considerado dentro de la circunscripción territorial que comprenden los municipios que conf orman la base
de la división territorial del Estado de Campeche, como parte integrante de la federación, en lo que respecta al
ejercicio fiscal 2013, al cual corresponde el presente procedimiento. Asimismo, de conformidad con las disposiciones
citadas y los artículos 17 fracción IV, 20 fracciones XVII y XXX, 56 fracción II y 57 de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas del Estado de Campeche, 69 y 84 de la invocada Ley Reglamentaria del Capítulo XVII de la
Constitución Política del Estado de Campeche, la Auditoría Superior del Estado de Campeche declara su facultad
para instruir y resolver el procedimiento que nos ocupa, ante la presunción de que fueron cometidas faltas
administrativas, y determinar la inexistencia o existencia de las responsabilidades administrativas a que haya lugar e
imponer las sanciones que correspondan por la comisión de faltas administrativas, para determinar el cumplimiento
de las obligaciones establecidas en el catálogo de obligaciones contenido en el artículo 53 específicamente en sus
fracciones I, II, XXII, XXIII y XXIX de la Le y Reglamentaria del Capítulo XVII de la Constitució n Política del Estado de
Campeche, siendo ejercida tales atribuciones por el Auditor Superior del Estado de Campeche, lo a nterior de
conformidad con los numerales 170, 176 fracciones I, XII y XXII de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas del Estado de Campeche, así como con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 2 primer párrafo que
en su parte conducente dice: “Para el ejercicio de sus atribuciones y el despacho de los asuntos que le
competen, la Auditoría Superior del Estado de Campeche tendrá como titular al Auditor Superior del Estado y
su estructura orgánica contará con las siguientes unidades administrativas:… Dirección de Asuntos
Jurídicos…”, 3 que en su parte conducente dice: “Para el desempeño de sus atribuciones, el personal de las
unidades administrativas, se organizará conforme a las siguientes funciones, con base en l as necesidades de
cada unidad y en el presupuesto autorizado de la Entidad de Fiscalización:… Dirección de Asuntos
Jurídicos... Instrucción de Procedimientos de Determinación de Responsabilidades Not ificaciones…”, 8
primer párrafo fracciones I, VI, XXXV que en su parte conducente d ice: “Fincar las responsabilidades que
PÁG. 3
San Francisco de Campeche,
Cam., Julio 29 de 2019
SEGUNDA SECCIÓN
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
procedan…” y XLIII, 29 fracciones V, XLV, XLIX, L, LI, LII, LIII, LIV, LV, LVI y LVIII, 32 fracciones I, II, X, XIII y XVI,
33 fracciones I, II, III, IV, V, VIII, IX y XIII, 36 fracciones I, II, V, VI, VIII, X, XII, XIII, XVI, XVII y XVIII, 37 fracciones I, II,
VI, X, XII, XIII, XIV y XV, 39 fracciones II, V, VIII y IX, 71 primer párrafo fracciones I, II y III y último párrafo del
Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Campeche.
II.- Para concluir sobre la existencia de responsabilidad en e l caso que nos ocupa, es pertinente tomar en cuenta las
constancias que obran en autos del presente expediente, a efecto de que la determinación que se tom e se efectúe
con apoyo en tales elementos, en ese estado, se procede al análisis de las constancias y manifestaciones que obran
en autos, para determinar lo conducente.
1) Respecto de la observación 30 del pliego de observaciones que se emite como resultado de la revisión y
fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2013 del Municipio de Carmen, en lo que
respecta al H. Ayuntamiento, consistente en:
“…
Pliego de Observaciones que se emite como resultado de la revisión y fiscalización sup erior de la Cuenta
Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2013 del municipio de C armen, en lo que respecta al H.
Ayuntamiento del municipio de Carmen.
Observación 30
Condición:
Se efectuaron adquisiciones de bienes y servicios en la modalidad de adjudicación directa, en tanto que debieron ser
adjudicados en la modalidad de “invitación a cuando menos tres proveedores”, por un total de $ 12,339,804.22
(son: doce millones trescientos treinta y nueve mil ochocientos cuatro pesos 22/100 M.N.), debido a que el importe
de cada operación se sitúa en el rango establecido para dicho procedimiento en el artículo 22 inciso B) del
Presupuesto de Egresos del municipio libre de Carmen para el ejercicio fiscal 2013, que fuera aprobado en el Acta de
la Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 22 de diciem bre del año 2012 y publicado en el Periódico Oficial del
Estado de Campeche el 31 de diciembre de 2012.
B)ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
(Pesos)
MAYOR DE
HASTA
Monto Máximo total de cada obra que podrá
adjudicarse directamente
1.00 500,000.00
Monto Máximo Total de cada obra que
podrá adjudicarse mediante invitación a
cuando menos tres proveedores
500,001.00 1,500,000.00
Licitación Pública
1,500,001.00
En adelante
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del impuesto al va lor agregado
2471-1 Artículos metálicos para la construcción
Fecha Póliza
Cheque /
Transferencia
Comprobante
Fecha del
comprobante
Beneficiario Importe
27/03/2013
E02163
11993
851
25/03/2013
Erick Enrique Benítez García
$742,167.19
TOTAL
$742,167.19
2411-2 Productos minerales no metálicos
Fecha Póliza
Cheque /
Transferencia
Comprobante
Fecha del
comprobante
Beneficiario Importe
02/11/2013
P10764
298
01/08/2013
MARLEY'IS, S.P.R. de R.L.
$776,388.00
02/11/2013
P10732 538 12/07/2013
Constructora Escalante, S.A. de
C.V.
1,544,655.21
02/11/2013
P10753 566 17/08/2013
Constructora Escalante, S.A. de
C.V.
819,464.97
02/11/2013
P10768 593 12/09/2013
Constructora Escalante, S.A. de
C.V.
825,508.22
02/12/2013
P12348 669 21/11/2013
Constructora Escalante, S.A. de
C.V.
665,966.37
02/12/2013
P12346 668 21/11/2013
Constructora Escalante, S.A. de
C.V.
778,370.86
TOTAL
$5,410,353.63
2491-1 Otros materiales y artículos de construcción y reparación

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR