Periódico Oficial de Campeche No. 0399, Primera sección, 15-03-2017

Fecha de publicación15 Marzo 2017
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año II No. 0399
DIRECTOR
Manuel Cruz Bernés
San Francisco de Campeche, Cam.,
Miércoles 15 de Marzo de 2017
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
H. AYUNTAMIENTO DE CAMPECHE
INGENIERO EDGAR ROMÁN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, Presidente Municipal de Campeche, Estado del mismo
nombre, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 1º, 115 fracciones I, párrafo primero, I I, párrafo prim ero y III
Estado de Campeche; 2º, 20, 21, 27, 31, 58 fracción III, 59, 60, 69 fracciones I, III, XII y XXII, 71, 73 fracciones III, IV
y XI, 103 fracciones I y XVII, 106 fracción VIII y 186 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche;
2º, 3º, 6º, 8º, 35 fracción III, 36, 37, 39, 41, 49 fracción III, 51, 52, 54, 56, 57, 58, 61 del Bando Municipal de
Campeche; 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 13 fracciones IV, VIII, IX y X, 14, 15 fracciones I, II y III, 16 apartado A, fracciones I, II y
III y 17, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Campeche; 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 15, 16, 17, 20
fracción IX y XIII, 26, 27, 28, 31, 47, 73 y 74 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento para el Municipio de
Campeche y demás normatividad aplicable a los ciudadanos y autoridades del Municipio de Campeche para su
publicación y debida observancia; hago saber:
Que el H. Ayuntamiento del Municipio de Campeche, en su Décimo Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el
día 31 de enero del año 2017, ha tenido a bien aprobar y expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 149
DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CAMPECHE RELATIVO A LA APROBACIÓ N DE LOS
DICTÁMENES CORRESPONDIENTES A SOLICITUDES DE PENSIONES EMITIDOS POR LA UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN Y CALIDAD.
ANTECEDENTES
A).- Que mediante oficio número UAAYSRHC/DIMSS/2644/2016, de fecha 4 de noviembre del año 2016, la Unidad
de Administración y Calidad del Municipio de Campeche, remitió a la Secretaría del H. Ayuntamiento tres proyectos
de dictámenes de pensiones a favor de los beneficiarios para su est udio y votación en Sesión de Cabil do.
B).- Que en dicha promoción la Titular de la Unidad de Administración y Calidad del Municipio de Campeche; en lo
conducente refiere que se solicita se incluya en el orden del día de la próxima Sesión de Cabildo a realizarse los
dictámenes que corresponden a igual número de solicitudes de pensiones promovidas por los beneficiarios de
servidores públicos municipales para su resolución por parte del H. Cabildo.
C).- Que en este sentido se propone a los integrantes del H. Ayuntamiento del Municipio de Campeche, emitir el
presente acuerdo conforme a los siguientes:
CONSIDERANDOS
I.- Que este H. Ay untamiento es l egalmente compet ente para cono cer y dictaminar en el presente as unto, conform e a
Trabajadores del Estado de Campeche.
II.- La Unidad de Administración y Calidad del Municipio de Campeche, dependencia legalmente competente de
conformidad con lo establecido por el artículo 57, 58 aparatado A, fracción VI del Bando Municipal de Campeche; 16
apartado A, fracción VI, 30, fracciones VIII, XIII, y XXXIV del Reglamento de la Administración Pública Municipal de
Campeche.
III.- Que derivado de los expedientes que se integraron atendiendo a diversas solicitudes de pensiones, se integraron
los presentes dictámenes dirigidos a los CC. Regidores y Síndicos del H. Cabildo del Municipio de Campeche, en los
términos precisados en los resultandos, considerandos y puntos resolutivos siguientes:
Asunto: Proyecto de Dictamen
No. de Oficio: UAAYC/SRH/2645/2016.
San Francisco de Campeche, Campeche; a 04 de nov iembre de 2016.
CC. REGIDORES Y SÍNDICOS DEL H. CABILDO
DEL MUNICIPIO DE CAMPECHE
P r e s e n t e s
Que de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos Administrativos para el Otorgamiento de Pensiones y
Jubilaciones del Munici pio de Campeche, publicados en el Periódico Oficial del Estado, mediante acuerdo número
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 2
San Francisco de Campeche,
Cam., Marzo 15 de 2017
176, de fecha 1º de julio de 2016; en dicha reglamentación se encomienda a la Unidad de Administración y Calidad la
realización del trámite de las pensiones solicitadas por los trabaj adores munici pales y/o benefi ciarios.
A fin de dar cumplimiento al mandato antes referido, se somete a su consideración el presente proyecto de dictamen
relativo a la solicitud de pensión por viudez, formulada por la C. María Aurora Ruiz Guzmán en su caráct er de
beneficiaria del C. Francisco Canul Cab, de acuerdo a los siguientes:
ANTECEDENTES
1.- Con fecha 21 de septiembre de 2016, la C. María Aurora Ru iz Guzmán solicitó ante la Subdirección de Recursos
Humanos el trámite de una pensión por viudez, en virtud a ostentarse como legítima beneficiaria del trabajador que
en vida respondiera al nombre de Francisco Canul Cab.
2.- A efectos de a creditar la pr ocedencia de tal pensión, la C. María Auror a Ruiz Guzmán adjuntó a su solicitud:
A) Acta de defunción del C. Francisco Canul Cab, expedida con fecha 1º de abril de 2016, por el Director del
Registro Civil del Estado de Yucatán.
B) Constancia de antigüedad del C. Francisco Canul Cab, de fecha 7 de abril de 2016, con número de oficio:
UAAyC/SRH/CP/219/16, expedida por la C.P. Oliva de los Ángeles Sánchez Sánchez en su carácter de Subdirectora
de Recursos Humanos.
C) Resolución interlocutoria de fecha 11 de abril de 2016, emitida por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del
Estado de Campeche en el expediente número 084/2016, formado con motivo de la denuncia de muerte del C.
Francisco Canul Cab, y en la que se determ ina como legítim a beneficiari a a la C. María Aur ora Ruiz Guzmán.
D) Copia certificada del acta de matrimonio, expedida con fecha 17 de marzo de 2016, por el Director del
Registro Civil del Estado.
E) Copia simple de los dos últimos comprobantes de pago de salario del C. Francisco Canul Cab.
CONSIDERANDOS
I.- En primer término, es menester precisar que la Unidad de Administración y Calidad se encuentra legalmente
facultada para la formulación del presente proyecto de dictamen. Lo anterior, de conformidad con lo establecido por
el artículo 30, fracciones VIII, XIII, y XXXIV, del Reglam ento de la Admini stración Pública Municipal de Camp eche y
los Lineamient os Administrat ivos para el Otor gamiento de Pensiones y Jubilaciones del Municipio de Campeche.
II.- De la documentación exhibida por el solicitante, así como de una revisión de su correspondiente expediente de
personal del C. Francisco Canul Cab, se determinó que tal trabajador contaba con 55 años de edad a la fecha de su
deceso, así como con 24 años al servicio del Municipio de Campeche, percibiendo un salario mensual bruto por un
importe de $12,018.82 (son: doce mil dieciocho pesos 82/100 m. n.). Así mismo, se observa que la causa de muerte
del trabajador no tiene su origen o se relaciona con el desempeño de la actividad que ejercía.
III.- Con base en lo establecido por los artículos 62 fracción III y 63 de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado de Campeche, son requisitos para el otorgamiento de la pensión por viudez: 1) Acreditar el
carácter de legítimo beneficiario del trabajador fallecido; 2) Acreditar fehacientemente que el trabajador contaba con
una antigüedad laboral mínima de 15 años, sin importar su edad, al momento de su fallecimiento.
En el presente caso, puede observarse que la C. María Aurora Ruiz Guzmán, cumple con ambos requisitos
conformidad con lo expuesto en el considerando II, así como en términos de la documentación descrita en el
apartado de Antecedentes.
RESUELVE
PRIMERO.- Resulta procedente la solicitud de pensión presentada por la C. María Aurora Ruiz Guzmán. Por tanto,
en términos de los artículos 62 fracción III y 63 de la ley de seguridad social antes citada, así como de conformidad
con el inciso E) del artículo 110 de la Condiciones Generales de Trabajo vigentes, la solicitante tiene derecho a un
72% del salario del total de las prestaciones del trabajador fallecido; es decir, a una pensión por un importe mensual
de $8,653.55 (son: ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos 55/100 m. n.).
Mediante oficio número ISSS2048/16, de fecha 14 de Marzo de 2016, el ISSSTECAM dictamina procedente la
pensión por viudez/activo a la C. María Aurora Ruiz Guzmán asignándole una percepción equivalente a $2,237.70
mensuales.
En consecuencia, se observa que existe una diferencia que el Municipio deberá hacer efectivo a la C. María Aurora
Ruiz Guzmán, en pagos mensuales de $6,415.85 (son: seis mil cuatrocientos quince pesos 85/100), mismos que
traducidos se realizarán en pagos quincenas de $3,207.92 (son: seis tres mil doscientos siete pesos 92/100 m.n.).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR