El nuevo sistema de pensiones a la luz de la experiencia del modelo chileno

AutorMaría Ascensión Morales Ramírez
CargoDirectora del Patrimonio Universitario de las Universidad Nacional Autonoma de México.
Páginas1-8
El nuevo sistema de pensiones...., pp. 000-000
1
alegatos, núm 56, México, enero/abril de 2004
El nuevo sistema de pensiones a la luz
de la experiencia del modelo chileno
María Ascensión Morales Ramírez*
* Directora del Patrimonio Universitario de las Universidad Na-
cional Autonoma de México.
01 Con cuya reforma se busca dotar de mayores recursos a las
Afores, al extender el sistema de las Administradoras a otros
sectores de trabajadores y personas en general, otorgar mayor
libertad de inversión para las Siefores mediante la modificación
a su marco organizacional y ampliación de facultades de la Consar.
02Los modificaciones a la NLSS son en cuanto al cálculo e incre-
mento de las pensiones.
03Las modificaciones que ha introducido la Consar, en su mayoría,
están enfocadas a las reglas que establecen el régimen de inver-
sión al que deben sujetarse las Siefores.
Sumario: 1. Origen del nuevo sistema de pensiones. / 2. El nuevo sistema de pensiones mexicano. 3. El caso
mexicano a la luz del modelo chileno. / 4. Andamiaje legal. / Conclusiones. / Bibliografía.
El 10 de diciembre de 2002 se produjo la reforma a la Ley del
Sistema de Ahorro para el Retiro (LSAR).1 Era obvio pensar
que esta reforma sucedería en virtud del antecedente
modificatorio de que fue objeto el 20 diciembre de 2001, la
Nueva Ley de Seguro Social (que introdujo un nuevo sistema
de pensiones a partir del 1 de julio de 1997).2 Posiblemente se
continúe con otras disposiciones más y quizá se promulguen
nuevos reglamentos y acuerdos, como se hizo en la materia en
la reforma de 1995, amén de las diversas circulares que la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
(Consar) ha venido emitiendo durante todo este tiempo.3
Las modificaciones a ambas leyes no se tratan de simples
adecuaciones sino más bien se traducen en grandes y variados
cambios en diversos aspectos y, en forma específica, en el
rubro de las pensiones.
En esta vorágine de cambios, resulta conveniente
detenerse, recapitular y observar la instauración del
modelo chileno en el sistema de pensiones mexica-
no. Para ello, es necesario enunciar algunos de los
componentes del desarrollo del modelo chileno, iden-
tificar las bases del ejemplo en el caso mexicano,
destacar algunos puntos especiales que han ocurrido
en el desarrollo legal del sistema privado de pensio-
nes en ambos países. Lo anterior permitirá encon-
trar una respuesta a este proceso modificatorio acen-
tuado.
1.Origen del nuevo sistema
de pensiones
En Chile el tema de las pensiones estuvo sujeto a
numerosos estudios desde años anteriores a 1980.
En efecto, desde 1950 las pensiones ya eran un tema
On December 10, 2002 the reform to the Retirement
Saving System Law (LSAR, Ley del Sistema de Ahorro para
el Retiro) was carried out. This was expected to happen
due to the modifying antecedent over the New Social
Security Law ( which, by the way, introduced a new
pensions system from July 1, 1997) occurred on December
20, 2001.Some other modifications might also occur and
some other law codes and agreements can be passed, as the
reform to the matter in 1995 aside from a number of
circulars that have been published by the Retirement
Saving System National Commision (Consar, Comisión
Nacional de Ahorro para el Retiro) so far. The
modifications to both laws are not simple updating changes
but rather big and varied changes in different areas and
especially those related to pensions.

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