Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de distribución durante el ejercicio fiscal 2012 de los recursos del Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales
Fecha de disposición | 31 Enero 2012 |
Fecha de publicación | 31 Enero 2012 |
Materia | Derecho Fiscal |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Egresos.- Unidad de Política y Control Presupuestario. GUSTAVO NICOLAS KUBLI ALBERTINI, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 1; 2, fracción LIII, y 77, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23, fracción I, inciso c), y 105, fracción V, de su Reglamento; 4, fracción IV; Transitorio Décimo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
Que el Transitorio Décimo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012 establece que, con el propósito de fortalecer el desarrollo y la inversión en infraestructura urbana que permita apoyar a las distintas regiones del país, se autoriza $2,980,184,220.00 (Dos Mil Novecientos Ochenta Millones Ciento Ochenta y Cuatro Mil Doscientos Veinte Pesos 00/100 Moneda Nacional) a los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, a fin de que se otorguen apoyos económicos o garantías para respaldar el crédito de instituciones bancarias, con el objeto de realizar obras de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa, de acuerdo a la solicitud de apoyo correspondiente;
Que en el Anexo 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, correspondiente al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, en el renglón de Otras Provisiones Económicas, se prevé un Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales con una asignación de $2,980,184,220.00 (Dos Mil Novecientos Ochenta Millones Ciento Ochenta y Cuatro Mil Doscientos Veinte Pesos 00/100 Moneda Nacional), y
Que con el objeto de dar a conocer el calendario de distribución de los recursos del Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales, conforme al monto total aprobado en el Anexo 12 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, en cumplimiento con lo establecido en el Transitorio Décimo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012 y con base en la opinión emitida por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE DISTRIBUCION DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2012 DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE PAVIMENTACION, ESPACIOS DEPORTIVOS, ALUMBRADO PUBLICO Y REHABILITACION DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA PARA MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES
Del calendario programado de entrega y de distribución de los recursos del Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales.
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Calendario programado de entrega de los recursos del Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales, de conformidad con lo establecido en el Transitorio Décimo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, Anexo 1.
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Distribución de los recursos federales, con base en la opinión emitida por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la cual se presenta por Entidad Federativa, Municipio y monto, en el Anexo 2.
De la disposición de recursos con cargo al Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales.
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Los recursos son de carácter federal por lo que su aplicación y control están sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
(LFPRH), su Reglamento, y demás disposiciones aplicables.
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Para que los Municipios o Demarcaciones Territoriales estén en posibilidad de disponer de los recursos con cargo al Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 9 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, será necesario que la Entidad Federativa:
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Presente a la Unidad de Política y Control Presupuestario (UPCP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) una solicitud formal de recursos, donde se precisen los Municipios y los montos solicitados, la cual invariablemente deberá de ser presentada y firmada por los servidores públicos, que cuenten con las facultades para el efecto, conforme a la normativa que les resulte aplicable.
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Haber celebrado el Convenio de otorgamiento de subsidios que la SHCP establezca.
Por lo que respecta a las Garantías, la Entidad Federativa deberá presentar además de lo señalado anteriormente:
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Escrito mediante el cual el Municipio, o el Gobierno del Distrito Federal por conducto de su Secretaría de Finanzas, instruya se adquiera, en su nombre y representación, la Garantía por el monto del Apoyo Económico solicitado.
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La autorización del Congreso Local, el Acta de Cabildo o el documento por el que, de conformidad con la normativa aplicable, se autorice al Municipio el endeudamiento para la realización de la obra presentada, así como la autorización del Congreso de la Unión para efectos del endeudamiento del Distrito Federal tratándose de las Demarcaciones Territoriales, y
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Documento emitido por la Institución de Crédito que confirme el otorgamiento del financiamiento al Municipio o Demarcación Territorial del Distrito Federal, así como copia del contrato de crédito correspondiente.
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UNICO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de enero de 2012.- El Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario, Gustavo Nicolás Kubli Albertini.- Rúbrica.
Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales 2012
(pesos)
Mes | PEF/2012 | Febrero | Marzo | Abril |
Total | 2,980,184,220.0 | 993,394,740.0 | 993,394,740.0 | 993,394,740.0 |
Monto | 2,980,184,220.0 | 993,394,740.0 | 993,394,740.0 | 993,394,740.0 |
Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales 2012
ENTIDAD | MUNICIPIO | MONTO |
32 | 890 | 2,980,184,220.0 |
AGUASCALIENTES | AGUASCALIENTES | 9,709,219.9 |
AGUASCALIENTES | JESUS MARIA | 1,109,219.9 |
BAJA CALIFORNIA | ENSENADA | 14,709,219.9 |
BAJA CALIFORNIA | MEXICALI | 16,118,439.7 |
BAJA CALIFORNIA | TIJUANA | 14,427,659.6 |
BAJA CALIFORNIA SUR | COMONDU | 1,509,219.9 |
BAJA CALIFORNIA SUR | LOS CABOS | 2,000,000.0 |
BAJA CALIFORNIA SUR | MULEGE | 2,000,000.0 |
CAMPECHE | CALAKMUL | 2,000,000.0 |
CAMPECHE | CALKINI | 2,600,000.0 |
CAMPECHE | CAMPECHE | 22,218,439.7 |
CAMPECHE | CARMEN | 2,500,000.0 |
CAMPECHE | CHAMPOTON | 900,000.0 |
CAMPECHE | ESCARCEGA | 700,000.0 |
CAMPECHE | HECELCHAKAN | 1,700,000.0 |
CAMPECHE | HOPELCHEN | 1,709,219.9 |
CAMPECHE | PALIZADA | 500,000.0 |
CAMPECHE | TENABO | 3,200,000.0 |
CHIAPAS | ACAPETAHUA | 2,000,000.0 |
CHIAPAS | AMATENANGO DEL VALLE | 1,381,582.0 |
CHIAPAS | ARRIAGA | 753,219.9 |
CHIAPAS | BOCHIL | 2,477,535.0 |
CHIAPAS | CACAHOATAN | 6,000,000.0 |
CHIAPAS | CHALCHIHUITAN | 1,000,000.0 |
CHIAPAS | CHICOMUSELO | 2,000,000.0 |
CHIAPAS | COMITAN DE DOMINGUEZ | 16,500,000.0 |
CHIAPAS | EL PORVENIR | 1,000,000.0 |
CHIAPAS | FRONTERA HIDALGO | 688,000.0 |
CHIAPAS | HUEHUETAN | 8,140,987.0 |
CHIAPAS | HUIXTLA | 4,000,000.0 |
CHIAPAS | JITOTOL | 2,234,680.0 |
CHIAPAS | JUAREZ | 13,900,000.0 |
CHIAPAS | LA TRINITARIA | 16,500,000.0 |
CHIAPAS | METAPA | 688,000.0 |
CHIAPAS | MITONTIC | 855,286.0 |
CHIAPAS | MOTOZINTLA | 2,800,000.0 |
CHIAPAS | OCOSINGO | 4,000,000.0 |
CHIAPAS | OSTUACAN | 3,000,000.0 |
CHIAPAS | OSUMACINTA | 4,000,000.0 |
CHIAPAS | PALENQUE | 4,000,000.0 |
CHIAPAS | RAYON | 1,500,000.0 |
CHIAPAS | REFORMA | 5,109,219.9 |
CHIAPAS | SAN FERNANDO | 2,950,000.0 |
CHIAPAS | SUCHIATE | 688,000.0 |
CHIAPAS | TAPACHULA | 10,269,219.9 |
CHIAPAS | TONALA | 7,856,000.0 |
CHIAPAS | TUXTLA CHICO | 1,376,000.0 |
CHIAPAS | TUXTLA GUTIERREZ | 1,109,219.9 |
CHIAPAS | TUZANTAN | 1,109,219.9 |
CHIAPAS | TZIMOL | 3,000,000.0 |
CHIAPAS | VENUSTIANO CARRANZA | 11,109,219.9 |
CHIAPAS | VILLA COMALTITLAN | 2,000,000.0 |
CHIAPAS | ZINACANTAN | 1,650,917.0 |
CHIAPAS | AMATENANGO DE LA FRONTERA | 5,696,890.0 |
CHIAPAS | BEJUCAL DE OCAMPO | 1,500,000.0 |
CHIAPAS | CHAPULTENANGO | 1,000,000.0 |
CHIAPAS | LAS ROSAS | 1,500,000.0 |
CHIAPAS | SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS | 1,500,000.0 |
CHIAPAS | SUNUAPA | 1,000,000.0 |
CHIAPAS | TAPALAPA | 1,000,000.0 |
CHIAPAS | VILLA CORZO | 1,000,000.0 |
CHIHUAHUA | AHUMADA | 1,966,666.7 |
CHIHUAHUA | ALDAMA | 600,000.0 |
CHIHUAHUA | ALLENDE | 900,000.0 |
CHIHUAHUA | AQUILES SERDAN | 350,000.0 |
CHIHUAHUA | ASCENSION | 1,408,666.7 |
CHIHUAHUA | BACHINIVA | 1,200,000.0 |
CHIHUAHUA | BUENAVEN |
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