Descanso de media hora en la jornada laboral continua. En juicio, el patrón deberá probar que lo otorgó. Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN

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El artículo 63 de la LFT dispone lo siguiente (énfasis añadido):

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Como se aprecia, durante la jornada de trabajo continua el patrón deberá proporcionar a los trabajadores un descanso mínimo de media hora. Al otorgar este descanso, es importante que los patrones tengan los medios de probanza que amparen tal cumplimiento, pues pudiera creerse que este derecho es irrelevante, pero al estar previsto en la legislación laboral, su cumplimiento es obligatorio.

Por lo general, el descanso de media hora lo emplean los trabajadores para alimentarse; al respecto, el artículo 64 de la LFT dispone que cuando el trabajador no pueda salir del lugar del trabajo durante su tiempo de descanso o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo; por tanto, el patrón deberá hacer el pago correspondiente.

Asimismo, no se debe olvidar que el descanso de media hora está ligado con la duración de la jornada de trabajo; por consiguiente, cuando un trabajador demande el pago de su periodo de descanso que no disfrutó, la Junta de Conciliación y Arbitraje lo eximirá de la carga de la prueba correspondiente y requerirá al patrón la exhibición de los documentos que amparen que al trabajador se le entregó el descanso de media hora (artículo 784, fracción VIII , de la LFT).

Al respecto, en sesión privada del pasado 15 de junio, la Segunda Sala de la SCJN estableció en la jurisprudencia 2a./J. 113/2011, que cuando el trabajador demande el pago del descanso de media hora que le fue negado por el patrón, corresponderá a este último demostrar lo contrario, en términos de la fracción VIII del artículo 784 de la LFT, ya que es una controversia relativa a la jornada de trabajo.

La jurisprudencia es la siguiente:

DESCANSO DE MEDIA HORA EN JORNADA CONTINUA. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO EL TRABAJADOR AFIRMA QUE NO SE LE OTORGO. El artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo establece que durante la jornada continua debe otorgarse a los trabajadores un descanso de por lo menos media hora; ahora bien, si en el juicio el...

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