La SHCP dio a conocer el régimen patrimonial al que se sujetarán las Afore y Siefore en el esquema de pensiones del ISSSTE

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El 14 de junio pasado, la SHCP dio a conocer en el DOF la Circular Consar 02-7, denominada Reglas generales que establecen el rÈgimen patrimonial al que se deber·n sujetar las administradoras de fondos para el retiro, el PENSIONISSSTE y las sociedades de inversiÛn especializadas de fondos para el retiro y la reserva especial.

Mediante esta circular se establece que las Afore operar·n con un capÌtal mÌnimo fijo pagado de $25'000,000, en tanto que las Sociedades de inversiÛn especializadas de fondos para el retiro (Siefore) con $100,000.

Asimismo, a fin de dar cumplimiento a lo seÒalado en el artÌculo 28 de la Ley del SAR, las Afore deber·n mantener una reserva especial invertida en las acciones de cada una de las Siefore que administren, es decir, por cada Siefore b·sica la Afore deber· invertir cuando menos el equivalente al 0.8% de los activos netos de...

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