¿Cuándo deben presentar la información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero las personas físicas que dictaminan para efectos fiscales sus estados financieros?

CargoA78

¿Cuándo deben presentar la información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero las personas físicas que dictaminan para efectos fiscales sus estados financieros?

Laboro como contador en un despacho contable-fiscal, el cual cuenta con una cartera de clientes variada. Al revisar los papeles de trabajo para cumplir con las obligaciones de nuestros clientes, nos percatamos de que un contribuyente que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales y que optó por dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, llevó a cabo durante el ejercicio de 2003 operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, por lo que se debe presentar la información de tales operaciones.

En la Ley del ISR se señala que la información mencionada se debe presentar conjuntamente con la declaración del ejercicio; sin embargo, al consultarlo con los demás colegas del despacho, uno de ellos me comentó que la información de las operaciones con partes relacionadas se puede presentar a más tardar en la fecha de presentación del dictamen.

Lector de Tizayuca, Hidalgo

- Pregunta

¿Pueden presentar las personas físicas la información de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, a más tardar en la fecha de presentación del dictamen?

- Respuesta

De acuerdo con el artículo 133, fracción X, de la Ley del ISR, las personas físicas que tributen en el régimen de actividades empresariales y profesionales, deberán presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior.

Al respecto, el artículo 175 de la Ley del ISR establece que las personas físicas que obtengan ingresos en un año calendario, están obligadas a pagar el impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.

Según lo anterior, las personas físicas que en el ejercicio de 2003 hubieran tenido operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, deberán presentar la información de tales operaciones, a más tardar el 30 de abril, conjuntamente con la declaración del ejercicio.

Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria informó en su página de Internet (www.sat.gob.mx) que los contribuyentes que deban presentar...

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