Reglamento de Parques y Jardines del Municipio de Amealco de Bonfil, Qro.

26 de abril de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4215
GOBIERNO MUNICIPAL
EL C. GILBERTO GARCIA VALDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE AMEALCO DE
BONFIL, QRO., HACE SABER A SUS HABITANTES QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149, 150 Y 152 DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
del Estado de Querétaro, los municipios tiene como órgano de gobierno a los Ayuntamientos, que tendrán
personalidad jurídica y facultades para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos,
circulares, acuerdos y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia.
2. Que la elaboración y actualización de normas jurídicas es un ejercicio que debe asumirse con gran
sentido de responsabilidad social, por las implicaciones que tiene en los distintos órdenes de la
convivencia cotidiana dentro de una determinada organización humana.
3. Que en la creación y adecuación de las normas intervienen factores de diversa índole, siempre bajo una
evolución y dinámica constante, que debe atender a las condiciones sociales, culturales y políticas del
momento, entre otras.
4. Que en la medida en que son modificadas las normas, las condiciones socioeconómicas y demográficas,
el Ayuntamiento debe crear, adecuar e integrar los ordenamientos legales necesarios para un eficaz y
eficiente modelo de gobierno.
5. Que dentro de ese dinamismo y actualización de la norma jurídica, surge la necesidad de adecuar las
disposiciones del Reglamento de Parques y Jardines del Municipio de Amealco de Bonfil, Qro.
Por lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de Amealco de Bonfil, en sesión ordinaria de fecha veintisiete
de marzo de dos mil trece tuvo a bien aprobar y expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE PARQUES Y JARDINES DEL MUNICIPIO DE AMEALCO DE BONFIL, QRO.
TITULO UNICO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Este reglamento tiene por objeto, regular la conservación, acondicionamiento, restauración,
fomento y aprovechamiento de la vegetación general, así como la creación y cuidados de las áreas verdes en el
Municipio de Amealco de Bonfil.
ARTÍCULO 2.- Son de interés público, los parques, jardines, camellones, glorietas, fuentes, monumentos y
servidumbres jardinadas; y compete a la Autoridad Municipal su regulación, administración, vigilancia y
acondicionamiento, teniendo los habitantes del Municipio la obligación de cuidar su conservación, así como
también colaborar con las Autoridades Municipales en su restauración y fomento.
CAPITULO II
DE LA FORESTACION Y REFORESTACION EN AREAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL
ARTÍCULO 3.- Se declara de utilidad pública los trabajos de forestación, reforestación que realicen en el
Municipio de Amealco de Bonfil.

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