Pagos por concepto de teletrabajo. Naturaleza jurídica

AutorGustavo García Cuenca
CargoAsesor de Goodrich Riquelme y Asociados
Páginas12-13
Pagos por concepto de
teletrabajo. Naturaleza
jurídica
ØGUSTAVO GARCÍA CUENCA
ASESOR DE GOODRICH RIQUELME Y ASOCIADOS
un simple reembolso de los gastos realizados por los
trabajadores para el desempeño de las labores que no
incrementa su patrimonio.
Para ello deberá tomarse en cuenta que de acuerdo con
las nuevas disposiciones laborales, las condiciones del
teletrabajo deberán constar por escrito, en un contrato
laboral o en un addendum al mismo, en el que se esta-
blezcan la descripción y monto que el patrón pagará al
trabajador por concepto de servicios relacionados con el
teletrabajo. Asimismo, deberán determinarse los equipos
e insumos de trabajo proporcionados por el patrón para
el desempeño de las labores, como pueden ser compu-
tadoras, laptop, impresoras, sillas ergonómicas, papele-
ría y artículos de escritorio, entre otros, que tampoco de-
berán integrarse al SBC por tratarse de herramientas de
trabajo, conforme a los artículos 27, fracción I, de la LSS
y 29 de la Ley del Infonavit, que remite expresamente al
primero de los artículos mencionados.
Introducción
Conforme a las recientes reformas a la LFT publicadas
en el DOF el 11 de enero de 2021, en las que se adicio-
naron los artículos del 330-A al 330-K, para regular el
teletrabajo (Home Office), se dispuso como obligación
patronal asumir los costos derivados del teletrabajo, in-
cluyendo servicios de telecomunicación y la parte pro-
porcional del consumo eléctrico.
A partir de estas nuevas obligaciones patronales existe
la duda de si los pagos realizados por los conceptos
mencionados deberán formar parte del salario base de
cotización (SBC) al IMSS e Infonavit. Al efecto, se co-
mentan los aspectos relevantes que deben considerar
los patrones para determinar si dichos conceptos for-
marán parte del SBC.
Pagos efectuados por los patrones a los trabaja-
dores derivados del teletrabajo, ¿forman parte del
SBC para el IMSS e Infonavit?
Al analizar las disposiciones en materia de teletrabajo
publicadas en el DOF el pasado 11 de enero, conside-
ramos que los pagos efectuados por los patrones a los
trabajadores por ese concepto no forman parte inte-
grante del SBC al IMSS, ni al Infonavit, por tratarse de
Colaboraciones
SEGURIDAD
SOCIAL
C12
1a. quincena
abril 2021

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