¿Cómo debe pagar el IVA una persona física del régimen de pequeños contribuyentes que enajena un activo fijo?

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Laboro como contador en un despacho. Hace días, solicitó mis servicios una persona física que tributa en el régimen de pequeños contribuyentes, la cual se dedica a la venta de muebles.

Cabe señalar que por falta de liquidez desea vender un equipo de transporte, el cual utiliza para el desarrollo de sus actividades.

Al estar analizando las disposiciones fiscales observé que por esta enajenación se debe pagar el IVA. Como esta persona paga tanto el ISR como el IVA mediante una cuota fija bimestral, no sé si el IVA que se genere por la venta del activo fijo se debe pagar como si se tratara de un acto accidental en términos de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley del IVA.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Cómo debe pagar el IVA una persona física del régimen de pequeños contribuyentes que enajena un equipo de transporte?

Respuesta

El artículo 9o., fracción IV, de la Ley del IVA, dispone lo siguiente:

9o. No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

IV. Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.

Por su parte, el artículo 16 del CFF establece lo siguiente:

16. Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

I. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes.

Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o totalmente, las citadas actividades empresariales.

De las disposiciones anteriores se puede concluir que de acuerdo con el artículo 16 del CFF, las personas físicas que por sus actividades empresariales tributen en el régimen de pequeños contribuyentes se consideran empresas y, por tanto, la enajenación de bienes muebles usados, en este caso el equipo de transporte, está gravada para efectos del IVA.

Por otra parte, el artículo 2o.-C de la Ley del IVA señala que los pequeños contribuyentes pagarán el impuesto en los términos generales que esta ley establece, salvo que opten por hacerlo mediante estimativa del IVA mensual que practiquen las autoridades fiscales; no obstante, conforme a la regla 5.7.2 de la RMF para 2007-2008, los contribuyentes que no ejerzan la opción de calcular el IVA mediante estimativa deberán presentar el aviso de cambio de situación fiscal...

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