Guía para la inscripción en el padrón de sectores específicos. No paralice sus operaciones de importación
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La Ley Aduanera (LA) establece que quienes importen mercancías al territorio nacional se encuentran obligados a estar inscritos en el padrón de importadores y, en su caso, en el padrón de importadores de sectores específicos que está a cargo del Servicio de Administración Tributaria.
Aquí se analizan las disposiciones legales que regulan el padrón ya mencionado, a fin de que los importadores conozcan de manera clara los trámites que deben realizar para obtener su inscripción; y en su caso, el trámite que pueden efectuar cuando no se resuelve su inscripción en dicho padrón y necesitan realizar operaciones de importación de mercancías de sectores específicos.
Deberán inscribirse los contribuyentes que deseen importar o destinar al régimen aduanero de depósito fiscal, previsto en el artículo 119 de la LA, las mercancías listadas en el anexo 10 de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior (RCGMCE) para 2004-2005, en el cual se encuentran incluidos los sectores siguientes:
[ VEA LA TABLA EN EL PDF ADJUNTO ]
Los importadores que deseen obtener su inscripción en el padrón de sectores específicos deberán presentar el formato denominado "Solicitud de inscripción al padrón de importadores y/o al padrón de importadores de sectores específicos", que forma parte del anexo 1, apartado A, de las RCGMCE para 2004-2005 y que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de marzo de 2004.
Esta solicitud de inscripción será presentada en original y copia, ambas con firma autógrafa.
Las personas interesadas en inscribirse al padrón de importadores de sectores específicos anexarán a la solicitud respectiva, una copia fotostática legible de la documentación siguiente:
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Comprobante de domicilio fiscal.
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Cédula de identificación fiscal, aviso o constancia de inscripción en el registro federal de contribuyentes (RFC).
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Declaración del impuesto sobre la renta de los últimos cuatro ejercicios fiscales, en su caso.
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Declaraciones de pagos del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado, por las que aún no esté obligado a presentar declaraciones anuales.
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Acta constitutiva tratándose de personas morales y, en su caso, poder notarial con que se acredita la personalidad de quien firma la solicitud. En caso de que el representante legal sea extranjero, anexará el documento migratorio con el que acredite su legal estancia en el país.
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Si el solicitante es persona física y ésta es representada por un tercero, se anexará poder notarial o carta poder.
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El...
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