OUTSOURCING. Actividad vulnerable

AutorC.P.C. Karla Coria Pérez-Tejada
Páginas61-61
061
NDICOS
C.P.C. KARLA CORIA PÉREZ-TEJADA
SÍNDICO DE L A REGIÓN CENTRO-ISTMO -PENINSULAR/IN TEGRANTE DE LA CO MISIÓN NACIONAL
REPRESEN TATIVA ANT E AUTORIDADES FISC ALES FEDERAL ES/INTEGRANT E DE LA COMISIÓN FISC AL
DEL CCP DEL ES TADO DE PU EBLA
O UT SO U RCING
ACTIVIDAD VULNERABLE
Hoy en día, los temas de Lav ado de Dinero (LD), Financia-
miento al Terrori smo (FT) y Proliferación de Arm as de Des-
trucción Masi va (PADM) ocupan un lugar prep onderante en
la agenda del sector f inanciero internaciona l y de la Org ani-
zación de las Naciones Unidas (ONU), debido al ries go que
estas activ idades representan para l a sociedad.
En este sentido, México c reó la Unidad de Inteligencia Fin an-
ciera (UIF)¹ per teneciente de la Secretarí a Hacienda y Crédi-
to Público (SHCP) con el fin de hace r frente a las operaciones
con recursos de procedenc ia ilícita.
De la misma maner a, para encar ar los compromisos que nues-
tro país tiene como in tegrante del Grupo de Acción F inancie-
ra sobre el Blanqueo de Capitales (GA FI)², trabaja en el esta-
blecimiento del régi men de prevención y combate al LD; par te
de ello, es atender las recomendaciones que l a GAFI emita
como resultado de la eva luación que realizará a Méx ico en
2017, a efectos de verifica r el avance en la insta lación del mis-
mo, en el entendido de que México se encue ntra identifican-
do, evaluando y ente ndiendo los riesgos respecto al LD, FT y
PADM. En tal vi rtud, en 2016 México llevó a cabo la pr imera
Evaluación Nac ional de Riesgo de LD y FT como un ejercicio
de autoevaluación en el q ue se identificaron prioridades que
la UIF debe atender.
Ahora bien, debido a que la UIF se enc uentra facultada³ para
recibir infor mación sobre actividades vu lnerables, el pasado
21 de octubre dio a conocer e n su página de Inter net el criterio
bajo el cual se consider a como actividad vu lnerable⁴ a los Ser-
vicios Profesiona les de Subcontratación,⁵ también conocidos
como
outsourcing
.
Por consigu iente, los contribuyentes que preste n servicios
de subcontratación debe n cumplir con las obligaciones⁶ es-
tablecidas en la Ley Federa l para la Prevención e Identif i-
cación de Operaciones con Rec ursos de Procedencia Ilícita
(LFPIORPI),⁷ su Reglamento⁸ y Reg las Misceláneas.
Es de llamar la ate nción que la Actividad de Subcontra tación
ya se encontraba considerada como actividad vu lnerable en
el inciso b), fracción XI del ar tículo 17 de la LFPIORPI, en el
cual se establece que l a prestación de servicios profesionales ,
de manera independ iente, sin que medie relación laboral con
el cliente respect ivo, en aquellos casos en los que se prepare
para un cliente o s e lleven a cabo en nombre y representación
del cliente, la admi nistración y manejo de recur sos, valores o
cualquier ot ro activo de sus clientes. Lo anter ior implica que
los prestadores de serv icios de subcontratación ya eran suje-
tos de la LFPIORPI por llevar a ca bo actividades vul nerables,
razón por la cua l debieron haber cumplido con la ley desde su
entrada en v igor.
Sin embargo, y a que a la fecha en que se realizó la ENR no
se habían recibido av isos por la actividad de subcont ratación,
la UIF consideró impor tante dar a conocer en su págin a de
Internet su cr iterio respecto a las activ idades vulnerables del
outsourcing
, sobre todo porque se desconoce el origen de los
recursos que obtiene n quienes se dedican a esta act ividad.
Ahora bien, se debe tener en c onsideración que, para efectos
de prevención de LD, la UIF considera como presta dores de
servicios i ndependientes a aquellas personas f ísicas que no
tengan un a relación laboral con el cliente o us uario y a las per-
sonas morales cua ndo no forme parte del grupo empresa rial
del cliente o usuar io.
En resumen, todas l as operaciones que realice un contr ibu-
yente dedicado al
outsourcing
deberán ser repor tadas a la UIF,
mediante el port al de Prevención de Lavado de Dinero de la
SHCP, lo cual genera que quienes env íen extemporáneamen-
te, no envíen o hag an uso incorrecto del
outsourcing
tendrán
consecuencias ju rídicas que pueden ir desde un a multa⁹ hasta
la comisión de un delito.
1 Creada por decreto public ado en el Diario Oficial de la Federación, el 7
de mayo de 2004.
2 Creada en julio de 1989 en la Cumbre de l G-7. Con base en sus normas
evalúa y emite las recomen daciones a los países que la conf orman
respecto al régim en de prevención de lavad o de dinero.
3 Facultades reglamenta das en el artículo 15 de l Reglamento Interior
de la SHCP.
4 Artículos 14 y 17 de la LFPIORPI.
6 Establecidas e n el artículo 18 de la LFPIOR PI.
7 Publicada en el DOF el 17 de octub re de 2012 entrando en vigor el 17
de julio de 2013.
8 Publicado en el DOF el 16 de agos to de 2013 entrando en vigor el 1 de
septiembre de 2013.
9 De entre 200 y 2,00 0 veces el salario mínim o.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR