Se otorgan facilidades en el IETU a los contribuyentes del sector primario y del autotransporte. Casos prácticos

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El pasado 9 de mayo, la SHCP dio a conocer en el DOF la Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan (RFA) para 2008-2009, la cual entró en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 10 de mayo, y estará vigente hasta el 30 de abril de 2009; sin embargo, las facilidades contenidas en esta resolución serán aplicables para todo el ejercicio fiscal de 2008.

Entre otros beneficios, mediante la RFA para 2008-2009 se otorgan diversas facilidades en materia de IETU para los contribuyentes del sector primario y para aquellos que se dedican al autotransporte terrestre, algunas de las cuales se desarrollan en los casos prácticos siguientes.

Caso 1

Determinación del pago provisional del IETU correspondiente al semestre enero-junio de 2008, de una persona moral del régimen simplificado dedicada a actividades agrícolas

PLANTEAMIENTO

Una persona moral que tributa en el régimen simplificado de la Ley del ISR y que optó por realizar los pagos provisionales de este impuesto en el ejercicio de 2008 en forma semestral, desea determinar el importe del pago provisional del IETU a cargo en el semestre enero-junio de dicho año.

Para efectos prácticos, se considera que la empresa no cuenta con trabajadores.

DATOS

* Area geográfica del contribuyente "B"

* SMG del área geográfica del contribuyente $50.96

* SMG del área geográfica del DF $52.59

* 20 veces el SMG del área geográfica del contribuyente, elevado al año ($50.96 x 20 x 365) $372,008

* 200 veces el SMG del área geográfica del DF, elevado al año ($52.59 x 200 x 365) $3'839,070

* Número de socios de la persona moral 10

* Total de ingresos cobrados en el semestre enero-junio de 20081 $4'720,000

* Ingresos exentos en el semestre ($372,008 x 10 socios)2 $3'720,080

* Ingresos cobrados gravados en el semestre ($4'720,000 - $3'720,080) $999,920

* Total de deducciones pagadas en el semestre enero-junio de 20084 $2'820,000

* Proporción que representan los ingresos gravados del total de ingresos en el semestre ($999,920 ÷ $4'720,000) 0.2118

* Total deducciones pagadas aplicables en el semestre ($2'820,000 x 0.2118)5 $597,276

* Crédito fiscal por erogaciones superiores a los ingresos correspondiente al semestre $0

* Crédito fiscal por el pago de salarios y aportaciones de seguridad social $0

* Crédito fiscal por inventarios al 31 de diciembre de 2007, correspondiente al semestre $3,400

* Crédito fiscal por inversiones de 1998 a 2007, correspondiente al semestre $2,800

No incluye ingresos por operaciones efectuadas en 2007 cobrados en 2008.

De acuerdo con el artículo 81, último párrafo, de la Ley del ISR, las personas morales que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, no pagarán el ISR por los ingresos provenientes de dichas actividades hasta por un monto, en el ejercicio, de 20 veces el SMG correspondiente al área geográfica del contribuyente, elevado al año, por cada uno de sus socios o asociados, siempre que no exceda, en su totalidad, de 200 veces el SMG correspondiente al área geográfica del Distrito Federal, elevado al año. Por su parte, el artículo 4o., fracción IV, de la Ley del IETU indica que no se pagará este...

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