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PÁGINA 4 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., LUNES 25 DE ABRIL DE 2016.
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN
CONSEJO DE LA JUDICATURA
ACUERDO GENERAL NÚMERO OR03-160314-04 QUE DETERMINA LA
CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DEL JUZGADO CUARTO MERCANTIL DEL
PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO, POR NECESIDADES DEL
SERVICIO.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Los artículos 64 y 72, párrafos decimocuarto y primero,
respectivamente, de la Constitución Política del Estado de Yucatán disponen que
el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, órgano dotado de autonomía
técnica y de gestión, esté a cargo de la administración, vigilancia y disciplina del
Poder Judicial del Estado, con excepción del Tribunal Superior de Justicia,
conforme a las bases que establezcan la propia Constitución y las leyes
aplicables.
SEGUNDO: En los artículos 72, párrafo quinto de la Constitución Política del
Estado de Yucatán y 115, fracción II y III de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se
establecen como atribución del Pleno del Consejo de la Judicatura, entre otras, las
de establecer y modificar la competencia y jurisdicción territorial de los juzgados,
emitir acuerdos generales y demás disposiciones para el ejercicio de las
atribuciones que le confiere la Constitución y la propia Ley, por lo que cuenta con
las atribuciones para resolver sobre la conclusión o no de las de funciones de los
Juzgados de Primera Instancia en el Estado
TERCERO: El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, emitió el
Acuerdo General número OR05-090506-01, publicado el día 13 de mayo de 2009
en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, en el cual se estableció que los

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