De los organos normativos del instituto

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patronales y accesorios legales y cancelación de adeudos, en los
términos y condiciones establecidos en la Ley, que rebasen la com-
petencia de los Consejos Consultivos Delegacionales, y el otorga-
miento de prestaciones médicas y económicas, en ambos casos por
equidad;
VII. Tramitar las propuestas de designaciones de los representan-
tes de los Organos Colegiados y presentarlas a consideración del
Consejo Técnico;
VIII. Recopilar y evaluar el resumen analítico de las actas remitidas
por los Organos Colegiados;
IX. Hacer del conocimiento de los Organos Normativos, Colegia-
dos, de Operación Administrativa Desconcentrada y Operativos, los
acuerdos del Consejo Técnico, difundir y vigilar su cumplimiento, así
como clasificar y archivar cronológicamente los mismos;
X. Levantar y certificar las actas de las sesiones de la Asamblea
General y del Consejo Técnico y demás eventos que por su función
le correspondan; y
XI. Las demás que le confieran la Ley, sus reglamentos, acuerdos
del Consejo Técnico, así como las que le encomiende el Director Ge-
neral.
TITULO CUARTO
DE LOS ORGANOS NORMATIVOS DEL INSTITU-
TO
CAPITULO PRIMERO
DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION Y EVALUACION
DE DELEGACIONES
ARTICULO 69. La Dirección de Administración y Evaluación de
Delegaciones tendrá las facultades siguientes:
I. Planear, programar, dirigir, controlar, difundir y, en su caso, lle-
var a cabo los procesos de administración, adquisición o suministro
de los recursos materiales, servicios generales, obra pública y servi-
cios relacionados con la misma, así como los de conservación y los
demás servicios de carácter general y naturaleza administrativa que
sean necesarios para la adecuada operación del Instituto;
II. Emitir, difundir y analizar, en los términos de las disposiciones
legales aplicables, las normas específicas para la contratación de ad-
quisiciones, suministro de los recursos materiales, arrendamientos,
servicios generales, obra pública y servicios relacionados con la mis-
ma, así como las de conservación y los demás servicios de carácter
general y naturaleza administrativa que sean necesarios para la ade-
cuada operación del Instituto; así como los relativos a la terminación
anticipada, o bien, a la rescisión administrativa de dichas contrata-
ciones;
III. Contratar o elaborar, en su caso, proyectos de construcción y
equipamiento;
RGTO. INTERIOR IMSS/DE LA SECRETARIA GENERAL
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EDICIONES FISCALES ISEF
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IV.Aplicar la normatividad y coordinar las acciones inherentes a la
higiene, aprovechamiento y clasificación de desechos;
V. Difundir, verificar y analizar la política inmobiliaria del Instituto,
de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y ad-
ministrativas aplicables y los acuerdos del Consejo Técnico;
VI. Emitir la normatividad para la administración de los inmue-
bles institucionales, en materia de conservación, mantenimiento y
prestación de servicios generales, así como ejecutar los programas
de reordenamiento y optimización de espacios institucionales que
corresponden a los inmuebles de nivel central;
VII. Administrar los inmuebles en el nivel central, así como some-
ter a la aprobación del Organo Normativo competente, los permisos
de uso de espacios disponibles en inmuebles institucionales y, en su
caso, suscribir los mismos;
VIII. Emitir la normatividad y coadyuvar en la implantación de pro-
yectos de cambio en los procesos y el establecimiento de prácticas
administrativas que contribuyan a mejorar la calidad de los servicios
institucionales, con excepción de aquellas unidades administrativas
que de acuerdo con el presente Reglamento, tengan atribuida esta
facultad;
IX. Administrar, en su caso, los recursos financieros asignados a
los proyectos de cambio, orientados a la satisfacción del usuario;
X. Emitir los lineamientos, en coordinación con los Organos Nor-
mativos competentes, para el diseño, elaboración y registro de la
normatividad institucional, manuales y demás documentos adminis-
trativos;
XI. Planear, programar, normar, controlar y, en su caso, analizar el
cumplimiento de la normatividad relativa a:
a) La administración y desarrollo de personal;
b) La planeación y dotación de fuerza de trabajo;
c) El otorgamiento de becas en el ámbito nacional e internacional
al personal;
d) La capacitación promocional en los términos que se establecen
en el Contrato Colectivo de Trabajo y en los reglamentos respectivos;
e) El trámite administrativo de finiquitos, de las jubilaciones y pen-
siones en los términos del Contrato Colectivo de Trabajo y el regla-
mento respectivo;
f) Las atribuciones de los representantes institucionales en las ins-
tancias mixtas pactadas con el Sindicato Nacional de Trabajadores
del Seguro Social; y
g) Los sueldos, prestaciones, estímulos, compensaciones y de-
más beneficios, tanto económicos como en especie, que se otorgan
al personal, así como la de viáticos y pasajes.
XII. Operar los movimientos relacionados con el nombramiento,
remoción y cambios de adscripción de los trabajadores del Instituto
clasificados como de confianza;
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