Opinión del SAT sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales del contribuyente. Procedimiento para obtenerla en Internet y presentar las aclaraciones correspondientes

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Opinión del SAT sobre el cumplimiento de
obligaciones fi scales del contribuyente.
Procedimiento para obtenerla en Internet y presentar
las aclaraciones correspondientes
Introducción
En la actualidad, para realizar diversos trámites ante el SAT o para poder ser proveedor de la Administración Pública
Federal o de las entidades federativas, entre otras, los contribuyentes deben obtener la opinión del SAT sobre el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
En este sentido, diversos contribuyentes no conocen el procedimiento para solicitar dicha opinión; por ello, indica-
mos los lineamientos que deben observarse para obtenerla en el portal de Internet del SAT.
Obligación de obtener la opinión del SAT sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales
Diversas disposiciones tributarias establecen el requisito para los contribuyentes de obtener la opinión del SAT sobre
el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, entre otros aspectos, como condición para que proceda un trámite
ante esa dependencia o para ser proveedor de la Administración Pública Federal o de las entidades federativas; a
continuación, precisamos algunas de esas disposiciones:
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Aviso de suspensión
de actividades de
personas morales.
La regla 2.5.12 de la RMF para 2021 señala que las personas morales podrán presentar,
por única ocasión, el aviso de suspensión de actividades cuando interrumpan todas sus
actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas de
pago o informativas, siempre que no deban cumplir otras obligaciones fiscales perió-
dicas de pago, por sí mismas o por cuenta de terceros. Entre los requisitos que deben
observar, está el de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales, y que lo acrediten con la opinión del SAT sobre el cumplimiento de obligaciones
en sentido positivo.
Contrataciones con la
Federación y las enti-
dades federativas.
Conforme a la regla 2.1.31 de la RMF para 2021, cuando la Administración Pública Fede-
ral, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las
entidades federativas realicen contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento,
prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales,
cuyo monto exceda de $300,000, sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes
con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les
presenten documento vigente expedido por el SAT en el que se emita la opinión del
cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de
la aplicación en línea que para estos efectos proporcione el SAT, siempre que se firme el
acuerdo de confidencialidad con este último.
Entrega de marbetes y
precintos para bebidas
alcohólicas.
En términos de la regla 5.3.1 de la RMF para 2021, las autoridades tributarias proporcio-
narán marbetes y precintos a los fabricantes, productores, envasadores e importadores,
cuando, entre otros requisitos, el contribuyente se encuentre al corriente en el cumpli-
miento de sus obligaciones fiscales; al respecto, dicha persona deberá solicitar a las
autoridades la opinión de cumplimiento de tales obligaciones.
Solicitud para obtener
autorización a fin de
operar como provee-
dor de certificación de
CFDI.
La regla 2.7.2.1 de la RMF para 2021 dispone que para obtener la autorización como
proveedor de certificación de CFDI, las personas morales deberán cumplir, entre otras,
con la ficha de trámite 112/CFF “Solicitud para obtener autorización para operar como
proveedor de certificación de CFDI” del anexo 1-A de la misma resolución, la cual, entre
otros aspectos, establece que se deberá anexar a este trámite el documento vigente
que contenga la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales que emita la
autoridad hacendaria.
Obtención de la opinión del SAT sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales
De acuerdo con la regla 2.1.39 de la RMF para 2021, los contribuyentes que para realizar un trámite fiscal u obtener
autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos
requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán llevar a cabo el siguiente procedi-
miento:
1. Ingresarán al portal de Internet del SAT, con su clave en el RFC y contraseña o e.firma.
2. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el
acuse de respuesta.
3. La opinión también podrá solicitarse por correo electrónico a la dirección opinioncumplimiento@sat.gob.
mx, la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24 horas al correo electrónico
que el contribuyente haya facilitado a este órgano desconcentrado para efectos de la e.firma.
4. El contribuyente, proveedor o prestador de servicio podrá autorizar a través del portal del SAT para que un
tercero con el que desee establecer relaciones contractuales, pueda consultar su opinión del cumplimiento.
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