Se publican reglas para la operación de notas y otros valores adquiridos por las Siefore

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2004, la circular Consar 56-1 referente a las Reglas generales para la operación de notas y otros valores adquiridos por las Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro (Siefore).

En dicha normatividad se establece que las Siefore sólo podrán operar en los mercados internacionales con intermediarios financieros tales como bancos, entidades financieras y demás personas morales facultadas para emitir y operar valores, y con quienes se firmarán los contratos requeridos (en forma directa o a través de los promotores) para que actúen por cuenta y orden de las Siefore.

Cabe aclarar que los intermediarios financieros facultados para operar en los mercados internacionales deben estar sujetos a la regulación y supervisión de agencias gubernamentales de los países miembros del Comité Técnico de la Organización Internacional de Comisiones de Valores y de la Unión Europea.

Ahora bien, para garantizar el resguardo de la...

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