Oficio mediante el cual se autoriza a los señores Hugo Eduardo Braña Muñoz, Juan Carlos Gutiérrez Borbolla, Gregorio Tricio Sierra, Luis Enrique Guas Camino e Ignacio Loyola Vera, para que lleven a cabo la organización y funcionamiento de una institución de seguros especializada en Daños, en el ramo Agrícola y de animales, cuya denominación será Tláloc Seguros, S.A.

Fecha de disposición26 Marzo 2015
Fecha de publicación26 Marzo 2015
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretario.- 100.- 97. HUGO EDUARDO BRAÑA MUÑOZ,

JUAN CARLOS GUTIÉRREZ BORBOLLA,

GREGORIO TRICIO SIERRA,

LUIS ENRIQUE GUAS CAMINO E

IGNACIO LOYOLA VERA

El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., 7o., fracción III, inciso d), 8, fracción IX, 16 y 29 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y 6o. fracción, XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite la resolución que más adelante se indica, en atención a los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Con escrito del 18 de diciembre de 2013, el C. Hugo Eduardo Braña Muñoz:

    1. Solicitó autorización para constituir una institución de seguros, especializada en daños, que se denominaría, en caso de obtener la autorización, TIáIoc Seguros, S.A., cuyo objeto social sería la práctica de la operación de seguros de daños, en el ramo agrícola y de animales, adjuntando al mismo la relación de socios, y

    2. Presentó parcialmente la documentación a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, para obtener la autorización que solicita.

  2. Mediante oficio 366-III-0170/14 del 14 de febrero de 2014, la Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones, adscrita a la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social requirió, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 2 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, al solicitante la información y documentación que, había omitido presentar. Entre otra, se requirió que los señores Juan Carlos Gutiérrez Borbolla, Gregorio Tricio Sierra, Luis Enrique Guas Camino e Ignacio Loyola Vera, los cuales serían socios fundadores de la sociedad que se constituiría, suscribieran por su propio derecho la solicitud citada en el Antecedente I o, en su caso, acreditaran a un representante legal para tal fin.

  3. Con escrito del 14 de marzo de 2014 los señores Hugo Eduardo Braña Muñoz, Juan Carlos Gutiérrez Borbolla, Gregorio Tricio Sierra, Luis Enrique Guas Camino e Ignacio Loyola Vera, en respuesta al oficio señalado en el Antecedente II, presentaron por derecho propio la información y documentación requerida.

  4. Mediante oficios 366-III-0081/14 y 366-III-0344/14 de 22 de enero y 21 de abril de 2014, respectivamente, la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social, a través de la Direccion General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones, solicitó...

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