Oficio Circular no. SAF/DGAF/001/2023 referente a las disposiciones para el cierre financiero de cuentas por liquidar certificadas de operaciones ajenas asociadas a recursos de Transferencias Federales del ejercicio 2023

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de diciembre de 2023

P O D E R E J E C U T I V O

SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Ciudad de México, a 12 de diciembre de 2023

Oficio Circular no. SAF/DGAF/001/2023

TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS,

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ENTIDADES, ÓRGANOS AUTÓNOMOS Y ALCALDÍAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO P R E S E N T E

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 224 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 13 y 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, artículo 16, fracción II, 20 y 27 fracciones III y XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7º fracción II, inciso D, 41 fracción XV y 97, fracciones V y XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 2º, 10, 51 al 55, 60, 63, 70 al 74 y 80 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, 2º, fracción XVI, 81, 82, 95, 98, 99 y 103 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, 2º, 3º, 17, 18, 19, 24, 30, 37 al 65 del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de México se emiten las siguientes:

Disposiciones para el cierre financiero de cuentas por liquidar certificadas de operaciones ajenas asociadas a recursos de Transferencias Federales del ejercicio 2023

Objetivo

Comunicar los términos en atención a las disposiciones normativas y jurídicas aplicables, conforme a las cuales las Unidades Responsables del Gasto deberán enviar a la Dirección General de Administración Financiera (DGAF) la información de los documentos de gestión presupuestal y financiera correspondientes al cierre financiero de Transferencias Federales del ejercicio 2023.

Conciliar los recursos financieros y lograr un cierre ordenado de las cuentas bancarias específicas de Transferencias Federales del ejercicio 2023, que permitan dar cumplimiento en tiempo y forma a lo establecido en los artículos 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, donde preponderantemente se instituye que los recursos que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal transfieran a la Ciudad de México, no pierden su naturaleza federal por ser transferidos.

Así como lo previsto en los artículos 13 y 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, que asientan las disposiciones que deberán observar las entidades federativas para el establecimiento de compromisos, pagos y reintegros de los recursos federales, indicando para ello, que el reintegro de los recursos que no hayan sido devengados al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, deberá realizarse a más tardar el 15 de enero de cada año y así mismo, los pagos respectivos, correspondientes a...

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