¿Una persona física está obligada a retener el IVA a otra persona física por el arrendamiento de un inmueble?

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Trabajo como ayudante de impuestos en un despacho de contadores públicos. Uno de los clientes del despacho es una persona física que se dedica a la fabricación y venta de puertas y ventanas de aluminio; en días pasados, el contribuyente rentó un local comercial propiedad de otra persona física. Al efecto, tengo duda si la persona física debe efectuar retención de IVA al arrendatario del inmueble, pues tengo entendido que quien usa o goce temporalmente bienes otorgados por personas físicas debe hacer la retención de este impuesto.

Lector de Ecatepec, Edomex

Pregunta

¿Una persona física está obligada a retener el IVA a otra persona física por el arrendamiento de un inmueble?

Respuesta

No, una persona física no está obligada a retener el IVA a otra persona física por el arrendamiento de un local comercial, por lo siguiente:

El artículo 1o.-A, fracción II, inciso a, de la Ley del IVA dispone lo siguiente (énfasis añadido):

1o.-A. Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Sean personas morales que:

  1. Reciban servicios personales...

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