¿Qué obligaciones se tendrá con una trabajadora doméstica en caso de un accidente no laboral?

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¿Qué obligaciones se tendrá
con una trabajadora doméstica
en caso de un accidente no
laboral?
Soy una persona física asala-
riada. Desde hace aproximada-
mente tres años contraté a una
trabajadora doméstica, pero no
la afilié al régimen voluntario del
IMSS, dado que no es obliga-
torio; sin embargo, hace una
semana tuvo un accidente en su
día de descanso y, como conse-
cuencia, se fracturó una costilla.
La trabajadora indicó que no
podrá regresar a laborar hasta
que se rehabilite; además, me
solicitó el pago de servicios mé-
dicos y de su salario por el tiem-
po que no prestará sus servicios.
Desconozco qué obligaciones
tengo ante esta situación.
Lectora de Nuevo Laredo, Ta-
maulipas
¿Qué obligaciones se tendrá con
una trabajadora doméstica en caso
de accidente no laboral?
1. Pagar al trabajador doméstico el
salario que le corresponda hasta
por un mes.
2. Si la enfermedad no es crónica,
deberá proporcionarle asisten-
cia médica en tanto se logra su
curación o se hace cargo del
trabajador algún servicio asis-
tencial.
3. Si la enfermedad es crónica y
el trabajador ha prestado sus
servicios durante seis meses
por lo menos, deberá ofrecerle
asistencia médica hasta por tres
meses, o antes si se hace cargo
del trabajador algún servicio
asistencial.
4. En caso de muerte, se deberán
pagar los gastos del sepelio.
Por tanto, en el caso que nos ocupa,
usted estará obligada a pagar a la
trabajadora doméstica el salario que
le corresponda hasta por un mes
y proporcionar asistencia médica
hasta que se rehabilite.
De acuerdo con los artículos 338
y 339 de la LFT, en caso de enfer-
medad no profesional (que incluye
un accidente no laboral) el patrón
estará obligado a lo siguiente:
Consultas de
nuestros lectores LABORAL
C8
1a. quincena
agosto 2018
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