Nuevos criterios de la Prodecon correspondientes a junio de 2016

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En días pasados, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer en su página de Internet, nuevos criterios sustantivos y jurisdiccionales correspondientes a junio de 2016, aprobados en su segunda y tercera sesiones ordinarias del Comité Técnico de ese organismo.

Los nuevos criterios son los siguientes:

Criterios sustantivos

Número Título
Subprocuraduría de Análisis Sistémico y Estudios Normativos
8/2016/CTN/CS-SASEN. Régimen de incorporación fiscal. La facilidad prevista en la regla 2.5.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2016 debe aplicar hasta el 31 de diciembre de 2015.
9/2016/CTN/CS-SASEN. Inexistencia de operaciones. Los contribuyentes que deducen con base en comprobantes fiscales que amparan las mismas, deben ser notificados legalmente y no por medio de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
10/2016/CTN/CS-SASEN. Salarios caídos. El tratamiento fiscal que debe darse a los ingresos obtenidos por este concepto en despidos injustificados es el del artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 1o. de enero de 2014, por tratarse de una prestación indemnizatoria.
11/2016/CTN/CS-SASEN. Valor agregado. Para su acreditamiento no se tienen que cumplir con mayores requisitos que los que la ley de la materia establece.
Subprocuraduría de Protección de los Derechos de los Contribuyentes
9/2016/CTN/CS-SPDC. Renta. Mala práctica en auditoría cuando la autoridad presume como ingresos acumulables la totalidad de los depósitos bancarios sin reconocerlos como parte de los ingresos facturados y declarados por el contribuyente.
10/2016/CTN/CS-SPDC. Valor agregado. Su acreditamiento no está condicionado al cumplimiento de requisitos previstos en ordenamientos no fiscales.

Criterios jurisdiccionales

Número Título
22/2016. Certificado de sello digital. Cancelación dictada con fundamento en el artículo 17-H, fracción X, inciso b, del Código Fiscal de la Federación, es ilegal aquella decretada con base en la no localización del contribuyente, cuando la diligencia haya ocurrido previo a la entrada en vigor de dicha norma (1o. de enero de 2014).
23/2016. Vehículos. Internación temporal al resto del país. Es ilegal el crédito fiscal determinado en materia de comercio exterior por la autoridad aduanera, al concluir que se omitió regresar el vehículo a la franja o región fronteriza, si mediante la
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