Nuevos beneficios fiscales para las personas que tributan en el régimen de pequeños contribuyentes

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Considerando que el cumplimiento de las obligaciones fiscales para los pequeños contribuyentes representa una carga administrativa excesiva, debido a que se trata de un sector con características especiales de operación y baja capacidad administrativa, el pasado 8 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican.

Entre las principales disposiciones del decreto mencionado, destacan las siguientes:

  1. Las entidades federativas con las que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público celebre convenio de coordinación para administrar el ISRe IVA, podrán establecer una cuota fija anual a las personas que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes, aplicable para todo el ejercicio, la cual incluirá el ISR e IVA, y cuyo pago deberá efectuarse bimestralmente. Asimismo, en la cuota integrada podrán incluirse los impuestos locales que determine la entidad federativa. Las disposiciones transitorias de este decreto indican que las entidades federativas podrán establecer para el año 2005 una cuota fija integrada aplicable en la proporción que corresponda al periodo comprendido del 9 al 31 de diciembre.

  2. En caso de que estos contribuyentes tengan establecimientos, sucursales o agencias en dos o más entidades federativas, se establecerá una cuota fija integrada en cada una de ellas, considerando las actividades realizadas para efectos del IVA en la entidad de que se trate y los ingresos obtenidos por los cuales deban pagar el ISR en esa entidad.

  3. Quienes realicen el pago de ISR e IVA mediante una cuota fija integrada, durante los ejercicios de 2005 y 2006 quedarán relevados de las obligaciones siguientes:

    1. Llevar registros de los ingresos diarios y de efectuar la separación de las actividades por las que deba pagarse el IVA a los distintos coeficientes de valor agregado que les sean aplicables.

    2. Presentar la declaración informativa de los ingresos obtenidos en esos años.

    3. Entregar a los clientes copia de las notas de venta y conservar las...

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