Un nuevo modelo cultural la Universidad Nacional y la corte. Primera de dos partes

AutorJorge Sánchez Cordero

La ejecutoria resolvió que la justicia de la Unión ampara y protege a la máxima casa de estudios del país, y se destaca incontestablemente por trascender su texto, ya que configura las consecuencias de legalidad de un modelo cultural jurisprudencial. El énfasis es necesario: su relevancia en materia de salvaguarda del patrimonio cultural mexicano es portentosa. En la fundamentación que resuelve esta controversia la SCJN tuvo que transitar ante distintas perspectivas; la naturaleza de la ejecutoria es por lo tanto polifacética. A sus postulados, todos de gran relevancia, les asiste un denominador común: el derecho al acceso a la cultura como derecho humano previsto por la enmienda constitucional al artículo 4°.

Los hechos

El campus central de CU fue listado en julio de 2007 como Patrimonio Cultural de la Humanidad (PCH) por el Comité del Patrimonio Mundial (CPM), órgano operativo de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de la UNESCO (Convención de la UNESCO), de la que México es parte (Diario Oficial de la Federación -DOF- del 2 de mayo de 1984).

Es preciso señalar que si un Estado aspira a la consecución de este registro, las propuestas deben satisfacer los criterios de "valor universal excepcional" consignados en las Directrices Prácticas aprobadas por el CPM (WHC.08/01 enero de 2008). Ya con anterioridad el conjunto arquitectónico conocido como Ciudad Universitaria había sido declarado Monumento Artístico por el Estado mexicano (DOF del 18 de julio de 2005).

Be Grand pretendía edificar dos torres de 23 niveles cada una, y otra de 27, que totalizaban 616 viviendas, tiendas de autoservicio y servicios conexos. El complejo inmobiliario abarcaría 115 mil 494 metros cuadrados de construcción: un proyecto de gran envergadura.

La obra pretendía erigirse en un terreno colindante con CU conocido como Copilco El Bajo. Para ello Be Grand había obtenido las licencias de construcción respectivas, consistentes con el Programa de Desarrollo Urbano para la Delegación Co-yoacán (el programa) aprobado hace una década por la entonces Asamblea Legislativa de la Ciudad de México (Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de agosto de 2010).

Inconforme con la emisión de las licencias y la promulgación del programa, la UNAM solicitó el amparo y protección de la justicia federal, que le fue concedido por el Juzgado Quinto de Distrito en materia Administrativa (91/2018). Esta resolución fue recurrida ante el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa del Primer Circuito (R. A506/2019), que solicitó la atracción del...

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