Notificaciones del Juzgado Tercero de Ejecución de Sentencia del Estado.

DE YUCATÁN

Calle 145 #299 por 54 y 64, Colonia San José Tecoh, CIOSPOA (Centro de Instituciones Operadoras del Sistema Penal Oral y Acusatorio), C.P 97299 (frente al Centro de Reinserción Social del Estado)

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

A QUIEN ACREDITE TENER DERECHO: SOBRE EL CUCHILLO DE METAL CON FILO TIPO SERRUCHO DE LA MARCA “TRAMONTINA” Y EL CHALECO BALÍSTICO DE COLOR NEGRO DE LA MARCA “POWER HIT”.

En el expediente número 127/2023 J3ES, iniciado con motivo de las sanciones y medidas de seguridad impuestas al sentenciado GABRIEL DEL JESÚS DZUL COCOM o GABRIEL JESÚS DZUL COCOM, en la sentencia dictada en procedimiento abreviado y de primera instancia por el Juzgado Primero de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral del Estado, en la carpeta administrativa 315/2022, en la cual se le consideró como penalmente responsable del delito de PORTACIÓN DE ARMAS E INSTRUMENTOS PROHIBIDOS denunciado por el ciudadano Joel Alfredo Moo Ku, Policía Tercero de la Secretaría de Seguridad Pública y acusado por la Representación Social; el ciudadano Juez del conocimiento ha dictado el acuerdo siguiente:------------------------------------------------------ “JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA EN MATERIA PENAL DEL ESTADO. Mérida, Yucatán, a 28 de Agosto de 2023.------------------------------------------------------------------------------------------------ VISTO: Se tiene por recibido en este juzgado de ejecución, el oficio 5825/2023 datado el 2 de agosto del año en curso, suscrito por el C. Juez del Juzgado Primero de Control del Primer Distrito Judicial del

Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral del Estado, licenciado en Derecho José Enrique Sáenz Dzul, por medio del cual remitió copia autorizada de la sentencia definitiva de primera instancia dictada en procedimiento abreviado de fecha 27 de Julio de 2023, en la carpeta administrativa 315/2022, en la que se condenó al sentenciado GABRIEL DEL JESÚS DZUL COCOM o GABRIEL JESÚS DZUL COCOM como penalmente responsable, a título de autor material en la comisión del delito de PORTACIÓN DE ARMAS E INSTRUMENTOS PROHIBIDOS denunciado por el ciudadano Joel Alfredo Moo Ku, Policía Tercero de la Secretaría de Seguridad Pública y acusado por la Representación Social; mismo fallo que quedo firme el 02 de agosto de 2023. ------------------------------------------------------------------------------------------- De igual manera, remitió lo siguiente: a). copia debidamente autorizada del acuerdo de fecha 02 de agosto de 2023, en el cual se declaró firme dicho fallo; b). un disco compacto en formato DVD, debidamente autorizada, que contiene copia del audio y video de la audiencia de fecha 27 de julio último en la que se pronunció el citado fallo. Finalmente proporcionó el nombre, domicilio, número telefónico y correo electrónico de las partes. -------------------------------------------------------------------------------------------------- PRIMERO. Téngase por recibido el oficio de cuenta, con los documentos y anexos que acompaña; resguárdese el DVD remitido, regístrese en el libro de gobierno que se lleva en este juzgado, y con fundamento en el artículo 105 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, fórmese la carpeta de ejecución 127/2023-J3ES.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Tómese razón del domicilio, correo electrónico y número telefónico de las partes, para lo que legalmente corresponda. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- SEGUNDO. COMPETENCIA. Este Juzgado Tercero de Ejecución de Sentencia con residencia en esta ciudad de Mérida, Yucatán, es competente para conocer del presente asunto, en razón de que se trata del cumplimiento de una sentencia ejecutoriada, encontrándose dentro del ámbito territorial que tiene asignado como jurisdicción este Juzgador, en términos de lo establecido en los artículos 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20 apartado “C” fracción VI, y 21 párrafo III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 97 y 115 fracción II, ambos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, así como a lo establecido en los artículos 24, 25 fracciones I, II y demás aplicables, de la Ley Nacional de Ejecución Penal; al Acuerdo General número EX12-110617-04 del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, mediante el cual se establece la jurisdicción y competencia por materia y territorio, así como la sede de los Juzgados de Ejecución de Sentencia del Poder Judicial del Estado, y al diverso número OR03-120301-02, mediante el cual se creó y se determinó la jurisdicción por territorio y competencia de este Juzgado y la forma de turnar los asuntos entre los Juzgados del mismo ramo; así como a las determinaciones del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en la décima sexta sesión extraordinaria celebrada el 15 de agosto del año 2012, en la que se acordó la suspensión temporal de las funciones de este juzgado, y en la décima sesión extraordinaria celebrada el día 29 de julio del año 2014, en la cual se determinó la reanudación de las funciones del mismo a partir del día 4 de agosto del año 2014; así como en el oficio número 1277 de fecha 4 de agosto del año 2014, recibido el 5 del mismo mes y año, a las 12:00 horas, suscrito por el Licenciado Mario Orlando Pavía Aguilar, Secretario Ejecutivo del Consejo de la Judicatura del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR