Normas jurídicas para trabajadores migrantes

AutorLuis Fernando Ávila Salcedo
Páginas25-27

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La migración ha sido una constante en la historia del hombre, lo que explica su diseminación por casi todo el espacio del globo terráqueo, por lo que resulta prácticamente una actividad natural; sin embargo, el paso de ser nómadas a sedentarios, el construir espacios que identifican grupos, el establecimiento del Estado-nación y la imposición de límites por parte del orden jurídico cerrado frente a la expansión de los grupos migrantes, obligan a plantear la cuestión del estatus de los migrantes desde el punto de vista jurídico y cuál debe ser su situación frente al grupo con el que pretenden cohabitar, cuestionamientos que ofrecen dificultades en la realización jurídica y que responden más a la coyuntura política que a la regulación y comprensión del sistema.

Además, con el fenómeno de la globalización, que trasciende el ámbito económico, sutilmente se ha incentivado el histórico traslado de los seres humanos a otros lugares, lo que ha acarreado situaciones que desbordan los parámetros del Derecho. Es por ello que uno de los grandes retos para los Estados del siglo XXI es generar un marco legal que considere a los trabajadores migrantes, con el propósito de incluir tanto a los documentados como a quienes no lo son, prodigando un trato justo y humanitario para quienes, por diversas circunstancias, han tenido que dejar su lugar de origen.

La dimensión de este fenómeno, que no puede resolverse mediante acciones que sancionen a quienes traspasan una frontera con el propósito de cambiar su situación de vida, ha sido captada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en orden a establecer pautas rectoras que permitan darle un tratamiento al migrante en consideración a su calidad de ser humano y a brindar normas-marco internacionales que permitan ser consideradas por los Estados miembros con el fin de garantizar condiciones laborales en igualdad jurídica frente a los nacionales de los países denominados receptores.

Por otra parte, es un lugar común considerar que la migración de trabajadores en edad productiva, que emprenden traslados a lugares diferentes de su origen, tiene explicación en la labilidad de la infraestructura del lugar de procedencia, la precariedad de los trabajos existentes y la falta de oportunidades, principales acicates de expulsión de trabajadores, lo que a su vez amerita un análisis de los grupos migrantes que se trasladan en condiciones de regularidad frente a los grupos que lo hacen mediante mecanismos de hecho —estos últimos motivo de numerosas investigaciones cuyo esfuerzo debe apuntar, desde la perspectiva jurídica, a facilitar su regularización—.

A este respecto, resulta significativo lo que señalan diversos estudios sobre la tendencia histórico-demográfica que existe en este fenómeno entre Estados Unidos y México: "El registro histórico muestra que en la suma de las poblaciones de ambos países la parte mexicana ha crecido especialmente desde 1950, cuando representó 14.6 por ciento de...

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