Norma de atestiguamiento 7020

AutorComisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento
Páginas1564-1580
Generalidades1 De conformidad con las Normas de Información Financiera mexicanas, los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras enti-dades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren. Por lo tanto, es claro que la incorporación en los estados financieros de transacciones, de transformaciones internas y de otros eventos ocurridos con posterioridad a la fecha de dichos estados financieros, constituye una desviación al postulado básico de devengación contable.2 Cuando la información financiera proforma se presenta fuera de los estados financieros básicos, pero en el mismo documento y el Contador Público no ha sido contratado para informar sobre esa información, éste debe aclarar en su informe la responsabilidad que asume en relación con la misma.Limitaciones3 Esta Norma no es aplicable en auditorías de estados financieros en las que una opera-ción proyectada o consumada después de la fecha del estado de situación financiera, se releja en la información básica contenida en los estados financieros dictaminados; por ejemplo, una reestructuración de vencimientos de deuda o una revisión de las utili-dades por acción debido a una división de acciones (stock split).4 Debe tenerse presente que un examen de estados financieros en todos los casos implica una auditoría de estados financieros practicada de acuerdo con Normas Inter-nacionales de Auditoría (NIA), ya que sólo mediante éstas se logra "el más alto nivel de seguridad".Objetivo y presentación de la información financiera proforma5 El objetivo de la información financiera proforma es comunicar cuáles hubieran sido los efectos importantes que una o más operaciones o eventos propuestos o ya ocurridos, pudieran haber tenido sobre los estados financieros básicos si hubieran ocurrido a la fecha del estado de situación financiera que contiene la información financiera básica.La información financiera proforma generalmente se utiliza para mostrar los efectos de operaciones, tales como:A) Adquisiciones, fusiones y escisiones de negocios.B) Cambios en el capital contable; por ejemplo, por capitalizaciones de pasivos, emisiones de nuevas acciones, decreto de dividendos, etcétera.C) disposición de un segmento o área importante del negocio.D) Cambio en la forma de organización del negocio o en su estado como una entidad independiente.E) Propuesta de venta de valores y de aplicación de los fondos derivados de ella.6 El objetivo que se persigue con la presentación de información financiera proforma generalmente se logra mediante ajustes proforma a la información financiera básica. En ocasiones los ajustes proforma se presentan en los estados financieros en una columna así denominada. Las cifras básicas modificadas mediante los ajustes proforma, se presentan en columnas así identificadas mediante títulos apropiados en los estados financieros básicos o en sus notas. Los ajustes proforma deben determinarse con base en los supuestos de la administración y reconocer todos los efectos importantes directamente atribuibles a las operaciones o eventos de que se trate.7 La información financiera proforma debe ser identificada como tal para distinguirla de la información financiera básica. Esa identificación debe describir la operación o evento que se releja en la información financiera proforma, la fuente en la que está basada, la información financiera básica, los supuestos importantes utilizados en el desarrollo de los ajustes proforma y cualquier incertidumbre importante acerca de esos supuestos. También, debe indicarse que la información financiera proforma debe leerse junto con la información financiera básica que le es relativa y que esa información financiera proforma no es necesariamente indicativa de las cifras inales (tales como situación financiera y resultados integrales, según sea aplicable) que podrían haberse obtenido de haberse efectivamente realizado la operación o evento de que se trate, a la fecha del estado de situación financiera que contiene la información financiera básica.Objetivo de esta norma8 Se establecen normas y proporciona guías para el Contador Público que es contratado para examinar o revisar e informar sobre información financiera proforma. En la realización de estos trabajos el Contador Público debe aplicar los procedimientos y cumplir con las normas que establecen esta Norma y el Norma 7010, Normas para atestiguar.Condiciones para la emisión de informes9 El Contador Público puede aceptar ser contratado para que emita un informe sobre un examen o una revisión de información financiera proforma, si las siguientes condiciones se reúnen:A) El documento que contiene la información financiera proforma incluye los estados financieros básicos completos de la entidad por el año más reciente o por el año precedente, si es que los estados financieros del año más reciente no están aún disponibles. Si se presenta información financiera proforma por un periodo intermedio, el documento también debe incluir información financiera básica por ese periodo intermedio, que puede presentarse en forma condensada. En el caso de una adquisición o fusión de negocios, el documento debe incluir información financiera básica apropiada de las partes significativas constituyentes de la enti-dad adquirida o fusionada.B) Los estados financieros básicos de la entidad, o en el caso de una adquisición o fusión de negocios, de cada parte importante en la entidad adquirida o fusionada, en los que la información financiera proforma está basada, han sido auditados o revisados. El riesgo de atestiguar que toma el Contador Público relativo a la información financiera proforma es afectado por el alcance del trabajo que proporciona seguridad al Contador Público acerca de la información financiera básica a la que se aplican los ajustes proforma.C) De acuerdo con lo señalado en el inciso anterior, el nivel de seguridad otorgado por el Contador Público a la información financiera proforma a una fecha o por un periodo determinado, debe limitarse al nivel de seguridad otorgado a los estados financieros básicos o, en el caso de una adquisición o fusión de negocios, al nivel más bajo de seguridad otorgado a los estados financieros básicos de cualquiera de las partes importantes que constituyen la entidad a la que se han incorporado los negocios adquiridos o fusionados. Por ejemplo, si los estados financieros básicos de cada componente importante de esa entidad han sido examinados al fin del año anterior y revisados a una fecha intermedia, el Contador Público puede efectuar un examen o una revisión de la información financiera proforma al inal del año, pero está limitado a efectuar una revisión de la información financiera proforma a la fecha intermedia.D) El Contador Público que emite el informe sobre la información financiera proforma debe tener un adecuado nivel de conocimiento de la contabilidad y de las prácti-cas de información financiera de cada parte importante que constituye la entidad que incluye los negocios adquiridos o fusionados. Esto normalmente es obtenido por el Contador Público que examina o revisa los estados financieros básicos de cada entidad del año más reciente o del periodo intermedio por el que la información financiera proforma se presenta. Si otro Contador Público efectuó ese examen o revisión, para el Contador Público que emite el informe sobre la información financiera proforma, no disminuye su necesidad de adquirir un adecuado nivel de conocimientos sobre la contabilidad y prácticas de información financiera de la entidad, y ese Contador Público debe considerar si, de acuerdo con las circunstancias particulares del caso de que se trate, él puede adquirir suficientes conocimientos sobre esos asuntos, que le permitan aplicar los procedimientos necesarios para emitir su informe sobre la información financiera proforma.Objetivos de los procedimientos que aplica el Contador Público a la información finan-ciera proforma10 En un examen practicado por Contador Público, el objetivo de los procedimientos que se aplican a la información financiera proforma es proporcionar seguridad razonable acerca de si:A) Los supuestos de la administración proporcionan una base razonable para pre-sentar los efectos importantes directamente atribuibles a las operaciones o even-tos que originan la información proforma.B) En los correspondientes ajustes proforma se reconocen adecuadamente los efectos de esos supuestos.C) La columna de cifras proforma releja correctamente la aplicación de esos ajustes proforma a los estados financieros...

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