Se publica NOM que establece prácticas comerciales de atención médica por cobro directo

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En el DOF del 10 de diciembre pasado la SE publicó la NOM-071-SCFI-2008, Prácticas comerciales-Atención médica por cobro directo, misma que entrará en vigor 60 días naturales después de su publicación, es decir, el 8 de febrero de 2009.

Dicha norma tiene por objeto establecer los elementos de información comercial que deben considerar los proveedores de atención médica en sus establecimientos, con el propósito de que los consumidores cuenten con información clara y suficiente para tomar la decisión más adecuada a sus necesidades, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos de adhesión, en caso de que se utilicen.

Igualmente, la NOM-071-SCFI-2008 señala que la información que el proveedor ponga a disposición del consumidor deberá incluir un catálogo o lista de precios o tarifas de atención médica, mismo que deberá apegarse a lo siguiente:

  1. Estructurarse en función de las áreas de servicios del propio establecimiento.

  2. Señalar, en su caso, el monto del anticipo que debe pagar o proporcionar el consumidor por la atención médica, así como el mecanismo para su reintegro o bonificación.

  3. En el caso de paquetes de servicios, se deberán especificar el precio y los servicios que los integren.

    Además, el proveedor deberá informar al consumidor que el establecimiento proveerá los insumos y medicamentos que se requieran para la atención médica, durante la estancia hospitalaria, conforme a las dosis, cantidades y términos que ordene por escrito el médico tratante.

    Asimismo, los contratos de adhesión deberán estar registrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor y contener la información siguiente:

  4. Nombre o razón social, domicilio, teléfono y RFC del proveedor.

  5. Nombre, domicilio y teléfono del consumidor.

  6. Objeto del contrato.

  7. Precio, en el caso de paquetes de atención médica. En cualquier otro supuesto, el precio deberá ser el que establezca el catálogo de precios vigente en el momento de la contratación. En este caso, el proveedor deberá poner a disposición del consumidor el estado de cuenta correspondiente en forma diaria.

  8. Lugar donde se prestará la atención médica.

  9. Requisitos que debe cubrir el consumidor para la atención médica, excepto en caso de urgencia que ocurra en la cercanía del...

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