NOM-006-SCFI-2012: Bebidas alcohólicas- Tequila -Especificaciones. (contiene una modificación publicada el 13/12/2012)

Número de NOMNOM-006-SCFI-2012
Fecha10 Mayo 2022
EstatusDEFINITIVA
EmisorCOMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Actividad EconómicaINDUSTRIA DE LAS BEBIDAS Y DEL TABACO
Jueves 13 de diciembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
SECRETARIA DE ECONOMIA
NORMA Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-006-SCFI-2012, BEBIDAS ALCOHOLICAS-TEQUILA-ESPECIFICACIONES.
CHRISTIAN TUREGANO ROLDAN, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional
de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio (CCNNSUICPC),
con fundamento en los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 39 fracción V, 40 fracciones I, XII y XV, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, y 19 fracciones I, XIV y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que
los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de
garantizar los aspectos de seguridad e información comercial para lograr una efectiva protección del
consumidor;
Que con fecha 24 de mayo de 2012, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad a l Usuario,
Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones, la cual se realizó en el
Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2012, con objeto de que los interesados presentaran sus
comentarios;
Que la Manifestación de Impacto Regulatorio a que hace referencia el artículo 45 de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, fue sometida a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria,
emitiéndose el dictamen final aprobatorio por parte de dicha Comisión el 22 de octubre de 2012;
Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de
Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que
dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios, conforme a la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización, sobre el contenido del citado proyecto de Norma Oficial Mexicana, por lo que se realizaron
las modificaciones conducentes;
Que con fecha 28 de septiembre de 2012, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al
Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó por unanimidad la Norma Oficial Mexicana
NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones;
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se
constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, expide la
siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones.
México, D.F., a 29 de octubre de 2012.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo
Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio,
Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-006-SCFI-2012, BEBIDAS ALCOHOLICAS-TEQUILA-
ESPECIFICACIONES
PREFACIO
En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes empresas e
instituciones:
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA TEQUILERA (CNIT)
- CONSEJO REGULADOR DEL TEQUILA A.C. (CRT)
- CONSEJO DE PRODUCTORES DE AGAVE
- CONSEJO DE AGRICULTORES DE AGAVE
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de diciembre de 2012
- SECRETARIA DE ECONOMIA
Dirección General de Normas (DGN)
- PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR (PROFECO)
1) Destilados La Ideal, S.A. de C.V.
2) Dra. Patricia Colunga. GM. Profesora-Investigadora Titular C. Centro de Investigación Científica de
Yucatán. Investigadora Nacional SNI 2. Miembro de la Academia Mexicana de Ciencias. Miembro de
la Red de Agaváceas (SINAREFI-SAGARPA).
Catarina Illsley G. Grupo de Estudios Ambientales GEA. Kleinhans Fellowship por trabajo con
agaves.
Alejandro Calvillo. Director. El Poder del Consumidor AC. Miembro de Consumers International.
David Suro-Piñera. Presidente. Tequila Interchange Project.
*Nota: a los comentarios emitidos en forma conjunta por la Dra. Patricia Colunga, Catarina Illsley G.,
Alejandro Calvillo y David Suro-Piñera se adjuntaron listas que contienen un total de 372 adherentes
a dichos comentarios, mismas que por cuestiones de espacio no es posible reproducir; sin embargo
se encuentran disponibles en los expedientes de la Dirección General de Normas de la SE.
3) Dra. María Teresa Pulido Silva.
4) Olmo Uribe Aguirre.
5) Productores de Mezcal Artesanal y Tradicional de Zapotitlán de Vadillo y Tolimán, Jalisco
6) La Madrileña, S.A. de C.V.
7) Antonio Benavides Rosales.
8) Distilled Spirits Council of the United States, Inc.
9) Comité Técnico de Normalización del CRT.
10) Heriberto de León Frausto “Tequila SAUZA, S. de R.L. de C.V.”.
11) Luis Fernando Vázquez Olivera.
12) Destilerías Sierra Unidas, S.A. de C.V.
13) Destiladora González González, S.A. de C.V.
14) Ana Mendoza.
15) Tequilas del Señor S.A. de C.V.
16) Consejo de Agricultores de Agave Azul Tequilana Weber del Estado de Jalisco, A.C.
17) Monitor Regulatorio.
18) Come Presidents' Forum of the Beverage Alcohol Industry.
19) David Félix Ramírez Lozano.
20) Xiomara Trujillo Gutiérrez, SOS Mascotas y Rescate Ambiental, A.C.
INDICE
Capítulo
0. Introducción
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones y abreviaturas
5. Clasificación
6. Especificaciones

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