NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración

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Norma de Información Financiera C-15

DETERIORO EN EL VALOR DE LOS ACTIVOS DE LARGA DURACIÓN

Esta Norma tiene por objeto establecer las normas de valuación, presentación y revelación en el deterioro del valor de los activos de larga duración. La NIF C-15 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en diciembre de 2020, estableciendo su entrada en vigor para entidades cuyos ejercicios se inicien a partir del 1° de enero de 2022, permitiéndose su aplicación anticipada.

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INTRODUCCIÓN

Preámbulo

IN1 La correcta determinación del deterioro de valor de los activos de larga duración ha sido una constante preocupación de los cuerpos normativos a fin de presentar valores relevantes y confiables en los estados financieros, evitando mantener pérdidas ocultas en las cifras de los mismos.

IN2 Los grandes avances en el desarrollo tecnológico y la apertura de los mercados originan aceleradamente nuevos productos, servicios y circunstancias no previstas que pueden causar de manera diversa deméritos importantes en los valores de los activos de larga duración de las entidades.

IN3 Cuando una entidad adquiere o produce activos de larga duración, los reconoce a su costo de adquisición considerando que los mismos generarán beneficios económicos fundadamente esperados; no obstante, si las condiciones posteriores a su adquisición cambian por eventos económicos externos a la entidad o derivados de las operaciones de esta, de tal suerte que el valor neto en libros sea mayor a los beneficios económicos futuros fundadamente esperados, es necesario ajustar el valor neto en libros con base en las nuevas condiciones para mantener consistencia con los postulados básicos en que se sustentó la valuación original de estos activos.

IN4 Si bien, las estimaciones contables son la base para determinar de forma razonable el monto de beneficios económicos futuros necesarios a generar para la recuperación de un activo, consideramos que se requieren normas específicas que orienten como determinar su recuperabilidad y que coadyuven a la consistencia y comparabilidad de información generada por las entidades.

Razones para emitir la NIF C-15

IN5 La NIF C-15 se emite para:

a) actualizar la normativa considerando los estándares internacionales; y

b) uniformar las revelaciones sobre las pérdidas por deterioro y su reversión.

Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

IN6 Los cambios relevantes que presenta esta NIF en relación con la normativa anterior y, principalmente para la convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), son:

a) se agregan nuevos ejemplos de indicios para evaluar si existe deterioro, separando estos en:

i. fuentes externas de información;

ii. fuentes internas de información; y iii. aplicables a las inversiones en subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos ;

b) se cambia el requerimiento de usar un precio neto de venta por el de valor razonable en términos de la NIF B-17, Determinación del valor razonable, menos los costos de disposición para llevar a cabo las pruebas de deterioro;

c) se establece la opción del uso de estimaciones de los flujos de efectivo futuros y de una tasa de descuento, en términos reales;

d) se incorporan normas para el tratamiento de flujos de efectivo futuros en moneda extranjera en la determinación del monto recuperable;

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e) se modifica la NIF C-8, Activos intangibles, para indicar que la asignación del crédito mercantil debe hacerse a nivel de una unidad generadora de efectivo (UGE) que se espere será beneficiada por la sinergia de la adquisición de negocios;

f) se incorpora el reconocimiento del deterioro del crédito mercantil en dos pasos:

i. primero, comparando el valor en libros de la UGE incluido el crédito mercantil con su monto recuperable, y si este último fuese menor se genera una pérdida por deterioro; y ii. segundo, afectando esta pérdida en primera instancia al crédito mercantil, incluso hasta dejarlo en cero, para después, si existiera un exceso de pérdida por asignar, distribuirlo a prorrata entre los demás activos de larga duración que formen parte de la UGE;

g) se elimina el cálculo del deterioro a través del valor a perpetuidad en los activos intangibles de vida útil indefinida, modificando la prueba de deterioro;

h) se establece la determinación del deterioro de los activos corporativos como sigue:

i. primero, se asignan de manera razonable y consistente a la UGE a la que pertenecen,

ii. segundo, se compara el valor en libros de la UGE, incluidos los activos corporativos, con su monto recuperable y si este último fuese menor ocasiona una pérdida por deterioro, la cual se distribuye a prorrata entre todos los activos de larga duración que formen parte de la UGE, incluidos los activos corporativos, y

i) se modifican las revelaciones con motivo de los cambios antes descritos.

Bases del Marco Conceptual que se utilizaron para la elaboración de esta NIF

IN7 El deterioro en el valor de activos de larga duración, definido por esta NIF C-15 como el exceso del valor neto en libros de los activos sobre su monto recuperable, se apoya en el postulado básico de "devengación contable" establecido en la NIF A-1, Marco Conceptual de las Normas de Información Financiera, Capítulo 20, Postulados básicos, del Marco Conceptual, que indica: "Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica y otros eventos deben reconocerse en el momento en el que la afectan económicamente, independientemente de la fecha en que se realicen".

IN8 Asimismo, atiende a lo señalado en la NIF A-1, Capítulo 60, Reconocimiento, que indica:

"El reconocimiento es el proceso de capturar, para su inclusión en el estado de situación financiera o en el estado de resultado integral, una partida devengada que cumple la definición de uno de los elementos de los estados financieros (activo, pasivo, capital contable, ingreso, costo o gasto). El reconocimiento involucra la relevancia y la representación fiel del elemento en alguno de los estados financieros (solo o como parte de otras partidas) tanto conceptual como numéricamente; por tanto, debe cuantificarse en términos monetarios e incluirse en uno o más totales del estado financiero correspondiente. El importe por el que un activo, un pasivo o capital contable se reconoce en el estado de situación financiera se denomina "valor neto en libros". (61.1)

IN9 De igual forma, se atiende a lo dispuesto en la NIF A-1, Capítulo 50, Elementos básicos de los estados financieros, que señala:

"No todos los derechos que tiene una entidad son activos, pues sólo podrán serlo aquellos que tienen el potencial para producir beneficios económicos futuros para la entidad y no para terceros, así como aquéllos que son controlados por la entidad; por ejemplo, derechos

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a utilizar servicios públicos o conocimientos que son del dominio público sin costo significativo no son típicamente activos de las entidades que tienen esos derechos" (51.2.5)

"Un recurso económico puede generar beneficios económicos para una entidad al permitir que reciba flujos de efectivo contractuales u otros recursos económicos, al intercambiar recursos económicos con un tercero bajo condiciones favorables, al producir flujos de efectivo o evitar erogaciones al producir bienes o prestar servicios, al incrementar el valor de otro recurso económico, al rentar o vender el recurso económico, o al extinguir pasivos al transferir recursos económicos" (51.2.13)

"La vida de un activo está limitada por su potencial de producir beneficios económicos futuros; cuando este potencial se pierde parcial o totalmente, debe procederse a dar de baja parcial o totalmente el activo" (51.2.16)

"Un activo es controlado por una entidad, cuando esta tiene el derecho de obtener para sí misma, los beneficios económicos futuros que derivan del activo y de restringir el acceso de terceros a dichos beneficios. Todo activo es controlado por una entidad determinada, por lo que no puede ser controlado simultáneamente por dos entidades" (51.2.17)

IN10 Además, considera lo establecido en la NIF A-1, Capítulo 60, Reconocimiento, que menciona:

"Si la probabilidad de una entrada o salida de beneficios económicos es baja, la información más relevante sobre el activo o pasivo puede ser la referida a la magnitud de las posibles entradas o salidas, su momento de ocurrencia posible y los factores que afectan la probabilidad de que sucedan unas u otras" (61.5)

"Se reconozca o no un activo o pasivo, una representación fiel del activo o pasivo requiere explicaciones sobre las incertidumbres asociadas con la valuación o existencia del activo o pasivo, o con el importe o momento de las entradas y salidas de beneficios económicos que finalmente procederán del mismo" (61.12)

Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera

IN11 Excepto por lo mencionado más adelante, la NIF C-15 converge sustancialmente con las NIIF, particularmente con la NIC 36, Deterioro del Valor de los Activos; sin embargo, cabe mencionar que en la determinación del valor de uso, esta NIF no considera apropiado no tomar en cuenta las erogaciones por impuesto a la utilidad en los flujos de efectivo futuros, así como, utilizar una tasa de descuento antes de impuestos, como lo requiere la NIC 36; sin embargo, no se considera una diferencia con la NIC 36 respecto a la tasa de descuento ya que la tasa de descuento antes de impuestos a la utilidad equivale a la tasa nominal de descuento de la NIF C-15. Cabe mencionar que el International Accounting Standards Board (IASB) está evaluando una posible modificación a la NIC 36 para el uso de flujos de efectivo después de impuestos a la utilidad.

IN12 Esta NIF no establece el tratamiento del deterioro para activos de larga duración que utilicen el modelo de revaluación y no toma en cuenta el cálculo del deterioro con afectación a un superávit por...

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